Vigente
Decreto No. CD-202-31-09/2025 | 4 de septiembre de 2025

Resolución No. CD-202-31-09/2025 — Reforma al Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi)

Articulos

Articulo 1

Artículo 1: Objetivo El presente Reglamento tiene como objetivo normar los procedimientos para determinar y delimitar el pago de viáticos y otros gastos de viaje de los funcionarios y empleados del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi) cuando sean autorizados a ausentarse de su sede habitual de trabajo y tengan que viajar a lugares dentro o fuera del país en el cumplimiento de una misión oficial o de particulares que sean autorizados por Presidencia -- 53 of 68 -- 2 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 b) CAI: Código de Autorización de Impresión. c) Factura válida: Documento físico o digital que detalla la transacción comercial entre participante y proveedor bajo las normativas de facturación vigentes y las establecidas en el presente reglamento. d) Funcionario o empleado: Integrante del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda. e) Gestión de viáticos: Procedimiento de solicitud o liquidación de viáticos y otros gastos de viaje. f) Liquidación: Declaración de los gastos efectuados en la misión para la verificación de su realización y el reconocimiento de gastos adicionales al empleado o reembolso al Banco en los casos que aplique. g) Misión: Actividad laboral, académica o de otra índole asignada a un participante. h) Otros gastos de viaje: Asignación monetaria utilizada para cubrir gastos directamente relacionados con la misión. i) Particulares: Individuos pertenecientes a organismos nacionales o internacionales y autorizados por Presidencia Ejecutiva a viajar por cuenta del Banhprovi. j) Participante: Persona autorizada como representante del Banhprovi en una misión, ya sea funcionario, empleado o particular. k) Reembolso: Acción de devolver una cantidad de dinero al que la había desembolsado, ya sea al Banco o empleado por gastos que no se contemplaron en la gestión de viáticos. l) Traslado: Movimiento de personal de forma indefinida de su puesto o espacio de trabajo que implica la mudanza indefinida de esta a otra zona o departamento del país. m) Viáticos: Asignación monetaria o tarifa reconocida al participante para cubrir gastos de subsistencia.

Articulo 3

Artículo 3: Rango para la asignación de viáticos La asignación de viáticos se realiza según el rango establecido según las categorías de puestos definido en el Manual de Valuación de Puestos vigente. (Anexos 1, 2 y 3).

Articulo 4

Artículo 4: Asignación de viáticos Las tarifas de viáticos son los valores máximos que se reconocerán a los participantes. Los montos de viáticos para viajes al exterior se calcularán multiplicando la tarifa diaria aplicable en dólares americanos o euros por el tipo de cambio en lempiras, prevaleciente en el sistema financiero nacional el día en que se elabore la respectiva Orden de Pago. El mismo tipo de cambio será utilizado para presentar las liquidaciones correspondientes. Se reconocerá gastos de traslado de efectos personales, de instalación y asignación de viáticos otorgados a un funcionario o empleado del Banhprovi como consecuencia directa del traslado para prestar sus servicios en forma permanente en una nueva sede de trabajo del Banco.

Articulo 5

Artículo 5: Involucrados y sus funciones en el proceso de gestión de viáticos • Presidencia Ejecutiva: Firma la autorización de viáticos cuando corresponda y aprueba todos los viajes internacionales. • Departamento de Talento Humano: Registra el período de ausencia del participante. Cuando aplique, gestionará la deducción por planilla. • Subgerencia de Administración: Revisa la documentación, remite a la Sección de Presupuesto y aprueba la gestión de viáticos, gestiona con las áreas lo relacionado con la movilización y transporte del participante. -- 54 of 68 -- 3 La Gaceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 B. Sección B A v isos L egales • Sección de Presupuesto: Valida y autoriza presupuestariamente las cuentas a afectar. • Oficial de Pagos: Transfiere a la cuenta personal del participante o entrega en efectivo el monto de viáticos aprobado. • Sección de Contaduría: Realiza el registro contable correspondiente. • Unidad de Compras: Realiza la gestión de compras de pasajes aéreos conforme a la normativa vigente. • Departamento de Servicios Generales: Gestiona la aprobación de vehículos institucionales, asigna motorista.

