VigenteCategoria: Municipal
Decreto No. 105-2022 | 14 de junio de 2022 | Poder Judicial
Acuerdo Municipal No. 105-2022 — Declaración de Estado de Emergencia o Calamidad Pública en el municipio de Danlí y autorización de contratación directa para servicios de recolección de desechos sólidos
Texto completo
Consecuentemente la Corporación
Municipal en el uso de las facultades que la Ley le
confiere y en aplicación de los artículos 80, 321 y 324
de la Constitución de la República, en relación con los
artículos 1, 12, 13, numeral 16, 14, 25, numerales 11
y 15; 36, 44, 65 y 66 de la Ley de Municipalidades y
artículos 1, 19, 23, 24, 25, 26, 83 y 84 de la Ley de
Procedimiento Administrativo y artículos 9 y 63 de la
Ley de Contratación del Estado y artículos 169, 170
y 171 del Reglamento de la Ley de Contratación del
Estado y artículos 7, 47 numeral 2, 48 116, 118 y 122
de la Ley General de la Administración Pública, 631 y
demás aplicables del Código Civil, que tienen, relación
analógica con las precitadas leyes administrativas.- Por
unanimidad, ACUERDA, lo siguiente: 1°) Estimar
con lugar lo solicitado por el Alcalde Municipal, don
ABRAHAM KAFATI DIAZ, y al efecto DECLARAR
EL ESTADO DE EMERGENCIA O CALAMIDAD
PUBLICA, en el municipio de Danlí, departamento
del Paraíso, porque la carencia de suficientes colectores
de basura y volquetes municipales en buen estado de
funcionamiento, para atender de manera efectiva la
demanda de recolección en los diferentes sectores de la
población, tal y como lo refiere el Alcalde proponente; y
por lo tanto y porque puede resultar insuficiente el plazo
pedido por la parte administrativa, autorizar de oficio por
un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir
del día siguiente de la publicación de esta resolución;
la contratación directa para el suministro de bienes
y de servicios, de manera urgente y consistentes en
el alquiler que sea necesario para la recolección de
desechos sólidos en la ciudad de Danlí y asimismo
para la compra de repuestos, accesorios e insumos y el
pago de los servicios por su instalación y que fueren
estrictamente necesarios para poner a funcionar los
precitados colectores de basura y volquetes municipales
y además para poner a trabajar la maquinaria que se
encuentre dañada y con ello hacer frente de inmediato,
a la precitada recolección de desechos sólidos en los
barrios y colonias de la ciudad de Danlí y para poder hacer
trabajos de reparación de carreteras y calles y dragado
de ríos y quebradas, del municipio respectivamente,
antes de la llegada del invierno.- 2°) Al efecto autorizar
al Alcalde Municipal ABRAHAM KAFATI DIAZ,
proceder de manera urgente a realizar el suministro de
bienes y servicios autorizados en este acuerdo, en la
forma indicada y observando los demás procedimientos
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 8 D E J U L I O D E L 2022 N o . 35,970
que le requiera cumplir para su plena eficacia, la en
lo que fuera indispensable y además instruir a dicho
Alcalde para que proceda a notificar esta Resolución,
al Tribunal Superior de Cuentas, dentro del plazo de
diez días hábiles siguientes, tal y como lo prescribe
el párrafo tercero del multicitado artículo 9 de la Ley
de Contratación del Estado.- 3°) Certificar el presente
Acuerdo para su estricto cumplimiento al Alcalde
Municipal, a la Gerencia Administrativa y Financiera
de esta Municipalidad, al Departamento de Compras y
Suministros y al Auditor Interno Municipal, Lic. Gustavo
Adolfo Duarte Lovo, para que haga sus anotaciones
que tenga a bien realizar al efecto.- EL PRESENTE
ACUERDO ENTRARA EN VIGENCIA A PARTIR
DE SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL
LA GACETA.- PUBLIQUESE Y CUMPLASE.-
EL PRESENTE ACUERDO ES DE EJECUCION
INMEDIATA.
Extendido en la ciudad de Danlí, Depto. de El Paraíso,
a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos
mil veintidós.
