VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2026-01085 | 29 de junio de 2026 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2026-01085 — Demanda de nulidad de Acuerdo CL-A-SPE195-2026 de Jersi Francisco Aguirre Rivera contra Secretaría de Planificación Estratégica
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Resumen
Un trabajador (Jersi Francisco Aguirre Rivera) demandó ante la justicia para anular su despido por cesantía emitido por la Secretaría de Planificación Estratégica el 26 de marzo de 2026, alegando que fue ilegal e injusto. Si gana, pide que lo reinstalen en su cargo y le paguen todos los salarios perdidos, prestaciones y intereses desde su despido.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 01 de Junio del 2026
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha catorce (14) de abril del año dos mil veintiséis
(2026), compareció a este juzgado el ciudadano JERSI
FRANCISCO AGUIRRE RIVERA, incoando demanda
con orden de ingreso 0801-2026-01085 vía procedimiento
en materia de personal contra el Estado de Honduras a
través de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN
ESTRATÉGICA (SPE) para que se declare la nulidad e
ilegalidad de un Acto Administrativo de carácter particular
consistente en Acuerdo NO. CL-A-SPE195-2026 de
fecha veintiséis (26) de marzo del 2026 de cancelación por
cesantía, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el
ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación
de poder. Quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica
individualizada, además se ordene el reintegro a mi cargo y
el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños
y perjuicios desde la fecha de cancelación hasta que se dicte
sentencia definitiva condenatoria, más el pago de beneficios
que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y
décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación
por concepto de vacaciones. Más intereses legales por pago
tardío imputable al Estado de Honduras y costas del juicio. -
Se acompañan documentos. -Poder
ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO
SECRETARIO ADJUNTO
29 J. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E J U N I O D E L 2026 N o . 37,180
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de
San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: En fecha veintisiete de
abril del año dos mil veintiséis, los Abogados Leopoldo
Enrique Romer
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