Articulo 6

Artículo 6: Firmas autorizadas para gestión de viáticos Las gestiones de viáticos deberán realizarse a través de memorando acompañado del formulario correspondiente; estos deberán ser firmados por la autoridad y el solicitante, conforme a la tabla siguiente: En caso de ausencia temporal de los funcionarios mencionados, el funcionario superior jerárquico los autorizará. En la ausencia de Presidencia Ejecutiva, serán aprobados por Gerencia.

Articulo 7

Artículo 7: Pasajes aéreos Para la compra de pasajes aéreos se deberá tener las siguientes consideraciones: • La unidad de compras realizará el proceso de adquisición según la normativa vigente. • Opcionalmente el participante podrá adquirir el pasaje aéreo con sus recursos económicos, si representa un beneficio para el Banhprovi. • Si el participante realiza la compra, el reembolso se limitará al reconocimiento del precio más bajo comparado con las cotizaciones presentadas por la Sección de Compras, además estará sujeto al período de la misión oficial, la diferencia en el precio por cambios de fechas no relacionadas directamente con la misión la cubrirá el participante. Página 3 de 9 Certificación CD-202-31-09/2025 • Presidencia Ejecutiva: firma la autorización de viáticos cuando corresponda y aprueba todos los viajes internacionales. • Departamento de Talento Humano: registra el período de ausencia del participante. Cuando aplique, gestionará la deducción por planilla. • Subgerencia de Administración: revisa la documentación, remite a la Sección de Presupuesto y aprueba la gestión de viáticos, gestiona con las áreas lo relacionado con la movilización y transporte del participante. • Sección de Presupuesto: valida y autoriza presupuestariamente las cuentas a afectar. • Oficial de Pagos: transfiere a la cuenta personal del participante o entrega en efectivo el monto de viáticos aprobado. • Sección de Contaduría: realiza el registro contable correspondiente. • Unidad de Compras: realiza la gestión de compras de pasajes aéreos conforme a la normativa vigente. • Departamento de Servicios Generales: gestiona la aprobación de vehículos institucionales, asigna motorista. Artículo 6: Firmas autorizadas para gestión de viáticos Las gestiones de viáticos deberán realizarse a través de memorando acompañado del formulario correspondiente; estos deberán ser firmados por la autoridad y el solicitante, conforme a la tabla siguiente: Solicitante: Firma autorizada: Presidente Ejecutivo Gerencia Consejeros, Comisarios y Gerencia, particulares o dependencias de presidencia Presidencia Ejecutiva Subgerente o dependencia de Gerencia Gerencia Jefes de Departamento o dependencias de cada subgerencia Subgerente correspondiente Jefes de Sección, jefes de Agencia o dependencias Jefe de Departamento y Subgerente correspondiente En caso de ausencia temporal de los funcionarios mencionados, el funcionario superior jerárquico los autorizará. En la ausencia de Presidencia Ejecutiva, serán aprobados por Gerencia. Artículo 7: Pasajes aéreos Para la compra de pasajes aéreos se deberá tener las siguientes consideraciones: • La unidad de compras realizará el proceso de adquisición según la normativa vigente. • Opcionalmente el participante podrá adquirir el pasaje aéreo con sus recursos económicos, si representa un beneficio para el Banhprovi. • Si el participante realiza la compra, el reembolso se limitará al reconocimiento del precio más bajo comparado con las cotizaciones presentadas por la Sección de Compras, además estará sujeto al período de la misión oficial, la diferencia en el precio por cambios de fechas no relacionadas directamente con la misión la cubrirá el participante.

