Vigente
Decreto No. 086-2026 | 11 de febrero de 2026 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 37,067

Acuerdo Ejecutivo No. 086-2026 — Nombramiento de Vicepresidente del Banco Central de Honduras

Considerandos

  1. 1.Que el artículo 245 numeral 5 de la Constitución de la República señala que corresponde al Presidente de la República nombrar y separar libremente a los Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado y a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades. CONSIDERANDO (02):
  2. 2.Que el artículo 6 de la Ley del Banco Central de Honduras establece que el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH) estará integrado por cinco (5) directores, de los cuales uno será Presidente de la institución y otro Vicepresidente; y, que los miembros del Directorio serán nombrados por el Presidente de la República por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. CONSIDERANDO (03):
  3. 3.Que el artículo 7 de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH) estipula que los miembros del Directorio durarán (4) años en el desempeño de sus cargos. Asimismo, que la ausencia permanente de un miembro del Directorio será suplida por un nuevo Director, quien cumplirá sus funciones durante el tiempo que falte para completar el correspondiente período. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en uso de sus facultades y en aplicación de los artículos siguientes: -- 1 of 2 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 11 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37,067 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABG. JUAN MANUEL GÁLVEZ ORDOÑEZ Gerente General DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Coordinadora y Supervisora EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta 235, 245 numerales 1), 5) y11) y 321 de la Constitución de la República; 6 y 7 de la Ley del Banco Central de Honduras; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y demás disposiciones legales aplicables. ACUERDA: PRIMERO:

Articulos

Articulo PRIMERO

Nombrar al ciudadano SAUL MONTES AMAYA, con Documento Nacional de Identificación No. 0801-1968-00438, en el cargo de Vicepresidente del Banco Central de Honduras (BCH) conforme al artículo 6 de la Ley del Banco Central de Honduras, a partir del veintinueve (29) de enero del año dos mil veintiséis (2026) hasta el veintinueve (29) enero del año 2030. SEGUNDO:

Articulo SEGUNDO

Al ciudadano nombrado se le asignará el sueldo que para dichos funcionarios está presupuestado en la institución para la cual prestará los servicios. TERCERO:

Articulo TERCERO

Al ciudadano nombrado tomará posesión de su cargo el treinta (30) de enero del año dos mil veintiséis (2026), una vez haya prestado su correspondiente Promesa de Ley. CUARTO:

Articulo CUARTO

Al ciudadano nombrado deberá presentar su declaración jurada de ingresos, activos y pasivos ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo que manda la Ley. QUINTO:

Articulo QUINTO

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, veintinueve (29) de enero del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS EMILIO HERNÁNDEZ HÉRCULES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS -- 2 of 2 --

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