Vigente
Decreto No. 080-2018 | 14 de agosto de 2018 | La Gaceta No. 34,718

Acuerdo Ministerial No. 080-2018 — Publicación de Resoluciones del COMIECO y CEIE sobre integración económica centroamericana

Considerandos

  1. 1.Que Honduras es Estado Miembro del Sistema de lntegraci6n Centroamericana creado por el Protocolo deTegucigalpadel13dediciembrede1991,asicomodelTratado General de Integraci6n Econ6mica Centroamericana del 13 de diciembrede1960yrefomadoporelProtocolodeGuatemaladel 23 de octubre de 1993;
  2. 2.Que de acuerdo al Articulo 15 de Protocolo al Tratado General de Integraci6n Econ6mica (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte tiene el compromiso de constituir rna Uni6n Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzat de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;
  3. 3.Que de confomidad con lo establecido en los Artlculos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de lntegraci6nEcon6micaCentroamericana(ProtocolodeGuatemala), el Consejo de Ministros de lntegraci6n Econ6mica (COMIECO), tienebajosucompetencialosasuntosdelalntegraci6nEcon6mica Centroamericana y, como tal, 1e corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Econ6mico,1osqueentrarinenvigorenlafechaenqueseadopten, salvo que en los mismos se sefiale otra fecha, debiendo estos publicarse por los Estados Parte;
  4. 4.Que en Resolucidn de fecha 20 de octubre de 1995, la Colte Centroamericana de Justicia manifiesta que: "/a publica€i6n n? _es requisito eseneial para la validez-i;i`o;-is;:s n^ormativos ?bligstorios del Sistema de lntegraci6n Ecohom;;a Cenfroamer;.came";quelapublicidadsedeberealizarparagarantizar laefectivaobservanciayejecuci6ndelosprop6sitosyprincipi6s; Despu6s se imprimid el pnmer peri6dico oficlal dol Ctobiomo con lecha 25 de mayo de 1830, conck:ido hoy, como Diario Oficial "La Gaceta''. AGOSTO DEL 2018. Secci6n A Decretos SECRETARfA ECONdMICO y Acuerdos DE DESARROLLO NUM. 34,718 AcundoMinsterialNo.080-2018 pREslDENclA DE LA REpfroLlcA AcuerdoEjecutivontimero04l-2018 Secci6n 8 Avisos Legales rendible para su comodidad 8.I- e:cep,tuados en el 4n.exo_ 5.2 del Protocolo de Incorporacid q.ue forma? parte de la Parle I del Arancel Centroam±;ic=;; i lm?o.rtaci6n,A_nexo"A"delcoweniosobreelR6gimenAr;;:Jar y.Adranfr? Centroame_ricayo, en la f orma en dAe aparec;; ;n 4.:=e_xode.Ia^pres.ente.Res?luci9nyiueflrmaiarte.integ;;I-d-em^is.ra. 2.. Qufqu: sin Ofecto las excepcione; a la aplic-aci6n a ?_A_I_::_!_i:tuddelArex.o5.2?elprot;colodelncoriaraci6;,i>-:I los inciso3 ar?nce!arios ref eridos en el pdrraf a lan;e;;;-;.' r3.-.| pres?nte_ Pesoluci6n entrard en vigencia-el 1 de enei.o de 2019 sera publicado par los Estados Parte.