Articulo 8

Artículo 8: Prohibiciones de la adquisición de pasajes Se prohíbe la adquisición de pasajes en primera clase o la selección de tarifas que aun siendo las más económicas incremente los gastos por una mayor asignación de viáticos en virtud de la prolongación del viaje. Se exceptuarán de esto los siguientes casos: a. Cuando por las circunstancias de itinerario, duración del viaje, temporada, urgencia de la misión, por no existir disponibilidad de espacios en clase económica o por condiciones especiales del participante, se necesite comprar este tipo de pasajes. b. Cuando el participante no incluido en el inciso "a" solicite esta alternativa de transporte aéreo; en este caso se deberá pagar por su cuenta la diferencia que resulte del costo del -- 55 of 68 -- 4 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 Artículo 8: Prohibiciones de la adquisición de pasajes Se prohíbe la adquisición de pasajes en primera clase o la selección de tarifas que aun siendo las más económicas incremente los gastos por una mayor asignación de viáticos en virtud de la prolongación del viaje. Se exceptuarán de esto los siguientes casos: a. Cuando por las circunstancias de itinerario, duración del viaje, temporada, urgencia de la misión, por no existir disponibilidad de espacios en clase económica o por condiciones especiales del participante, se necesite comprar este tipo de pasajes. b. Cuando el participante no incluido en el inciso “a” solicite esta alternativa de transporte aéreo; en este caso se deberá pagar por su cuenta la diferencia que resulte del costo del pasaje. Las excepciones descritas deberán ser autorizadas por Presidencia Ejecutiva y deberán de estar debidamente documentadas.

Articulo 9

Artículo 9: Periodos de viaje Las misiones se categorizan según la duración del viaje, estos se clasifican de la siguiente manera: a. Período mínimo: mayor a cuatro horas cuya duración no requiere alojamiento. b. Período corto: dura entre 1 y 30 noches. c. Período largo: dura entre 31 y 60 noches. d. Período extenso: más de 61 noches. En caso de misiones de “Período Extenso”, se requiere visto bueno de Presidencia Ejecutiva.

Articulo 10

Artículo 10: Reconocimiento de viáticos El Banhprovi reconocerá la asignación de viáticos de acuerdo con las consideraciones siguientes: a. Período mínimo, se reconocerá el 25% de la tarifa diaria correspondiente al “Período corto”. b. Período corto y largo, se reconocerá conforme a la tabla de asignación de viáticos, anexos 2 y 3. c. Períodos extensos, se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del monto establecido para viáticos de “Período largo”. d. Viajes internacionales, se reconocerá de acuerdo con la tarifa correspondiente, el día de retorno se reconocerá un veinticinco por ciento (25%) tomando en consideración la zona donde el participante permaneció por mayor tiempo. El monto correspondiente se reconocerá al momento de liquidar. e. Misiones auspiciadas:En caso de que el organismo nacional o internacional solicite los servicios de funcionarios o empleados para el cumplimiento de una misión fuera de la sede, se establecerá en la solicitud el monto cubierto de gastos relacionados y el diferencial correrá a cuenta del Banhprovi y deberán presentar visto bueno por Presidencia Ejecutiva.

Articulo 11

Artículo 11: Misión en días inhábiles Cuando la misión, por la naturaleza del viaje o razones -- 56 of 68 -- 5 La Gaceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 B. Sección B A v isos L egales de itinerario, tenga que realizarse en un día inhábil, se reconocerán los viáticos conformidad al rango e itinerario normal del viaje. Si la misión requiere días adicionales o retorno temprano, los montos se reconocerán o devolverán según corresponda; estas variaciones deberán justificarse.

Articulo 2

Artículo 12: Uso de vehículos Cuando se haga uso de los vehículos institucionales, el Banhprovi reconocerá gastos por combustible, lubricantes y reparaciones y gastos relacionados. Se autoriza al participante a viajar en vehículos de su propiedad siempre y cuando se tengan en cuenta las siguientes consideraciones: a. El vehículo deberá contar con una póliza de seguro. b. El Banhprovi reconocerá los gastos incurridos por combustible a razón promedio de 30 kilómetros por galón, de acuerdo con la distancia en kilómetros recorridos, ajustándose a los requerimientos de la misión. Estos estarán sujetos a revisión de la Subgerencia de Administración. c. De no haber solicitado combustible, la liquidación se ajustará al cálculo relativo al kilometraje contra la factura de combustible presentada, sin reconocimiento de gastos excedentes a lo que los cálculos indiquen. d. No se reconocerán gastos por repuestos, reparaciones u otros incidentes.