Sr. Abraham Kafati Díaz
Alcalde Municipal
Abg. Shirlen Nazareth Salgado Mejía
Secretaria Municipal
8 J. 2022.
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE
SANTA ROSA DE COPAN
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la
solicitud de Título Supletorio promovido por la señora BESY
LIZETH ESTEVEZ ALVARADO, mayor de edad, soltera,
hondureña, Ama de Casa, con número de Identidad 0420-1985-
00038, con domicilio en la Aldea Capucas, vecina del Municipio
de San Pedro, departamento de Copán, en tránsito por esta ciudad,
es dueña de un lote de terreno, ubicado en la Aldea Capucas, San
Pedro, departamento de Copán, con un área de CINCO PUNTO
TREINTA Y SEIS CENTESIMAS DE MANZANA (5.36
Mz), de extensión superficial con las colindancias siguientes: al
NORTE, colinda con JUAN TOMAS ROMERO CARDOZA
y quebrada de por medio y JUAN TOMAS ROMERO
CARDOZA; al SURESTE, colinda con MARIA DOLORES
LOPEZ; al SUROESTE, colinda con GERONIMO ESTEVEZ
MARTINEZ; al OESTE, colinda con JOSE RUDY FRANCO
GUERRA.
Representa Abogado PEDRO ALVARADO ALVARADO.
Santa Rosa de Copán, 14 de Junio del año 2022.
EMMA DELFINA RAMOS
SECRETARIA
8 J., 8 A. y 8 S. 2022.
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE
SANTA ROSA DE COPAN
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que la señora
BESY LIZETH ESTEVEZ ALVARADO, quien es mayor de
edad, soltera, hondureña, con Tarjeta de Identidad número: 0420-
1985-00038 y con domicilio en la Comunidad de Capucas, del
municipio de San Pedro, departamento de Copán, ha presentado
SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO de
un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado Capucas, del
municipio de San Pedro de Copán, el cual tiene un área superficial
de CERO PUNTO CUARENTA Y SEIS CENTÉSIMAS
DE MANZANAS (0.46 MZ), con las medidas y colindancias
siguientes: Al NOROESTE, colinda con Cooperativa Capucas;
al ESTE, colinda MARIA CONSTANCIA ESTEVEZ y
VICTOR MANUEL ESTEVEZ PINEDA y calle de por medio;
al SUR, colinda con RUBENIA MEDRANO ESCOBAR; dicho
terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpida
por más de diez años.
Representa Abog. PEDRO RUBÉN ALVARADO ALVARADO.
Santa Rosa de Copán, 14 de junio del 2022.
EMMA DELFINA RAMOS BANEGAS
SECRETARIA
8 J., 8 A. y 8 S. 2022.
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Leyes relacionadas
...además instruir a dicho Alcalde para que proceda a notificar esta Resolución, al Tribunal Superior de Cuentas, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes, tal y como lo prescribe el párrafo tercero del multicitado artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado.-
Decreto | 2022
Ordenanza Municipal No. 01-2022 — Para recuperar, ordenar, regular la generación y manejo de la basura (residuos sólidos) generados en el municipio de Siguatepeque
Esta ordenanza obliga a los ciudadanos y negocios de Siguatepeque a manejar correctamente la basura, prohibiendo tirarla en las vías públicas y ríos. Establece multas desde L.1,000 hasta L.1,000,000 según la gravedad de la infracción, e implementa vigilancia con cámaras para supervisar el cumplimiento y recuperar espacios públicos limpios.
Decreto 01-2022 | 2023
Acuerdo Municipal — Plan de Arbitrios Año 2023 - Municipalidad de Siguatepeque
Decreto | 2023
Acuerdo Municipal — Reforma y actualización de tarifas municipales de Siguatepeque
Decreto | 2023
GACETA 36,153 SABADO 11 DE FEBRERO 2023.
Este documento contiene tres normas principales: el Decreto 148-2022 autoriza al municipio de Choluteca a solicitar un crédito de 91 millones de lempiras a un banco para proyectos de infraestructura (pavimentación, alcantarillado, mercado municipal) a 20 años plazo con máximo 10% de interés anual. El Acuerdo Ministerial 019-2023 nombra una comisión para evaluar ofertas de compra de vehículos. La Resolución NR001/23 de CONATEL actualiza las tarifas y tasas que pagan los operadores de telecomunicaciones, aumentándolas aproximadamente 10.6% según inflación, para cubrir costos de gestión del espectro radioeléctrico.
Decreto 148-2022 | 2023