Vigente
Decreto No. 307-2013 | 24 de septiembre de 2014 | Congreso Nacional

Decreto Ejecutivo PCM-044-2014 mediante el cual se dictan medidas para la ejecución del Proyecto Centro Cívico Gubernamental

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Resumen

Este decreto ordena que instituciones públicas traspasen sus propiedades inmuebles al fideicomiso del Centro Cívico Gubernamental para construir un edificio de gobierno en Tegucigalpa. Busca ahorrar dinero público consolidando oficinas dispersas y requiere que dependencias registren sus contratos de alquiler actuales para evitar nuevos gastos de renta.

Considerandos

  1. 1.Que es prioritario para la economía nacional lograr una mayor eficiencia y eficacia en el gasto público mediante la ejecución de medidas de austeridad.
  2. 2.Que mediante Decreto 307-2013 el Congreso Nacional aprobó el Contrato de Fideicomiso para la Administración del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental”, para la construcción, en el municipio del Distrito Central, de la infraestructura necesaria para las instituciones gubernamentales que no cuentan con ella lo cual resultará en ahorros considerables para el erario público.
  3. 3.Que para la ejecución del proyecto “Centro Cívico Gubernamental” requiere que algunos bienes inmuebles propiedad de diversas dependencias del Estado de Honduras, sean fideicomitidos como parte del patrimonio del fideicomiso relacionado.
  4. 4.Que para financiar el Proyecto “Centro Cívico Gubernamental” se requiere que las partidas presupuestarias para el pago de renta, gastos de seguridad, mantenimiento y otros para amortizar las inversiones que se harán para la construcción del “Centro Cívico Gubernamental”. PORTANTO, En aplicación de los artículos: 245 numeral 11 de la Constitución de la República, 117 reformado de la Ley General de la Administración Pública.

Articulos

Articulo 1

La Dirección Ejecutiva de Ingresos (DE), Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), el Banco Central de Honduras (BCH), la (ENAG), la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, la Secretaría de Estado en los Despachos del Trabajo y Seguridad Social, así como las demás dependencias de la administración pública que sean titulares de inmuebles en el sector de EL ZARZAL, y de los inmuebles que forman parte del Palacio José Cecilio del Valle” más conocido como “Casa Presidencial”, así como cualquier otro inmucble ubicado en el municipio del Dis to Central, que sea nec para la ejecución exitosa del Proyecto de “Centro Cívico Gubernamental”, están obligadas a traspasar dichas propiedades y ceder todos sus derechos a favor del Fideicomiso para la Administración del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental” aprobado mediante Decroto Legislativo 307-2013

Articulo 2

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SE N), para que en el marco del Fideicomiso para la Administración del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental” aprobado mediante Decreto Legislativo 307- 2013 y como medida de control de gasto y transparencia, traspase al Banco Fiduciario, los Nujos de las partid: presupuestarias destinadas al pago de alquileres, servicios públicos de: agua potable y alcantarillado, energía eléctrica, internet, telefonía, pago de estacionamientos, gastos de remodelación, mantenimiento y cualquier otro servicio periférico de aquellas entidades cuyas oficinas se construyan en el “Centro Cívico Gubernamental”. El Fiduciario no cobrará comisión por los flujos que se trasficran de parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas al Fideicomiso producto de los presupuestos de los servicios públicos mencionados en este mismo artículo de las instituciones Centralizadas y Descentralizadas hasta que el Centro Cívico Gubernamental esté concluido. ARTÍCULO Gobierno de la República, Centralizad: a todas las Instituciones del , Des y Desconcentradas que actualmente alquilan inmuebles localizados entralizadas y en el Municipio del Distrito Central, para que registren a más tardar cl 15 de agosto del presente año, en la Secretaría de Estado del Despacho de Finanzas, los Contratos de Arrendamiento de inmuebles, así mismo deberán abstenerse a suscribir Contratos de Arrendamientos más allá del 31 de diciembre del 2014, igualmente con todo lo relacionado a los gastos referidos en el Mx EXE e rúsuica DE HONDURAS — TEGUCIGALPA; MD. C. 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 No. 33,539 Artículo 2 del presente Decreto, a fin de asegurar la adecuada implementación del Proyecto objeto del Fideicomiso. Es entendido que se podrán prorrogar las obligaciones contraídas en la forma más conveniente al éxito del Proyecto en la medida en que no se hayan entregado las instalaciones y oficinas a cada entidad correspondiente.

Articulo 4

Para que surtan todos los efectos legales contenidos en los Artículos números 40 y 41 de la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones, para que emita Certificados de Incorporación y Viabilidad de Operación a nombre del proyecto conocido como “Centro Cívico desarrolla através del Banco Fiduciario, reto Legislativo 307-2013 Gubernamental”, el cual aprobado mediante Di

Articulo 5

La mano de obra no calificada que se requiera en el Proyecto “Centro Cívico Gubernamental” debe seleccionarse prioritariamente de la base de datos del Programa de Gobierno “Con Chamba Vivís Mejor” certificada por el Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP).

Articulo 6

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (4) días del mes de agosto de dos mil catorce (2014). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA JORGE RAMON HERNANDEZALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA KARLA CUEVA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, POR LEY MIREYA DEL CARMEN AGÚERO TREJO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ALDEN RIVERA MONTES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y S PUBLICOS ALEJANDRA HERNANDEZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DESEGURIDAD, POR LEY SAMUELARMANDO REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD EDNA YOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DESALUD SANDRA MARIBEL SANCHEZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, POR LEY CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ELVIS YOVANNIRODAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS, POR LEY WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS AE

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