Articulo 13

Artículo 13: Plazos para realizar las gestiones de viáticos a. Liquidación de viáticos y otros gastos de viaje. El participante tendrá un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para presentar la liquidación una vez finalizada la misión. b. Liquidación por cancelación de la Misión. El participante reintegrará los montos correspondientes el siguiente día hábil al otorgamiento de estos. c. Reembolso de viáticos. Se solicitará en los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización de la misión, el participante debe presentar justificación mediante memorándum dirigido a la Subgerencia de Administración, acompañado de la liquidación para solicitar reembolso. Aquellos participantes que, por casos fortuitos o de fuerza mayor no liquiden en el plazo previsto y cuya ausencia sea debidamente justificada, deberán hacerlo dentro de los cinco (5) días hábiles desde su reintegro. De no cumplir los plazos estipulados para liquidación o reembolso, se hará una deducción mediante planilla por el monto de los viáticos otorgados y en caso de reembolso no procederá el otorgamiento de este.

Articulo 14

Artículo 14: Documentación a presentar en liquidación. El memorando y el formato de solicitud de liquidación de viáticos y otros gastos de viaje, además, debe acompañar los siguientes documentos: -- 57 of 68 -- 6 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 a. Informe de misión, este deberá ser firmado por el participante y la autoridad correspondiente. b. Factura de gastos relacionados a la misión. Se presentará la factura de hospedaje cuando se solicite reembolso. c. Copia del pasaporte con movimientos migratorios, únicamente para viajes internacionales. d. Comprobante de depósito físico o transferencia electrónica en la cuenta del Banhprovi en Banco Central de Honduras, por el monto de reembolso, en los casos que aplique. e. Comprobante de depósito físico o transferencia electrónica en la cuenta del Banhprovi en Banco Central de Honduras, correspondiente a reembolso del valor de los viáticos otorgados, en caso de cancelación de la misión. f. En caso de que el empleado o funcionario, por circunstancias adversas no pueda efectuar la misión, este deberá informar al Departamento de Servicios Generales para que este proceda con la cancelación de asignación de medios de transporte para la misión.

Articulo 15

Artículo 15: Reconocimiento por excedente de hotel Cuando la tarifa diaria del hotel exceda el 50% de la asignación diaria de viáticos, el Banhprovi reconocerá hasta un 30% de excedente en relación con el importe diario que corresponda, contra la presentación de la factura válida.

Articulo 16

Artículo 16: Requisitos en las facturas para liquidación de viáticos y otros gastos de viaje Para que la factura se considere válida, debe reunir los siguientes requisitos: a. Se presentará en físico, deberán ser originales y legibles. De ser proporcionados comprobantes digitales, se aceptarán las impresiones correspondientes. b. Las facturas nacionales de hospedaje pueden presentarse a nombre del Banhprovi o del participante. Las demás facturas deben presentarse a nombre del Banhprovi. c. Deben contener el CAI. d. Las facturas internacionales, por no regirse bajo la normativa hondureña, se podrán presentar sin CAI y a nombre del participante.

Articulo 17

Artículo 17: Moneda a utilizar en las gestiones de viáticos a. Misión nacional, los valores se expresarán en moneda local. b. Misión internacional, los valores se expresarán en dólares americanos; de utilizarse el nominal de euros, se realizará la conversión pertinente.

Articulo 18

Artículo 18: Asuntos no previstos Lo no previsto en este Reglamento será resuelto por el Consejo Directivo del Banhprovi. Artículo 19: Derogación de resolución Este Reglamento deroga la Resolución CD-37-06/2024 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi el 1 de febrero de 2024; asimismo, deja sin valor y efecto cualquier otra disposición que contravenga a esta Resolución. -- 58 of 68 -- 7 La Gaceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 B. Sección B A v isos L egales Página 8 de 9 Certificación CD-202-31-09/2025

