Acuerdo No. 10-2014 — Reglamento de la Dirección de Comunicación Institucional
Resumen
Este reglamento crea la Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial para difundir información sobre sus actividades al público de manera transparente y oportuna. Establece que esta dirección debe comunicarse con los medios y ciudadanía, buscando que la población confíe en la justicia y acceda a información clara sobre sus funciones.
Articulos
Articulo 6
NATURALEZA. La Dirección de Comunicación Institucional, en adelante la DCI, es la dependencia de apoyo del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial en materia de comunicación social, que tiene la responsabilidad de la divulgación de las actividades administrativas y jurisdiccionales del Poder Judicial; la prestación de los servicios de información y prensa, así como la difusión y transparencia de las actividades realizadas por las distintas dependencias del Poder Judicial, para el público interno y externo.
Articulo 7
FINALIDAD. La Dirección de Comunicación Institucional es la responsable de proponer, organizar, coordinar, ejecutar e instrumentar el desarrollo de los procesos y acciones de comunicación entre el Poder Judicial y los medios de comunicación, así como con la ciudadanía, procurando el acceso a la justicia a través de la información adecuada y oportuna, bajo principios de transparencia y veracidad, que conlleve a la generación de confianza y credibilidad a través de estrategias técnicas que promuevan una positiva imagen de la Institución, de sus titulares y de las y los funcionarios de las distintas dependencias jurisdiccionales y operativas a nivel nacional.
Articulo 8
ESTRUCTURACIÓN. La Dirección de Comunicación Institucional se estructura por un(a) Director y un(a) Subdirector, que serán nombrados por el Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, mediante proceso de selección pública.