Vigente
Decreto No. SAG-103-2024

Acuerdo Ministerial No. SAG-103-2024 — Medidas de prevención y control del Gusano Barrenador del Ganado

Texto completo

a) Realización de inspecciones físicas exhaustivas de los animales que se desplazan dentro del territorio nacional, utilizando corrales autorizados para tal fin por el SENASA. b) Control de la movilización de animales mediante puestos de control sanitarios y policiales, tanto fijos como móviles. c) Establecimiento de horarios de movilización de animales de 6:00 a.m. a 6:00 p.m., para facilitar las inspecciones visuales de manera eficiente. d) Implementación de otras medidas necesarias que la autoridad competente considere apropiadas para la prevención del Gusano Barrenador del Ganado. Estas acciones se llevarán a cabo con el objetivo de fortalecer la vigilancia y el control sobre el movimiento de animales vivos, asegurando así la protección del ganado y la prevención de la introducción de esta enfermedad en el país. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.- CUMPLASE Y COMUNÍQUESE. PhD. CARLOS ROBERTO MURILLO TEJADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SAG-103-2024 ABOG. HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA SECRETARIO GENERAL/SAG ACUERDO DE DELAGCIÓN No. SAG-335-2022 Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. No. 013-2024

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