Articulo 19

Artículo 19: Derogación de resolución Este Reglamento deroga la Resolución CD-37-06/2024 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi el 1 de febrero de 2024; asimismo, deja sin valor y efecto cualquier otra disposición que contravenga a esta Resolución. Anexo 1 Rango de viáticos por categoría de puesto del Manual de Valuación de Puestos. Anexo 2 Tabla de asignación de viáticos nacionales Período corto Período largo Categoría Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 1 Zona 2 Zona 3 I L2.375,00 L2.062,50 L1.750,00 L2.275,00 L1.975,00 L1.675,00 II L2.062,50 L1.750,00 L1.437,50 L1.975,00 L1.675,00 L1.375,00 III L1.750,00 L1.437,50 L1.125,00 L1.675,00 L1.375,00 L1.075,00 IV L1.437,50 L1.125,00 L812,00 L1.375,00 L1.075,00 L775,00 V L1.125,00 L812,50 L775,00 L1.075,00 L775,00 L750,00 Anexo 3 Tabla de asignación de viáticos internacionales Período corto Período largo Categoría Inter I Inter II Inter III Inter IV Inter I Inter II Inter III Inter IV I $323,00 $339,25 $437,00 €437,00 $264,50 $316,25 $408,25 €408,25 II $287,50 $304,75 $396,75 €396,70 $230,00 $281,75 $368,00 €368,00 III $218,50 $270,25 $356,50 €356,50 $201,25 $247,25 $333,50 €333,50 IV $184,00 $235,75 $316,25 €316,25 $166,75 $218,50 $293,25 €293,25 V $161,00 $207,00 $276,00 €276,00 $149,50 $189,75 $253,00 €253,00 2. Instruir al Departamento de Organización y Planeamiento, dependiente de la Gerencia, proporcionar y socializar la información sobre el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje Rango de Viáticos Grupo ocupacional Categoría de puesto I Altos funcionarios Presidente Ejecutivo, consejeros propietarios, comisario, gerente y subgerentes. II Directivo Auditor interno, asesores, jefes y subjefes de Departamento. III Ejecutivos 11, 12, 13, 14 y 15 IV Técnico y administrativo 5, 6, 7, 8, 9 y 10 V Apoyo técnico y administrativo 1, 2, 3, 4 y particulares Página 8 de 9 Certificación CD-202-31-09/2025 Artículo 19: Derogación de resolución Este Reglamento deroga la Resolución CD-37-06/2024 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi el 1 de febrero de 2024; asimismo, deja sin valor y efecto cualquier otra disposición que contravenga a esta Resolución. Anexo 1 Rango de viáticos por categoría de puesto del Manual de Valuación de Puestos. Anexo 2 Tabla de asignación de viáticos nacionales Período corto Período largo Categoría Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 1 Zona 2 Zona 3 I L2.375,00 L2.062,50 L1.750,00 L2.275,00 L1.975,00 L1.675,00 II L2.062,50 L1.750,00 L1.437,50 L1.975,00 L1.675,00 L1.375,00 III L1.750,00 L1.437,50 L1.125,00 L1.675,00 L1.375,00 L1.075,00 IV L1.437,50 L1.125,00 L812,00 L1.375,00 L1.075,00 L775,00 V L1.125,00 L812,50 L775,00 L1.075,00 L775,00 L750,00 Anexo 3 Tabla de asignación de viáticos internacionales Período corto Período largo Categoría Inter I Inter II Inter III Inter IV Inter I Inter II Inter III Inter IV I $323,00 $339,25 $437,00 €437,00 $264,50 $316,25 $408,25 €408,25 II $287,50 $304,75 $396,75 €396,70 $230,00 $281,75 $368,00 €368,00 III $218,50 $270,25 $356,50 €356,50 $201,25 $247,25 $333,50 €333,50 IV $184,00 $235,75 $316,25 €316,25 $166,75 $218,50 $293,25 €293,25 V $161,00 $207,00 $276,00 €276,00 $149,50 $189,75 $253,00 €253,00 2. Instruir al Departamento de Organización y Planeamiento, dependiente de la Gerencia, proporcionar y socializar la información sobre el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje Rango de Viáticos Grupo ocupacional Categoría de puesto I Altos funcionarios Presidente Ejecutivo, consejeros propietarios, comisario, gerente y subgerentes. II Directivo Auditor interno, asesores, jefes y subjefes de Departamento. III Ejecutivos 11, 12, 13, 14 y 15 IV Técnico y administrativo 5, 6, 7, 8, 9 y 10 V Apoyo técnico y administrativo 1, 2, 3, 4 y particulares