  5. 5.Que el Con'sejo de Ministros de Integraci6 Econ6mica (COMIECO); en reunion realizada en la Ciudad Sa Jos6,CostaRica,enfecha28dejuniode2018,adopt61aJleso/#cl. N_o]._3??-,2018(COMIE.Cq-L_XXXIII)queresueive,1.,iri;;i-; af iopci6n p.or^ ^p^a^rt= de_la _Reptiblica -de Panama, a p:rt-i; -Gel ?: :::::_ _de, 2.0?9, las peglas. de Origen Especif i:as i]ar; i;ds y_a:eites. d?I Anexo al Reglamenlo Cerit;oaineric;no so-bye € 9:?e? .d3 las M:rcgncias, que fueron exceptuadas en ei -A;e €(a)delpr?i_ocol?delneorporaci6n,queainrecencom;-i;;;; I:~pr=s_=r.t:Resoluci6n.2.Ha?tqel31_-dedriciembredeidrii:-i=r. I::_::::t_e_s_ r ±F.asa: se segui.r4n apli.cando las regla; -i; :ri-i;I especif icas bilaterales contenidas en el Anexo 6 (a) drel Protocnl°n-d -- 8 of 10 -- REPUBLICA DE HONDURAS - M. D. C.,14 DE AGOSTO DEL 2018 Jose,CostaRica,enfecha28dejuniode2018,adopt6lajRcso/#cz.o'# No.3.99-2018 (COMIECO-LXXXIII) que resuelve,1. Aprobar la adopci6n, por parte de la Reptiblica de Panemd, del c6digo, la descripci6n y los Derechos Arancelarios a la lmportaci6n (DAI) del Arancel Centroamericano de lrxportaci6n, para los incisos arancelarios correspondient6s a grasas y aceites, en la fiorma y plazos que aparecen en el Anexo de la presente Resol:uei6n y que fiorman integra de la misma. 2. Quedan sin efecto los ineisos arancelarios de las grasas y aceites de los Anexos 5.1 y 5.2 del Protocolo de Incorporaci6n, incluidos en el Anexo a que hace referencia el pdrrofo anterior. 3. La presente Resoluci6n entrard en vigencia el 1 de enero de 2019 y sera publicada por los Estados Parte.
  6. 6.Que el Consejo de Ministros de Integraci6h Econ6mica (COMIECO); en reuni6h realizada en la Ciudad San Jose,CostaRica,enfecha28dejuniode2018,adopt6laRcso/wcj.o'" No.400-2018 (COMIECO-LXXXIII) que resuelve. 1. Aprobar la ado|)ci6n de los pdrrafos 3 y 4 de las partes resolulivas de la Resoluci6n No. 22-98 (CONIECO-VIII). de fecha 31 de marzo de 1998,porpartedelaReptiblieadePanamd,apartirdelI°deenero del 2029, los cunles se apliean a las reglas de origen contenidas en el Anexo 2 de dicha Resoluci6n. 2. I,a presente Resoluei6n entra en vigorapartirdeestafechayserdpublicadoporlosEstadosParte.
  7. 7.Que el Consejo de Ministros de Integraci6n Econ6mica (COMIECO); en reunion realizada en la Ciudad Sam Jos6, Costa Rica, en fecha 28 de junio de 2018, adopts la Resoluci6n No.401-2018 (COMIECO-LXXXIII) que resueive. 1. Aprobar el Reglamento T6cnico Centroame;icano RTCA 65.05.67 : 18 INSUMOS AGRICOLAS. INGREDIENTE ACTIVO GRADOTECNICO,PLAGUICIDASQUIMICOSFQRMUIADOS, SUST:ENCIASAFINES,COADYUT/ANTESYVEHICULOSFISICOS DE USO AGRICOIA. REQUISITOS PARA LA ELABORACION DE ETIQUETAS Y RANFLETOS, el cual modif ica, por sustituci6n total, el RTCA 65`05.67: 13 INSUMOS AGRICOLAS. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TECNICO, PLAGUICIDAS QUIMICOS FORMULADOS, SUSTANCIAS AFINES, COADYUVANTES Y vEHlquLosFlslcosDEusoAGRIcoLA.REQulslrosRARA LA ELABORACION DE FTIQUETAS Y PENFLETOS, aprobado mediantelaResoluci6nNo.365-2015(COMIECO-IXXII),de24de junio de 2015, en la forma que aparece en el Anexo de la presente Resoluci6n.2.SederogalaResoluci6nNo.365~2015(COMECO- LXXII) , del 24 dejunio de 2015 . 3. La presente Resoluci6n entrar& en vigor el 20 de diciemtrre de 2018 y sera publicada por los Estados Parte.
