Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 242-2017 — Reforma al Ordinal Cuarto del Acuerdo Ejecutivo No. 143-2017 sobre extensión de plazo para readucación de deudas de productores del Fideicomiso de Granos Básicos
Poder Ejecutivo
ACUERDO No. 242-2017
Tegucigalpa, M.D.C., 27 Jul. 2017
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que en fecha 7 de septiembre del año 2012, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, amparada en el Acuerdo Ejecutivo No. 766-2012 de fecha 9 de agosto de 2012, suscribió con el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) un "CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE GRANOS BÁSICOS", por un monto inicial de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.50,000,000.00), con el objetivo de administrar los recursos para asegurar la producción de Granos Básicos y mejorar las condiciones actuales de los productores que presenten dificultad de acceso a créditos por su situación moratoria o mal comportamiento crediticio, producto de las continuas pérdidas en sus cultivos y disminución de la rentabilidad por las bajas en los precios de sus productos y/o alza en los precios de los insumos.
CONSIDERANDO: Que en fecha 16 de mayo de 2017, fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el Acuerdo Ejecutivo No. 143-2017, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) como Ente Rector del Sector Agrícola, en donde se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en calidad de Fideicomitente para que gire instrucciones a BANADESA en su calidad de Fiduciario para que proceda a la Readucación de las deudas de los productores originada por los créditos otorgados a través del Fideicomiso para el Financiamiento de Granos Básicos.
CONSIDERANDO: Que las Asociaciones de Productores beneficiadas del Fideicomiso para el Financiamiento de Granos Básicos, han solicitado al Comité Técnico del Fideicomiso, una extensión al plazo establecido en el numeral cuarto del Acuerdo Ejecutivo No. 143-2017, debido a que el tiempo de noventa (90) días es muy corto para readucuar a los doscientos noventa y siete (297) productores que serán beneficiados con el proceso de la readucación a nivel nacional.
POR TANTO:
En uso de las facultades contenidas en los artículos 245, numerales 11 de la Constitución de la República; 7, 9, 116, 117 y 119 numeral 2 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas contenidas en el Decreto Legislativo No. 266-2013 de fecha 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de enero de 2014, el cual contiene la Ley para Optimizar la Administración Pública.
ACUERDA:
PRIMERO: Reformar el Ordinal Cuarto del Acuerdo Ejecutivo No. 143-2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 16 de mayo de 2017, el que deberá leerse así: CUARTO: Los gastos que se ocasionen por las readucaciones originadas por el proceso de constitución de garantías hipotecarias, avalúos y gastos de cierre, deberán ser cancelados por los productores beneficiados; asimismo, los productores tendrán hasta el 30 diciembre del año 2017, para hacer las gestiones correspondientes en BANADESA.
SEGUNDO: Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en su calidad de Fideicomitente, para que gire instrucciones al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), en su calidad de Fiduciario de la modificación referida en el Ordinal Primero del presente Acuerdo.
TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
CUARTO: Hacer las transcripciones de Ley.
COMUNÍQUESE
JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO
Secretario de Estado Coordinador General del Gobierno por Delegación del Presidente de la República
Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015
JACOBO PAZ BODDEN
Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Acuerdo No. 242-2017 A. 1-2