Página 8 de 9 Certificación CD-202-31-09/2025 Artículo 19: Derogación de resolución Este Reglamento deroga la Resolución CD-37-06/2024 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi el 1 de febrero de 2024; asimismo, deja sin valor y efecto cualquier otra disposición que contravenga a esta Resolución. Anexo 1 Rango de viáticos por categoría de puesto del Manual de Valuación de Puestos. Anexo 2 Tabla de asignación de viáticos nacionales Período corto Período largo Categoría Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 1 Zona 2 Zona 3 I L2.375,00 L2.062,50 L1.750,00 L2.275,00 L1.975,00 L1.675,00 II L2.062,50 L1.750,00 L1.437,50 L1.975,00 L1.675,00 L1.375,00 III L1.750,00 L1.437,50 L1.125,00 L1.675,00 L1.375,00 L1.075,00 IV L1.437,50 L1.125,00 L812,00 L1.375,00 L1.075,00 L775,00 V L1.125,00 L812,50 L775,00 L1.075,00 L775,00 L750,00 Anexo 3 Tabla de asignación de viáticos internacionales Período corto Período largo Categoría Inter I Inter II Inter III Inter IV Inter I Inter II Inter III Inter IV I $323,00 $339,25 $437,00 €437,00 $264,50 $316,25 $408,25 €408,25 II $287,50 $304,75 $396,75 €396,70 $230,00 $281,75 $368,00 €368,00 III $218,50 $270,25 $356,50 €356,50 $201,25 $247,25 $333,50 €333,50 IV $184,00 $235,75 $316,25 €316,25 $166,75 $218,50 $293,25 €293,25 V $161,00 $207,00 $276,00 €276,00 $149,50 $189,75 $253,00 €253,00 2. Instruir al Departamento de Organización y Planeamiento, dependiente de la Gerencia, proporcionar y socializar la información sobre el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje Rango de Viáticos Grupo ocupacional Categoría de puesto I Altos funcionarios Presidente Ejecutivo, consejeros propietarios, comisario, gerente y subgerentes. II Directivo Auditor interno, asesores, jefes y subjefes de Departamento. III Ejecutivos 11, 12, 13, 14 y 15 IV Técnico y administrativo 5, 6, 7, 8, 9 y 10 V Apoyo técnico y administrativo 1, 2, 3, 4 y particulares Anexo 1 Rango de viáticos por categoría de puesto del Manual de Valuación de Puestos. Anexo 2 Tabla de asignación de viáticos nacionales Anexo 3 Tabla de asignación de viáticos internacionales -- 59 of 68 -- 8 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,971 2. Instruir al Departamento de Organización y Planeamiento, dependiente de la Gerencia, proporcionar y socializar la información sobre el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi) con su respectiva resolución de aprobación del Consejo Directivo. 3. Comunicar la presente resolución a las áreas correspondientes del Banhprovi con el fin de apoyar en sus funciones, debiendo guardar la debida reserva de la información contenida en la misma. 4. Derogar la Resolución CD-37-06/2024 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi 1 de febrero de 2024; asimismo, dejar sin valor y efecto cualquier otra disposición que se oponga a esta Resolución. 5. Instruir a la Subgerencia de Administración gestionar su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 6. Esta resolución entra en vigor en esta fecha, quedando su documentación correspondiente adjunta al acta”. Para los efectos legales pertinentes (F) MARITZA ARITA, Consejera Propietaria/Presidenta. (F) KARLA ANTONIA UCLÉS BREVÉ, Consejera Propietaria. (F) IRVING HOMERO ZAVALA BUESO, Gerente. (F) FRANCISCO JAVIER ARGUETA SABILLÓN, Comisario. (F) GLORIA MARÍA MARADIAGA GIRÓN, Secretaria del Consejo Directivo del Banhprovi. Firman la Resolución CD-202-31-09/2025. La presente resolución es conforme con su original y para los efectos de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente CERTIFICACIÓN en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). última línea LICENCIADA GLORIA MARÍA MARADIAGA GIRÓN SECRETARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO

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