Acuerdo Ministerial No. 0158-2025 — Normas de evaluación de los aprendizajes en el Sistema Nacional de Educación
- Decreto: 0158-2025
- Publicación: 7 de septiembre de 2024
Considerandos
NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA.
DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. ACUERDO No. 0158-SE-2025
NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. Ponderación (Puntos) Nivel de desempeño Descripción 91 a 100 Excelente Su desempeño demuestra que aplica los aprendizajes a situaciones variadas, propone soluciones y acciones de mejora; y supera lo esperado en el estándar o en la expectativa de logro evaluado. 80 a 90 Avanzado Demuestra dominio en su desempeño en los estándares o expectativas de logro evaluadas. Aplica conocimientos, se expresa con lenguaje adecuado a su edad. 70 a 79 Básico Demuestra un desempeño elemental de la expectativa de logro que se ha evaluado. Muestra avance en su proceso de aprendizaje. Hasta 69 Inicial Las evidencias obtenidas demuestran debilidad para el logro del aprendizaje planificado. Requiere reforzamiento constante.
DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. 2. Una vez publicado el presente Acuerdo y emitido el Instructivo, la Dirección General de Currículo y Evaluación y las Subdirecciones Generales de Educación Prebásica, Básica y Media, llevarán a cabo jornadas de inducción departamental que permitan la correcta aplicación de los nuevos lineamientos de evaluación en Sistema Nacional de Educación.
El presente Acuerdo deroga el Acuerdo No. 0668-SE-2022 y todo lo relacionado con evaluación de aprendizajes establecido en el Acuerdo No. 2943-SE-2024. 2. Una vez publicado el presente Acuerdo y emitido el Instructivo, la Dirección General de Currículo y Evaluación y las Subdirecciones Generales de Educación Prebásica, Básica y Media, llevarán a cabo jornadas de inducción departamental que permitan la correcta aplicación de los nuevos lineamientos de evaluación en Sistema Nacional de Educación.
El presente Acuerdo deroga el Acuerdo No. 0668- SE-2022 y todo lo relacionado con evaluación de aprendizajes establecido en el Acuerdo No. 2943-SE-2024.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Transcribir el presente Acuerdo a las Direcciones Departamentales de Educación, Direcciones Municipales / Distritales de Educación y Direcciones de Centros Educativos, para los fines legales consiguientes. COMUNÍQUESE: PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO ABG. EDWIN EMILIO OLIVA SECRETARIO GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
Texto completo
ACUERDO No. 0158-SE-2025 P á g i n a 4 | 7 NIVEL DE DESARROLLO DESCRIPCIÓN En inicio La niña y el niño, están empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades, requiere una atención personalizada por el docente o educadora y la familia durante el tiempo que sea necesario. En proceso La niña y el niño evidencia avances en el logro de los aprendizajes previstos, requiere una atención personalizada por el docente o educadora y la familia durante el tiempo que sea necesario. Logro previsto La niña y el niño evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA
- 1)
Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Ciclo Grado Acumulativo (puntos) Exámenes Escritos/ prácticos (puntos) Total (puntos) Actividades de Aula Actividades Extra Aula Valores y Actitudes Expresiones Artísticas, Deportivas y Humanísticas I Ciclo 1°, 2° y 3° 45 10 10 5 30 100 II Ciclo 4°, 5° y 6° 35 10 10 5 40 100 III Ciclo 7°, 8° y 9° 25 10 10 5 50 100
- 2)
La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento.
- 3)
Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado.
- 4)
Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: Los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollarlas en su mayoría con actividades dentro del aula de clases.
- 5)
Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: Los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas.
- 6)
Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: Los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico matemático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media.
- 7)
Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones:
- 8)
En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos.
- 9)
Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos).
- 10)
Materia Retrasada: Los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: ACUERDO No. 0158-SE-2025 P á g i n a 5 | 7 4. Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollarlas en su mayoría con actividades dentro del aula de clases. 5. Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas. 6. Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico matemático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media. 7. Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller /laboratorio Actividades Extra Aula Valores y actitudes 30 10 10 50 100 8. En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos. 9. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 10. Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA
- 1)
La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100
- 2)
La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones:
- 3)
La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio.
- 4)
En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/ laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior.
- 5)
Proceso de evaluación parcial: Los exámenes escritos y/o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado.
- 6)
Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos).
- 7)
Materia Retrasada: Los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. ACUERDO No. 0158-SE-2025 P á g i n a 6 | 7 2. La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller/laboratorio* Actividades Extra Aula Valores y actitudes 60 10 10 20 100 3. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio. 4. En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior. 5. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 6. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 7. Materia Retrasada: los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes.
- 8)
Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursarlos de forma anual.
- 9)
Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación).
- a)
Plan de Estudio
- b)
Evaluación del Himno Nacional
- c)
Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica
- d)
Trabajo Educativo Social (TES)
- e)
Práctica Profesional (aplicable a BTP) P á g i n a 5 | 7
- a)
- 10)
Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100
8. Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursarlos de forma anual. 9. Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación).
- a)
Plan de Estudio
- b)
Evaluación del Himno Nacional
- c)
Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica
- d)
Trabajo Educativo Social (TES)
- e)
Práctica Profesional (aplicable a BTP) CUARTO: NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. QUINTO: DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. ACUERDO No. 0158-SE-2025 CUARTO: NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. Ponderación (Puntos) Nivel de desempeño Descripción 91 a 100 Excelente Su desempeño demuestra que aplica los aprendizajes a situaciones variadas, propone soluciones y acciones de mejora; y supera lo esperado en el estándar o en la expectativa de logro evaluado. 80 a 90 Avanzado Demuestra dominio en su desempeño en los estándares o expectativas de logro evaluadas. Aplica conocimientos, se expresa con lenguaje adecuado a su edad. 70 a 79 Básico Demuestra un desempeño elemental de la expectativa de logro que se ha evaluado. Muestra avance en su proceso de aprendizaje. Hasta 69 Inicial Las evidencias obtenidas demuestran debilidad para el logro del aprendizaje planificado. Requiere reforzamiento constante. QUINTO: DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. 2. Una vez publicado el presente Acuerdo y emitido el Instructivo, la Dirección General de Currículo y Evaluación y las Subdirecciones Generales de Educación Prebásica, Básica y Media, llevarán a cabo jornadas de inducción departamental que permitan la correcta aplicación de los nuevos lineamientos de evaluación en Sistema Nacional de Educación. SEXTO: El presente Acuerdo deroga el Acuerdo No. 0668-SE-2022 y todo lo relacionado con evaluación de aprendizajes establecido en el Acuerdo No. 2943-SE-2024.
2. Una vez publicado el presente Acuerdo y emitido el Instructivo, la Dirección General de Currículo y Evaluación y las Subdirecciones Generales de Educación Prebásica, Básica y Media, llevarán a cabo jornadas de inducción departamental que permitan la correcta aplicación de los nuevos lineamientos de evaluación en Sistema Nacional de Educación. SEXTO: El presente Acuerdo deroga el Acuerdo No. 0668- SE-2022 y todo lo relacionado con evaluación de aprendizajes establecido en el Acuerdo No. 2943-SE-2024. SÉPTIMO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Transcribir el presente Acuerdo a las Direcciones Departamentales de Educación, Direcciones Municipales / Distritales de Educación y Direcciones de Centros Educativos, para los fines legales consiguientes. C OMUNÍQUES E: PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO ABG. EDWIN EMILIO OLIVA SECRETARIO GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
- a)
- 1)