  8. 8.Que el Consejo de Ministros de Integraci6n Econ6mica (COMIECO); en reuni6n realizada en la Ciudad San Jos6, Costa Rica, en fecha 28 de junio de 2018, adopt6 la Resoluci6n No.402-2018 (COMIECO-I.)DDtlll) que resuelve, 1. Aprobar el Reglamento T6cnico Centroamericano RTCA 67.04.50: 17 ALIMENTOS. CRITERIOS MCROBIOLOGICOS PARA LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, en la forma que aparece en el Anexo de la Resoluci6n y que forman parte integra de la misma. el cual modifira, nor .Riiqfitiir.if.rl Irltnl ol llTr`A No. 34.718 2.QuedansinOfectoloscriteriosmicrobiol6gicosestablecidosen Anexo No. 2 "Cuadro de determinaciones analiticas para regisli sanitario por grupo de alimerttos " y en el Anexo No. 3 "Cuadro c determinactonesanallticasparavigilanciaporgrupodealimen[os delaResoluci6nNo.121-2004(COMECO),del29dejuliode200 3. Quedan sin efecto los crilerios microbiol6gicos establecid{ en los siguientes Reglamentos T6cnicos Centroamericanc (RTCA) especificos: a. RTCA 67.04`40:07 Alimentos y Bebidc Procesados. Grasas y Aceites. Especificaciones, contenidos e el numeral 3.2.2 "Caracteristicas Microbiol6gicas" , aprobaa por la Resoluci6n No. 215-2007 (COMECO-XI.yll), del 11 a diciembre de 2007; y. b. RTCA 67.04.48:08 Alimentos y Bebidc Procesados. N6ctares de Frutas. Especificaciones, contenidos e el numeral 4.2 "Caracterislicas de Calided e lnoouidad" y en I tabla 4 " Criterios microbiol6gicos " , aprobado por la Res-oluci6 No. 226-2008 (COMIECO-XLIX), del 25 de abril de 2008. A Quedan sin Ofecto los crilerios microbiol6gicos establecidos e e± num_eral_ 4 del RTCA 67.01.15:07 Hart-nas. Harina de Trig Fortifiicada. Especificaciones, contenidos en el numeral 4. "Criteriosmierobiol6gicos",aprobedomediantelaResoluci6nNc 2_01-2_07(COMIECO-ETV),del27dejuliode2007.5.Sederoga1 Resoluci6n No. 243-2009 (COMECO-LV). del 19 de mayo de 200S
  9. 9.Que el Consejo de Ministros de .Integraci6 Econ6mica (COMIECO); en reunion realizada en la Ciudad Sa Jose,CostaRica,enfecha28dejuniode2018,adopt6laReso/wcf.o No.403-2018 (COMIECO-IXXXIII) que Resuelve, 1. Aproba el Reglamento T6cnico Centroamericano RTCA 67.04.73: 1 PRODUCTOS LACTEOS. LECHE UI;IRA ALIA TEMPERAIURj (UAT0UHT).ESPECIFICACIONES,enlaformaqueaparecee) elArlexodelapresenteResoluci6nyquefiormaparteinlegranted la misma. 2. La presente Resoluci6n entrard en vigor el I de eneri de 2019 y sera publicada por los Estados Parte. 3. No obstanli lo establecido en el nuwieral anterior. Ia presente resoluci6n nt entrard en vigor para panama. `
  10. 10.Que el Consejo de Ministros de Integraci6I Econ6mica(COMIECO);enreuhi6nrealizadaenlaciudadsanJose £a gaceta OIAf}lo OFICIAL 0E LA BEP0BLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDU13ENA PARA MEjon sEGuf}iDAD DE sus puBLicAcioNEs ABOG. CESAR AUGuSTO CACERES CANO Gerente General . JORGE ALBERTO RICO S.ALINAS Coordimador y Supervisor EMPFIESA NAcloNAL DE ARIES GBAFICAS E.NJIG. -- 9 of 10 -- REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA Costa Rica, en fecha 28 de junio de 2018, adopto la ,Peso/#cl.o'n T.:::`£!-_:P:P!f?¥IECO-Lxpl_I).queiresueivei.ivi;i;ifr:;;;;:;r s`u,s!:r:~ijp_13_i_al,_losanexosvyvIdelaDIRECTRIZsiNIT;iniA ¥^FnlT_p,54r!T_4pr_A_RARALAEAclLIT'AclbNDELcdiii;iriri6 D_3_fy_y]_°nsr.xpPC`4NF:4S_FPNTROAMERICANAS_af;;:£a in,ed.i2?t:Resohac^i6nNo.338-2014(COMECO-EX)dell-td;-e=is d,e^2_0`14_I:u~s:e_if_ornascontenidasenlasResohai'6vi-ir;.;;1-:2~J;5 tf.opeFcpFp9!!NO..36!-2Oi5tcoMIEcO_Lxirj,-a;bi£, 23^deabrilde2015,enlaformaenqueaparecenen'l:i;-i;s-.1 yT 2, respectiva_men.te y que f orman iarte-integra de la ;i;;;;.- i. I:_ p.r^e,s:nte Re,solu.c.i.6n :ntrar4 e; vigencii:el 28 de set;;;-is;;e ?e_ 2_P.1 ? y s:Td publ.icada po: los Est-ados Parte. 3. -ir;;I;is;i;;i-e, lo esta?lecid? en el numeral anterior, la presente ire;oi;;;;;-;o entrard en vigor para Panama.
