Vigente
Decreto No. 0748-2024 | 26 de septiembre de 2024 | La Gaceta No. 36,650

Acuerdo No. 0748-2024 — Planes de Estudio Anual de los Bachilleratos Técnico Profesionales

Considerandos

  1. 1.A partir del año 2024, los Planes de Estudio de forma anual de los Bachilleratos Técnico Profesional del SECTOR INDUSTRIAL retornan a 40 horas semanales. Los nombres de los Bachilleratos son los siguientes: Bachillerato Técnico Profesional en Industria de la Madera, Bachillerato Técnico Profesional en Confección Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Construcciones Metálicas, Bachillerato Técnico Profesional en Electricidad, Bachillerato Técnico Profesional en Mecánica Automotriz, Bachillerato Técnico Profesional en Refrigeración y Aire Acondicionado, Bachillerato Técnico Profesional en Mecánica Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Electrónica, Bachillerato Técnico Profesional en Mecatrónica, Bachillerato Técnico Profesional en Delineación Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Electromecánica y Bachillerato Técnico Profesional en Diseño Gráfico.
  2. 2.Los educandos que aprobaron el Décimo Grado en las modalidades Científico Humanista y Técnico Profesional en una orientación diferente a la del sector industrial, podrán matricularse en el Bachillerato Técnico del Sector Industrial y deberán cursar una nivelación propedéutica del espacio curricular Introducción a la Educación Técnica Industrial.
  3. 3.Durante el año 2024 se llevará a cabo el proceso de desgaste para el duodécimo grado de los planes de estudios del Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones en el sistema de promoción semestral.
  4. 4.Se rectifican los nombres de los siguientes Bachilleratos para trámites legales:
  5. 5.A partir del año 2024, los Planes de Estudio de forma anual de los Bachilleratos Técnico Profesional del SECTOR INDUSTRIAL retornan a 40 horas semanales. Los nombres de los Bachilleratos son los siguientes: Bachillerato Técnico Profesional en Industria de la Madera, Bachillerato Técnico Profesional en Confección Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Construcciones Metálicas, Bachillerato Técnico Profesional en Electricidad, Bachillerato Técnico Profesional en Mecánica Automotriz, Bachillerato Técnico Profesional en Refrigeración y Aire Acondicionado, Bachillerato Técnico Profesional en Mecánica Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Electrónica, Bachillerato Técnico Profesional en Mecatrónica, Bachillerato Técnico Profesional en Delineación Industrial, Bachillerato Técnico Profesional en Electromecánica y Bachillerato Técnico Profesional en Diseño Gráfico.
  6. 6.Los educandos que aprobaron el Décimo Grado en las modalidades Científico Humanista y Técnico Profesional en una orientación diferente a la del sector industrial, podrán matricularse en el Bachillerato Técnico del Sector Industrial y deberán cursar una nivelación propedéutica del espacio curricular Introducción a la Educación Técnica Industrial.
  7. 7.Durante el año 2024 se llevará a cabo el proceso de desgaste para el duodécimo grado de los planes de estudios del Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones en el sistema de promoción semestral.
  8. 8.Se rectifican los nombres de los siguientes Bachilleratos para trámites legales: ACUERDO No. 0748-SE-2024 No. Se lee en el Acuerdo de creación: Se leerá a partir del presente acuerdo: 1. Bachillerato Técnico en Mecánica de Aviación Bachillerato Técnico Profesional en Mecánica de Aviación 2. Bachillerato en Control de Calidad y Producción Bachillerato Técnico Profesional en Control de Calidad y Producción 3. Bachillerato Técnico Profesional en Marítima y Portuaria Bachillerato Técnico Profesional en Marítimo y Portuario
  9. 9.Dados los indicadores de baja matrícula reportados por los institutos que ofertan el Bachillerato en Ciencias y Técnicas Acuícolas (Escuela Agrícola “Luis Landa” Nacaome, Valle) y el Bachillerato Técnico Profesional en Agricultura con orientación en Café (Instituto “Luis Ernesto Espinal” La Lima, El Paraíso e Instituto “Adán Bonilla Arellano” Florida, La Paz), han iniciado un proceso de desgaste a partir del año 2024 , utilizando las mismas estructuras presupuestarias e iniciaron el proceso de ampliación de las carreras de la siguiente manera: Bachillerato Técnico Profesional en Agroindustria en la Escuela Agrícola “Luis Landa” y el -- 165 of 170 --
