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5 de julio de 2023Vigente

Acuerdo Ministerial No. ADUANAS-DE-045-2023 — Derogación del artículo 63 del Régimen de Carrera de Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera

Poder Ejecutivo

  • Decreto: ADUANAS-DE-045-2023
  • Publicación: 5 de julio de 2023
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 36,273

Considerandos

Que mediante Decreto 170-2016 de fecha quince (15) de diciembre de dos mil dieciséis (2016) y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), se crea la Administración Aduanera de Honduras como una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos aduaneros, con autoridad y competencia a nivel nacional y con domicilio en la capital de la República de Honduras; e institucionalizada mediante Decreto Ejecutivo PCM-059-2019 de fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).

Que según lo dispone el Código Tributario en su artículo 197, la Administración Aduanera está a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a) con rango Ministerial, nombrado por el Presidente de la República, quien es la máxima autoridad y el representante legal de la institución; responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos, metas y resultados, conforme a la política económica, fiscal y tributaria del Estado. COSIDERANDO: Que el numeral 2) del artículo 197 del Código Tributario manda que; las relaciones entre la Administración Aduanera y su respectivo personal se rigen por el régimen laboral que al efecto se apruebe por la máxima autoridad.

Que es una atribución, entre otras, de la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera; según lo dispone el artículo 199 numeral (6) del Código Tributario Aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulan la estructura organizacional y funcional, su régimen laboral, de remuneraciones y de contrataciones; así como los relacionados con la implementación de los reglamentos de la materia tributaria y aduanera, según corresponda.

Que, con base en esa atribución, mediante Acuerdo ADUANAS-DE-No.005-2020 de fecha trece (13) de enero del año dos mil veinte (2020) y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,175 de fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinte (2020), se aprobó el “REGIMEN DE CARRERA DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS”, el cual fue reformado mediante ACUERDO No. ADUANAS-DE-025-2021, de fecha 09 de septiembre de 2021 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,796 en fecha 13 de diciembre de 2021; el que en su artículo 63 dispone que: “La Administración Aduanera conforme a la disponibilidad presupuestaria podrá otorgar un bono de incentivos para mejor cumplimiento de metas de recaudación. La bonificación por recaudación se otorgará tomando en consideración todos aquellos aspectos necesarios, mismos que se establecerán a través de un acuerdo que al efecto en uso de sus facultades emita el Director Ejecutivo, el cual se podrá ratificar o modificar anualmente”.

Que las normas y medidas establecidas en dicho Régimen deben ser adecuadas conforme a las necesidades actuales de la Institución y del país, por lo tanto, se prioriza una reforma destinada a mejorar la eficiencia mediante el otorgamiento de incentivos no económicos para fortalecer y mejorar la recaudación y dar cumplimiento al Decreto No. 8-2022 que declara emergencia fiscal y financiera en el Sector Público y así, priorizar los recurso y gastos para atender las necesidades básicas y de interés social.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 118-2022 de fecha 23 de febrero de 2022, se nombró a FAUSTO MANUEL CALIX MARQUEZ, como Director Ejecutivo con Rango Ministerial de la Administración Aduanera de Honduras.

Articulos

Articulo 1.-

Derogar el artículo 63 del Acuerdo ADUANAS- DE-No.005-2020 de fecha trece (13) de enero del año dos mil veinte (2020) y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,175 de fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinte (2020), del “REGIMEN DE CARRERA DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS”, y su reforma contenida en el ACUERDO No. ADUANAS- DE-025-2021, de fecha 09 de septiembre de 2021 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,796 en fecha 13 de diciembre de 2021.

Articulo 2.-

El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. PUBLIQUESE. Dado en a ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de junio del año 2023. ABG. FAUSTO MANUEL CÁLIX MÁRQUEZ Director Ejecutivo Administración Aduanera de Honduras ABG. JOSÉ ANTONIO GALLEGOS DIAZ Secretario General Nacional Administración Aduanera de Honduras Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 5 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,273 Sección “B”