Vigente
Decreto No. 151-2013 | Congreso Nacional
Decreto Legislativo No. 151-2013 — Autorización a la Procuraduría General para inscripción de tierras de la Colonia Altos del Bosque
Considerandos
- 1.Que la persona humana es el centro de la sociedad y del Estado, contándose dentro de sus deberes fundamentales, los relativos a la propiedad y tener una vivienda digna, consignados en los respectivos instrumentos promacionales y en la Constitución de la República.
- 2.Que la Colonia Altos del Bosque, ubicada en la ciudad de Tegucigalpa, de este Distrito Central, está asentada en la falda del cerro denominado "El Picacho" y tiene los siguientes límites: Al Norte, terreno del Camino de La Plazuela; Al Sur, terreno de la Señora Ugarte o sea doña Camila Durón; al Este y Oeste, terreno de don Manuel Gómez. De hecho según el Departamento de Ingeniería del Fondo Social de la Vivienda (FOSOVI) está identificado como Lotificación Altos del Bosque con la siguiente descripción: Área polígenal del anterior mil trescientos veintisite punto nueve mil ciento veintitres metros cuadrados (14,327.9126 Mts²) equivalente a Venta XII Quinientos Cuarenta y Nueve punto nueve mil ciento veintitres varas cuadradas (20,549.9122 Vrs²) distribuida parcialmente en (40) lotes varas en de la A a la F, áreas verde, vehicular y peatonal. No obstante sus pobladores, a pesar de haber pasado más de treinta años de tener la posesión, quieta e ininterrumpida no son propietarios de sus predios.
- 3.Que sobre el predio donde está asentada la Colonia Altos del Bosque; en el período anterior se intentó un Proyecto de Decreto para regularizar sus propiedades; el cual a pesar que fue dictaminado favorablemente por la Comisión Ordinaria de Obras Públicas y Transporte, factores ajenos a la iniciativa en sí, no permitieron se concretara en petición de los miles de pobladores que lo esperan y bregan por la solución de su problemática desde de treinta (30) años, esto es pesar de contar con dictámenes de la Procuraduría General de la República y del propio FONDO SOCIAL DE LA VIVIENDA (FOSOVI), desarrolladores del proyecto habitacional los cuales demostraron la viabilidad de legalizar tales tierras.
Articulos
Articulo 1
Autorizar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, para que en nombre del Estado de Honduras, comparezca ante Notario Público, a fin de inscribir en el Registro de la Propiedad del Registro de la Propiedad del departamento de Francisco Morazán, con los límites siguientes: AL NORTE: Terreno del Camino de La Plazuela; al SUR, Terreno de la señora Ugarte o sea Doña Camila Durón; y, al ESTE Y OESTE, terreno de Don Manuel Gómez.
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