VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 62-2016 | 20 de junio de 2016 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 62-2016 — Ampliación de asignación presupuestaria para Programa Ciudad Mujer y traslado de recursos a Secretaría de Defensa

Considerandos

  1. 1.Que es necesario racionalizar el gasto corriente, para aumentar la inversión social, mejorando las medidas de protección social y mecanismos de compensación social, fortaleciendo de forma responsable las necesidades presupuestarias del Programa de Asignación Familiar (PRAF) para llevar bienestar y garantizar una mejor calidad de vida a la población sujeta de derechos, en situación de: pobreza extrema, pobreza, vulnerabilidad, riesgos y exclusión social.
  2. 2.Que el Artículo 205 Atribución 32) de la Constitución de la República, establece que es atribución del Congreso Nacional la aprobación anual del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, tomando como base el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación.

Articulos

Articulo 1

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para realizar la ampliación de la asignación presupuestaria del Sub-Grupo del Gasto 12000 Personal No Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA CIUDAD MUJER, Institución 240 por la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.3.380,000.00) y que traslade los recursos presupuestarios por la cantidad de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.64.000,000.00) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa, para el diseño, construcción, remodelación y equipamiento del primer Centro Ciudad Mujer, de resultar un remanente de dicho monto, el mismo se deberá trasladar a las estructuras presupuestarias de la Dirección Nacional Programa Ciudad Mujer en la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, para cubrir equipamiento de dicho Centro. Dicho financiamiento se hará de los fondos aprobados en el presupuesto de la Secretaría de Estado en los Incisos de Desarrollo e Inclusión Social de la siguiente estructura presupuestaria: Institución 240 Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, Programa 14 Programa de Compensación Social, Sub Programa 00, Proyecto 00, Actividad 1, Dirección Técnica, Gerencia Administrativa 0064 Administradora de Fondos Nacionales SEDIS-PRAF, Ejecutora 013 Integración Social, Objeto del Gasto Transferencias Corrientes a Instituciones Sin Fines de Lucro, beneficiario de transferencia 4758 Fuente 11 Tesoro por un monto de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.67.380,000.00).

Articulo 2

El presente Decreto entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, en los dos días del mes de junio del año dos mil dieciséis. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJA PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 20 de junio de 2016 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS WILFREDY RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ

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