Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo — Autorizar sustitución de fiduciario en Contrato de Fideicomiso para Fondo de Inversiones en Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información
Congreso Nacional
arnparándose en 10 establecido en la Cláusula Doce (12) literal
"a" del apartado de Derechos del Fiduciario del referido conkato,
CONSIDERANDO: Que en fecha veinticinco (25) de
febrero del año dos mi1dieciséis (2016),la ComisiónNacional
de Telecomunicaciones (CONATEL) y ia Comisión para la
Promoción de laAlianza Público-Privada (COALIANZA) én su
condición de Fideicomitentes del Contrato de Fideicomiso para
el Proyecto denominado ttFondo de Inversiones en
Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Informacién",
aceptaron la renuncia interpuesta por Banco Atlántida, S.A.
C ONSIDERAND O : Que de conformidad al Artículo I 1,
párrafo último de la Ley de Promoción de la Aliarua Público-
Privada, el Presidente de la Comisión para Ia Promoción de la
Alianza Público-Privada (COALIANZA) está autorizado a firmar
los conkatos que resulten de los procedimientos de adjudicación,
previa aprobación de su contenido por el Presidente de la
República en Consejo de Ministros. Por suparte conforme a la
Ley del Sector de Telecomunicaciones, el Presidente por Ley de
1a Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).
CONSIDERANDO: Que conforme a las atribuciones
contenidas en el Afículo 3 5 5 de la Constitución de la República
al Poder Ejecutivo ie corresponde la adminisración de los fondos
publicos.
CONSIDERANDO: Que en el ejercicio de la atribución
contenida en ei Artículo 6 de la Ley General de laAdministación
Pública, ei Presidente de la República, por Decreto en Consejo
de Se¿retarios de Estado, podrá emitir las medidas y disposiciones
necesarias para asegurar el cumplimienüo de los pianes, proyectos,
poiíticas y programas que son de obligatorio cumplimiento.
PORTANTO:
En apiicación de losArtículos 245 numerales 11), 19), 30) y
355 de la Constitución de la Republica; Artículos 6,11,14,22
numeral 6) y 1 17) de ia Ley General de laAdministación Púbiica
y sus reformas; disposiciones aplicables y citadas de la Lgy para
Optimizar laAdminiskación Pública, Mejorar los servicios a la
Ciudadariía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobiemo;
Arlículos 4 numerales a), b), c) y e), 7 numerales 6) y 7), 11 ,25,26,
30 y demás aplicables de la Ley de Promocióñ de laAlianza
Público-Privadq y con fundamerto en el Decreúo Legistativo 369-
2013 del 20 de enero del2}14, publicado en el Diario Oficiat
"La Gaceta" número 33,386 del22 demwzo dei 2014.
DECRETA:
Artículo 1.- Autorizar a la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL) y a la Comisión para ia
Prómoción de laAiianza Público-Privada (COALIANZA),en su
condición de Fideicomitentes del Conkato del Fideicorniso para
el Proyecto denominado t'Fondo de Inversiones en
Telecomunicaciones y Ias Tecnologias de la Información"
suscrito con ia Sociedad denominada BancoAtlantidq S.A,, para
que procedan a la sustitución de la entidad Fiduciaria, recayendo
dicha condición en el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola
(BANADESA).
Artículo 2.- Debido a que la figurajurídica autorizada es la
sustitución de fiduciario, respecto deun Conhato deAsociación
Público Privado que oportunamente fue aprobado por el
Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado
ypor el Congreso Nacional, los Fideicomiteiltes debenín suscribir
el contrato de fideicomiso, por sustitución de fiduciario, en los
mismo términos y condiciones que fueron suscritos inicialmente
:
Debido a que ya constala autorización del Congreso Nacional
por la trascendencia del periodo de gobierno y que el contrato
^h So.ceta
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BLrcA DE HoNpuRAs - rrcudrc-¿l,pa, m. ».E 25 DE ABRIL DEL 2016 No.3
únicamente tiene el propósito de sustituir al fiduciario, éste no
requerirá de nueva aprobación Legislativa; asimismo, el nuevo
conkato no podrá alterar los alcances, objetivos, finaiidad,
pat'imonio fideicometido, prestaciones y contraprestaciones del
confaúo inicialmente suscriúo con Banco Atlintida, S.A.
Artículo 3.- El presenteDecreto Ejecutivo entarae,n vigencia
apartirdel díade supublicación en el Diario OficiaI.,La Gaceta,'.
Dado en CasaPresidenciai, Tegucigalp4 municipio del Diskito
Central, a los cinco (05) días del mes deAbril del año dos mil
dieciséis (2016).
COMT]NÍQUESEYPTIBLÍQUESE.
JUAN ORLAND O HERNÁNDEZ ALVARADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO
SECRETAzuO DE COORDINACIÓN GENERAL DE
GOBIERNO
REINALDO ANTOMO SÁNCHEZ
SECRETAzuO DE LA PRESIDENCIA
KARLACTIEVA
SECRETAzuA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DERECHOS HUMANOS, ruSTICIA, GOBERNACIÓN Y
DESCENTRALIZACIÓN, POR LEY
ARTUROCORRALES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION
iNTERNACIONAL
RICARDO LEONEL CARDONA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
ARNALDOCASTILLO
SECRETAzuO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLOECONÓMICO
ROBERTO ANTOIVO ORDÓÑEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURAY SERVICIOS PÚBLICOS
JT.ILIANPAC}ÜCO
SECRETAzuO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD
SAMI]ELREYES
SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE
DEFENSA
EDNAYOLANIBATRES
SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO
SECRETAzuO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN
CARLOS MADERO
SECRETAzuO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD S OCIAL
JACOBOPAZBODDEN
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGzuCTILTLiRAY GANADERÍA
JOSÉANTONIOGALDAMES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE
YMINAS
WILFREDOCERRATO
SECRETAzuO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
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