  10. 10.Dados los indicadores de baja matrícula reportados por los institutos que ofertan el Bachillerato en Ciencias y Técnicas Acuícolas (Escuela Agrícola “Luis Landa” Nacaome, Valle) y el Bachillerato Técnico Profesional en Agricultura con orientación en Café (Instituto “Luis Ernesto Espinal” La Lima, El Paraíso e Instituto “Adán Bonilla Arellano” Florida, La Paz), han iniciado un proceso de desgaste a partir del año 2024 , utilizando las mismas estructuras presupuestarias e iniciaron el proceso de ampliación de las carreras de la siguiente manera: Bachillerato Técnico Profesional en Agroindustria en la Escuela Agrícola “Luis Landa” y el Bachillerato Técnico Profesional en Innovación y Desarrollo Agroforestal en los Centros de Educación Media “Luis Ernesto Espinal” y “Adán Bonilla Arellano”.
  11. 11.El Bachillerato en Ecología y Medio Ambiente, en sus indicadores de matrícula, ha reflejado en sus últimos años baja demanda educativa, por lo cual se realizará el análisis para su conversión o actualización curricular.
  12. 12.La equivalencia de estudios, será automática para los espacios curriculares de la Formación de Fundamento entre las diferentes orientaciones del Bachillerato Técnico Profesional y del Bachillerato Científico Humanista.
  13. 13.Las formas de entrega de los Bachilleratos Técnico Profesionales impartidos por la Dirección General de Modalidades Educativas a través de la Subdirección General de Jóvenes y Adultos como ser: Distancia, Madurez, Por Radio, En Casa, Virtual, entre otros, entrarán en el proceso de transición y adecuación curricular de los Planes de Estudio de Undécimo Grado conforme a la normativa vigente.
  14. 14.En los centros educativos que ofertan Modalidades Alternativas, las Direcciones Departamentales de Educación únicamente podrán autorizar las carreras de Bachilleratos Técnico Profesionales del Sector de Administración y Servicios con Plan de Estudios de 36 horas semanales.
  15. 15.Los centros educativos que a la fecha de publicación del presente Acuerdo implementan carreras del sector Industrial y Agroforestal en las Modalidades Alternativas, deberán realizar el proceso de desgaste o conversión a partir del año lectivo 2025. Esta medida también es aplicable a los centros educativos que ofertan carreras del sector Administración y Servicios con Planes de Estudios mayor a 36 horas semanales.
  16. 16.Se garantiza a los docentes su estabilidad laboral y el respeto de los derechos reconocidos conforme a la Ley. Se instruye a las autoridades de los centros educativos la asignación de tareas coprogramáticas que permitan completar la carga horaria de acuerdo a su nombramiento; recibiendo acompañamiento de la autoridad inmediata. DÉCIMO TERCERO: Lo no previsto en el presente Acuerdo será resuelto por la Secretaría de Educación a través de la Dirección General de Currículo y Evaluación, de conformidad con las Leyes y Reglamentos vigentes. DÉCIMO CUARTO: El presente Acuerdo deroga el Acuerdo No. 0166-SE-2023 de fecha 16 de febrero de 2023 en lo referente a los Bachilleratos Técnico Profesionales. DÉCIMO QUINTO: El presente Acuerdo valida el funcionamiento de los Planes de Estudio Anual de los Bachilleratos Técnico Profesionales, en los Centros Educativos Gubernamentales y No Gubernamentales autorizados, los cuales se rigen bajo los preceptos de la Constitución de la República, las Leyes y Reglamentos Educativos, así como las disposiciones emanadas por esta Secretaría de Estado. DÉCIMO SEXTO: El Presente Acuerdo entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Transcribir el presente Acuerdo a la Dirección General de Modalidades Educativas y a las Direcciones Departamentales de Educación a nivel nacional para los fines legales consiguientes. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ABOGADO EDWIN EMILIO OLIVA SECRETARIO GENERAL -- 166 of 170 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,653 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Acuerdo C.G. No. 152-2024 A. 1 - 4 Sección B Avisos Legales B. 1 - 32 Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional

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