Vigente
Decreto No. 041-2019 | 20 de junio de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,975

Acuerdo Ejecutivo No. 041-2019 — Autorización para que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación realice una misión especial en Santiago de Chile

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República en su Artículo 151, establece que la educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, La cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO:
  2. 2.Que en el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación crea al Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la Política Educativa Nacional; así como articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación. CONSIDERA.1'100:
  3. 3.Que el Consejo Nacional de Educación a través de su Secretaria Técnica ha identificado la necesidad de obtener el desarrollo de experiencias y el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser; agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas. sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional etc. CONSIDERANDO:
  4. 4.Que el Consejo Nacional de Educación cuenta con presupuesto propio y el respectivo plan operativo anual de actividades administrado por su Secretaria Técnica la que está a cargo de una Secretaria( o) Ejecutiva(o) tal como, lo contempla el artículo 29 del Reglamento del Consejo Nacional de Educación. CONSIDERA1''DO:
  5. 5.Que a través de contactos directos se ha identificado como destino para la obtención de las experiencias acorde a las necesidades identificadas la República de Chile. CONSIDERANDO:

Articulos

Articulo 2

ARTÍCULO 2.- Los demás artículos mantendrán su ) vigencia. El presente Acuerdo Ejecutivo será de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ACUERDO N0.12-2018 CESAR VIRGILIO ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL Acuerdo No.0795-2012 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 151, establece que la educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, La cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO: Que en el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación crea al Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la Política Educativa Nacional; así como articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación. CONSIDERA.1'100: Que el Consejo Nacional de Educación a través de su Secretaria Técnica ha identificado la necesidad de obtener el desarrollo de experiencias y el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser; agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas. sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional etc. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación cuenta con presupuesto propio y el respectivo plan operativo anual de actividades administrado por su Secretaria Técnica la que está a cargo de una Secretaria( o) Ejecutiva(o) tal como, lo contempla el artículo 29 del Reglamento del Consejo Nacional de Educación. CONSIDERA1''DO: Que a través de contactos directos se ha identificado como destino para la obtención de las experiencias acorde a las necesidades identificadas la República de Chile. CONSIDERANDO: Que el artículo 150 de las Disposiciones Generales del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2019, regula A. -- 9 of 10 -- REPÚBLICA DE HONDURAS -TEGUCIGALP M. D. C 20 DE JUNIO DEL2019 No. 34 975 la realización de los viajes por parte de los funcionarios, fuera de la República y al efecto establece párrafo tres "cuando se trate de misiones especiales que se realice en representación del país no habrá limites en representación, siempre y cuando sean autorizados por la Presidencia de la República, mediante acuerdo ejecutivo". CONSIDERANDO: Que la Asesora Jurídica <le la Secretaría General de Coordinación de Gobierno mediante memorándum No. AJ-CGG-204-2019 en fecha cinco de junio emitió opinión legal a la solicitud de viaje realizada por la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y es del parecer procedente la autorización de la misión especial de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, integrada por tres personas para que realice un viaje a la ciudad de Santiago Chile del O I al 06 de julio. POR LO TANTO La Secretaria de Estado por Ley en el Despacho de Coordinación General de Gobierno en aplicabilidad de los artículos 151 de la Constitución de la República; 28 de la Ley Fundamental de Educación; 1, 421,29, 30, 31. 32,33 numeral 04 del Reglamento del Consejo Nacional de Educación: 150 de las Disposiciones Generales del Presupuesto Decreto Legislativo No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. ACUERDA PRIMERO: Autorizar a los ciudadanos SAl"IDRA MARIBEL SÁNCHEZ RIVERA, con Tarjeta de Identidad número 1519-1968-00135, en su condición de Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Educación, ROSA MA.RÍA J\fONCADA FLORES, con Tarjeta de Identidad 0801-1964-0085 en su condición de Analista en Política, Planeamiento y Evaluación de la Gestión Educativa de la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y JOSÉ DARÍO CRUZ ZELAYA, con Tarjeta de Identidad 1501-1978-02516 en su condición de coordinar del Comité Técnico Consultivo del Consejo Nacional de Educación y representante de la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán para que viajen a la República de Chile con el objetivo de obtener el desarrollo de experiencias sobre procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser: agencias de evaluación y A. acreditación de entidades educativas, sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional y demás temas de interés, a partir del O l al 06 de julio del año 2019. SECUNDO:

Articulo SECUNDO

El Consejo Nacional de Educación a través de la Secretaría Técnica, financiará de su estructura presupuestaria, de los objetos de viáticos al exterior y otros gastos de viaje de conformidad con el reglamento de viáticos y otros gastos de viaje para funcionarios y empleados públicos del Poder Ejecutivo según Acuerdo No. 0696-2008, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 18 de noviembre del 2008 y artículo 150 del Decreto No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. TERCERO.-

Articulo TERCERO

La responsabilidad por la liquidación de los viáticos y gastos autorizados en el presente acuerdo, corresponderá estrictamente a cada funcionario autorizado para viajar al exterior, ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, siguiendo los lineamientos establecidos para tal fin. CUARTO:

Articulo CUARTO

Este Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado t!n la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de junio del afio dos mil diecinueve. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MARTBA VICENTA DOBLADO ANDARA Secretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por Ley Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia -- 10 of 10 --

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