Vigente
Decreto No. 1068-2016 | 8 de septiembre de 2016 | Poder Ejecutivo

Resolución No. 1068-2016 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de La Laguna

Considerandos

  1. 1.Que la JUNTA ADMINISTRA- DORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
  2. 2.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de Ley de Procedimiento Administrativo.
  3. 3.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.46-2014 de fecha 10 de febrero de 2014, se nombró a la ciudadana, CLARISA EVELIN MORALES REYES, como Subsecretaria de Gobernación y Descentralización.
  4. 4.Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial número 410-2016 en fecha 15 de junio del 2016, delegó en la ciudadana CLARISA EVELIN MORALES REYES, Subsecretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Descentralización, la facultad de firmar las resoluciones, acuerdo y demás trámites administrativo cuyo conocimiento corresponde a esta Secretaría de Estado y poder comparecer a las sesiones de Consejo de Secretarios de Estado.

Articulos

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será; JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de La Laguna, municipio de Dolores del departamento de Intibucá.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento será en la comunidad de La Laguna, municipio de Dolores del departamento de Intibucá y tendrá operación en dichas comunidades proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II. DE LOS OBJETIVOS.

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III. DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS.

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. -- 4 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la Comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. g.- Dos Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICE- PRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. -- 5 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de los VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales cordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de Disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por Resolución del Poder Ejecutivo. -- 6 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare será donado exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones, a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICIPIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. -- 7 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 República de Honduras PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI) Licitación Pública Nacional 03-2019 El PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI), invita a las Compañías Aseguradoras en participar en la SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DECIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA LAGUNA, MUNICI- PIO DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (f) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de enero del dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 10 O. 2019. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA PANI _________ Licitación Pública Nacional No. 03-2019, presentando ofertas selladas para la Adquisición de Seguros para el año 2020: LOTE I: ADQUISICIÓN DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PERSONALES, SEGURO MÉDICO HOSPITALARIO, (FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PANI). LOTE II: ADQUISICIÓN DE SEGURO CONTRA INCENDIOS (BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL PANI). LOTE III: ADQUISICIÓN DE SEGURO PARA VEHÍCULOS DEL PANI. El financiamiento se hará en un 100% con fondos propios del PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI). La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita, a partir del jueves 10 de octubre del 2019, en el Edificio Principal del PANI, sita Avenida Los Próceres, contiguo a Hospital San Felipe, segundo piso Gerencia Administrativa, en un horario de 7:30 A.M. a 3:30 P.M., de forma gratuita, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn) y página del IAIP. Las ofertas deberán presentarse en SALA DE SESIONES DEL CODIPANI, segundo piso, edificio principal del PANI, a las 10:00 A.M. el 20 de noviembre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 A.M., del mismo día. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al 2% del precio de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 08 de octubre de 2019. LIC. PATRICIA MARGARITA ASFURA DIRECTORA EJECUTIVA 10 O. 2019. -- 8 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO (INPREMA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-004-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO PARA LAS OFICINAS DEL INPREMA EN TEGUCIGALPA, LA CEIBA Y SANTA ROSA DE COPÁN” 1. El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-004-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO PARA LAS OFICINAS DEL INPREMA EN TEGUCIGALPA, LA CEIBA Y SANTA ROSA DE COPÁN”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del INPREMA. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita, dirigida al Departamento de Compras y Contrataciones del INPREMA, en la dirección indicada al final de este llamado, previo pago de la cantidad no reembolsable, de Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Departamento de Compras del INPREMA, a más tardar a las 10:00 A.M. del 08 de noviembre de 2019, las ofertas que se presenten después de esa fecha y hora no serán admitidas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:20 A.M. del 08 de noviembre de 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el pliego de condiciones. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de septiembre de 2019. LIC. RAUL ALBERTO ZAVALA MEZA Director Presidente a.i. 10 O. 2019. AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO (INPREMA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-005-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET Y CANAL DE DATOS PARA EL INPREMA A NIVEL NACIONAL” 1. El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-005-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET Y CANAL DE DATOS PARA EL INPREMA A NIVEL NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del INPREMA. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita, dirigida al Departamento de Compras y Contrataciones del INPREMA, en la dirección indicada al final de este llamado, previo pago de la cantidad no reembolsable, de Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Departamento de Compras del INPREMA, a más tardar a las 02:00 P.M. del 08 de noviembre de 2019, las ofertas que se presenten después de esa fecha y hora no serán admitidas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 02:20 P.M. del 08 de noviembre de 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el pliego de condiciones. Tegucigalpa, M.D.C. 27 de septiembre de 2019 LIC. RAÚL ALBERTO ZAVALA MEZA Director Presidente a.i. 10 O. 2019 -- 9 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO (INPREMA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-006-2019 “CONTRATACIÓN DE SEGUROS CORPORATIVOS Y DE PERSONAS PARA EL INPREMA” 1. El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-006-2019 “CONTRATACIÓN DE SEGUROS CORPORATIVOS Y DE PERSONAS PARA EL INPREMA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del INPREMA. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita, dirigida al Departamento de Compras y Contrataciones del INPREMA, en la dirección indicada al final de este llamado, previo pago de la cantidad no reembolsable, de Quinientos Lempiras Exactos (L. 500.00). