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2 de julio de 2025Vigente

Decreto Legislativo No. 38-2025 — Congreso Nacional Infantil y derechos de la niñez

Congreso Nacional

  • Decreto: 38-2025
  • Publicación: 2 de julio de 2025
  • Órgano emisor: Congreso Nacional

Considerandos

Que el Artículo 151 de la Constitución de la República establece que: “La educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza”. Asimismo, en su Artículo 153 estipula que: “El Estado tiene la obligación de desarrollar la educación básica del pueblo, creando al efecto los organismos administrativos y técnicos necesarios dependientes directamente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación”. CONSIDERANDO:

Que del 25 al 29 de Agosto del año 2023, se celebró y desarrolló el Congreso Nacional Infantil (CNI), en las instalaciones del Congreso Nacional de la República, como un evento cívico de intercambio cultural, educativo y democrático en el ámbito legislativo para la población infantil hondureña, donde los Congresistas Infantiles presentaron iniciativas de Ley conforme a las necesidades de cada uno de los dieciocho (18) departamentos representados. CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la República establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la educación y a su vez, reconoce el deber de proteger a la niñez de Honduras mediante la protección de sus derechos previstos en la legislación nacional e internacional. CONSIDERANDO:

Que el Estado debe proporcionar los mecanismos adecuados para brindar principal atención a la niñez y juventud y así garantizar el Interés Superior del Niño.

Texto completo

DECRETO No. 38-2025 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Artículo 151 de la Constitución de la República establece que: “La educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza”. Asimismo, en su Artículo 153 estipula que: “El Estado tiene la obligación de desarrollar la educación básica del pueblo, creando al efecto los organismos administrativos y técnicos necesarios dependientes directamente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación”. CONSIDERANDO: Que del 25 al 29 de Agosto del año 2023, se celebró y desarrolló el Congreso Nacional Infantil (CNI), en las instalaciones del Congreso Nacional de la República, como un evento cívico de intercambio cultural, educativo y democrático en el ámbito legislativo para la población infantil hondureña, donde los Congresistas Infantiles presentaron iniciativas de Ley conforme a las necesidades de cada uno de los dieciocho (18) departamentos representados. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la educación y a su vez, reconoce el deber de proteger a la niñez de Honduras mediante la protección de sus derechos previstos en la legislación nacional e internacional. CONSIDERANDO: Que el Estado debe proporcionar los mecanismos adecuados para brindar principal atención a la niñez y juventud y así garantizar el Interés Superior del Niño.