  11. 11.Que el Comit6 Ejecutivo de Integraci6n Econ6mica (CEIE); en reuni6n realizada en la Ciudad San Jose, Costa RIca, en fecha 28 de junio de 2018, adopt6 la Jieso/#cfo'n N?.?8-2018 !CEIF) f rue Resuelve 1. Incorpoia;r al libr;-i;;is;;;o e,n^'Das^_:!ff:I:n.e:nbilater?lesentrelaRidrblicadeco;;a-isi;;y lam Reppeli~Ca de Pa?amd y por tanto, eiiminar el -A;i;"-i:%| i:_:i:do ,G?neral de Integraci6n Econ6mica Centr;;in;;c;;, I?s.p¥^d.u^cip:_qre_r3_enouentrancontenidosenlaR;;:I;;ir;.i;:. 3_3.1_-2013 (COM|EFq-LXVI.) de_ f iecha 12 de diciembre i;-idrl-i, q_:e__a_3?recen,.ep el Anero 1 a. Iq presente Resoluci6n, segdn I;s p_1%:sycondici?nesc.onteTpladisendich;i;i;;:i:'|=c6gio.r%r a! life con:erc.io e_n lq5 pelaciones bilaterales entre la Reitbl;ca de. Panawh y la Reptiblica de Costa Rica y por tanto, ;li;;;; e!Anexo ``A" del Tratado General de lr;te-graci6n icon6m;:a Cen:rofmericana, los productos que se en:uentran contenii;s er I?. Peso`luci9n _yo. 331-2013 (COMIECO-Ixl/I) de i;echo -;2 dne dic,ieTpre de .20.13, que aparecen en el Anexo i a 1; prese;e R:oluci~6r,segivnlosplaeosycondicionescontemplada;endicis A,n`=.:`.3..Ifs_disposicionesdelaResoluei6n331-2dl3(COMEcd- I::VI).de.fechal2dediciembrede2013,noofectasporlapresente Resoluci6n,permanecenvigentes.4.LapresenteRe;oluci;nentrard e_nvigenciael1deenerode2019yserdprblicadaporlosEstados Partes.
  12. 12.Que el Comite Ejecutivo de Integraci6n Econ6mica (CEIE); en reuni6n realizada en la Ciudad Sac Jos6, Costa Rica, en fecha 28 de junio de 2018, adopt6 la iReso/ucl.o'ro No.g9-20_18(CEIE)queRe:uelvei.i;;;i=a::I.I;;;:-cVo.i-=c'i: enn la:,r.:lacio:es_bilateral_es entre la Repinlica de Panama y lis Reptib!icas de Guatemala, Honduras y Nicaragua, las iasis y_?:ejtes que se encuentran contenidas en la Resoluci-6n No. 331-2013 (COMECO-LXVI), del 12 de dicienbre ie--;0-li`~e; c_ategoria arancelaria de exclusi6n que aparecen como Anexo a 13pres?t=Resoluci6nyportanto,eliminirlasdelAnexo"A"d;I Tratqdo.eer_er:I de Integraci6n Ecdin6mica Centroamericana. a part.ir del 1° de enero de 2029. 2. Incoxporar al libre cornercio e.n. Ias. relacio::s bilaterales entre las Reptiblicas de Guateunl:. Hondu.fas y Nicaragua y la Reptiblica de Panamd, las gras-i y_ reites que se encuentran contenidas en la Resoluci-6n No. M.D. DEAGOSTO DEL2018 No. 34. Tratado_general de Integraci6n Econ6mica Cenlroamericaj partir del 1° de enero 2029. 3. El tralamiento arancelario a grasas y ?ceites contenidas en el Anexo de la presenle Resol. s: regirfi, ?n I:s r:_I?clones bilalerales entre la Repriblic Panayld_y lap Reptlb_licas de Guatemala, Honduras y`Nica;a p?.r.Ia peso.Iu=i_6n NO. 331-2Oi3 (cONIEcO-Lirl), del I dicie^mbre _de 2013 y su Anero, hasta 3 I de diciembr: de 20:2 c.orformidad con los pdrrofos 1 y 2 de la presente Resolu;ii Lapre.sen!eResoluci6nentrardenvigenci-aelldeenerodei y sera publicada por los Estados Partes.

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