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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

29 enero 2018Edición No. 34,554

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 569-2017 — Autoriza al Procurador General de la República para formalizar tradición de dominio de inmuebles

Poder Ejecutivo

ACUERDO EJECUTIVO No. 569 Tegucigalpa, M.D.C., 20 de septiembre del año 2017 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad a los numerales 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, emitir los Acuerdos, Decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el artículo 15 del Decreto Legislativo Número 274-2010 faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que a través de la Dirección General de Bienes Nacionales dé en venta mediante el procedimiento de subasta pública, arrendamiento con opción a compra y/o aportaciones a Alianzas Público-Privadas, los bienes traspasados a favor del Estado de Honduras como consecuencia de la liquidación forzosa de algunas instituciones Bancarias del Sistema Financiero Nacional. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ejecutivo Número PCM 047-2015 modificó la Dirección General de Bienes Nacionales en Dirección Nacional de Bienes del Estado, como un ente desconcentrado de la Administración Pública, con autoridad a nivel nacional dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. CONSIDERANDO: Que en fecha cuatro (4) de septiembre del año 2017, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de Dirección Nacional de Bienes del Estado realizó Subasta Pública de Bienes Inmuebles SEFIN/DNBE 001-2017, resultando adjudicados dos (2) de los inmuebles sujetos al proceso. CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 17 del Decreto Legislativo Número 274-2010, la tradición de dominio se deberá formalizar mediante Escritura Pública que autorizará el Notario designado por la Dirección General de Bienes Nacionales. CONSIDERANDO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que “La sección de Procuraduría tendrá a su cargo la personería del Estado, y serán ejercidas por el Procurador General de la República en el cumplimiento de las siguientes atribuciones: 1..., 2..., 3 Comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la nación. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.031-2015 emitido por la Secretaría de Estado de la Presidencia publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delegó en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública son potestad del Presidente Constitucional de la República. -- 1 of 2 -- POR TANTO: En uso de las facultades que esta investido y en aplicación a los artículos: 245 numeral 11 de la Constitución de la República; 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 19 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República;16 del Decreto Legislativo Número 274-2010; Acuerdo Ejecutivo de Delegación No. 031-2015. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar al Procurador General de la República para que en nombre del Estado de Honduras comparezca ante Notario Público designado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado a suscribir las Escrituras Públicas que correspondan con el propósito de formalizar la tradición de dominio de los siguientes inmuebles: 1) Lote de Terreno con construcción de madera ubicado en el Barrio Corbeta, media cuadra al Norte de la SAR, Choluteca, Choluteca, inscrito a favor del Estado de Honduras bajo asiento No. 2 de la matrícula No. 1428195 en la oficina registral de Choluteca; 2) Resto de un Inmueble ubicado en el Barrio La Cruz, media cuadra al Norte de la Gasolinera Weddle, Choluteca, Choluteca, inscrito a favor del Estado de Honduras bajo asiento No. 2 de la matrícula No. 1294166 en la oficina registral de Choluteca. SEGUNDO: Los gastos y honorarios que resulten de la elaboración de la escritura traslaticia de dominio y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, correrán por cuenta de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO ACUERDO EJECUTIVO DE DELEGACIÓN No. 031-2015 CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY ACUERDO DE DELEGACIÓN No. 563-2017 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o ________ -- 2 of 2 --