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Departamento de Compras del INPREMA, a más tardar a las 10:00 A.M. del 11 de noviembre de 2019, las ofertas que se presenten después de esa fecha y hora no serán admitidas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:20 A.M. del 11 de noviembre de 2019.Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el pliego de condiciones. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de septiembre de 2019. LIC. RAÚL ALBERTO ZAVALA MEZA Director Presidente a.i. 10 O. 2019. AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO (INPREMA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-003-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CHAPEO DE TERRENOS PROPIEDAD DE INPREMA A NIVEL NACIONAL” 1. El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-003-2019 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CHAPEO DE TERRENOS PROPIEDAD DE INPREMA A NIVEL NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del INPREMA. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita, dirigida al Departamento de Compras y Contrataciones del INPREMA, en la dirección indicada al final de este llamado, previo pago de la cantidad no reembolsable, de Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Departamento de Compras del INPREMA, a más tardar a las 2:00 P.M. del 04 de noviembre de 2019, las ofertas que se presenten después de esa fecha y hora no serán admitidas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:20 P.M. del 04 de noviembre de 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el pliego de condiciones. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2019. LIC. RAÚL ALBERTO ZAVALA MEZA Director Presidente a.i. 10 O. 2019. -- 10 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 República de Honduras Dirección Nacional del Sistema Nacional de Emergencias 911 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-02-2019 “CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE MOBILIARIO PARA EL EDIFICIO ANEXO ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS NUEVE, UNO, UNO (911) TEGUCIGALPA” 1. El Sistema Nacional de Emergencias Nueve, Uno, Uno (911), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional SNE-911 LPN- 02-2019 “CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE MOBILIARIO PARA EL EDIFICIO ANEXO ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS NUEVE, UNO, UNO (911) TEGUCIGALPA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondo de Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA 2). La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento de Aplicación. 3. Los interesados podrán adquirir los Documentos de la presente Licitación; mediante solicitud escrita a: Lic. Alex Rolando Colindres Laínez, Gerente Administrativo del Sistema Nacional de Emergencias nueve, uno, uno (911), planta baja, edificio principal, aldea El Ocotal, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A.; correo electrónico: acolindres@911.gob.hn con un horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., de lunes a viernes. Los documentos de la Licitación podrán ser examinados en el sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HONDUCOMPRAS”, (http://www.honducompras.gob.hn/). Las bases estarán disponibles a partir de la fecha de publicación del presente aviso. 4. La fecha y hora límite para recepción de las ofertas será el día jueves 10 de octubre de 2019, a las 10:30 A.M., en el Sistema Nacional de Emergencias Nueve, uno, uno, tercer piso, Salón de Juntas Principal. Seguidamente se procederá a la apertura de las Ofertas, en presencia de los representantes de los Oferentes y personas que tengan interés de asistir. Las ofertas que se reciban fuera de plazo y hora serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento por un porcentaje Equivalente al menos del 2% (dos por ciento) del monto de la Oferta. Aldea el Ocotal, M.D.C., miércoles 28 de agosto de 2019. Lisandro Rosales Banegas Ministro Director Nacional 10 O. 2019. __________ CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 570-2019 de fecha 05 de septiembre del año 2019, mediante Carta de fecha 27 de junio del año 2019, que LITERALMENTE DICE: El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil INVERSIONES OSKA, SOCIEDAD ANÓNIMA como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente UNION VITIVINICOLA, S.A. (MARQUES DE CACERES), de nacionalidad española; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Acuerdo No.078- 2019.- DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciseis días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 10 O. 2019. -- 11 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Comisión Nacional de Bancos y Seguros “ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE PRODUCTOS YSERVICIOS MICROSOFT” No. LPN-CNBS-05-2019 1. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, invita a las Sociedades interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- CNBS-05-2019, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS MICROSOFT” LOTE UNICO: Numeral 1. Renovación de Suscripciones. Numeral 2. Renovación de Software Assurance. Numeral 3. Adquisición de Nuevas Suscripciones Numeral 4. Adquisición de Licencias+Software Assurance. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedi- mientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa, teléfono 22904500 Ext. 270 en la dirección indicada al final de este Llamado de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., previo pago de la cantidad no reembolsable de L.200.00, mediante cheque de caja emitido a favor de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Gerencia Administrativa, ubicada en el primer piso del edificio Santa Fe, colonia El Castaño Sur, Paseo Virgilio Zelaya Rubí a más tardar a las 2:00 P.M., del día martes 5 de noviembre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 P.M., del día martes 5 de noviembre del 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de septiembre del 2019. ETHEL DERAS ENAMORADO Presidenta 10 O. 2019. ________ CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE AGENTE NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución, Número 589-2019 de fecha 06 de septiembre del año 2019, mediante Contrato de Nombramiento de Agente Vendedor de fecha 15 de julio del año 2013 y sus respectivos addendums, prorrogables automáticamente por periodos de un año, que LITERALMENTE DICE: El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil RECARGA VELOZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, como AGENTE NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente TELEFONÍA CELULAR, S.A. DE C.V. (CELTEL), de nacionalidad hondureña; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR TIEMPO DEFINIDO; FECHA DE VENCIMIENTO: HASTA EL 15 DE JULIO DEL AÑO 2020; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por Ley Acuerdo No.078-2019. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 10 O. -- 12 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de la Sección Judicial de Santa Rosa Copán, HACE SABER: Que en Solicitud de Título Supletorio promovida por el señor ELDER DIONEL PINTO MOLINA, mayor de edad, casado, comerciante, hondureño, con domicilio en Brisas del Picacho, municipio de San Jorge departamento de Ocotepeque, con Tarjeta de Identidad número 1406-1985-00177, es dueño de un lote de terreno el cual posee un Área de Once Manzanas y Media de extensión superficial, ubicado en el lugar denominado Planerías Los Cedros jurisdicción del municipio de la Unión departamento de Copán, con las colindancias siguientes: Al NORTE, colinda con calle pública; al SUR, colinda con Oscar Molina Portillo y Andrés Bueso Cardoza; al ESTE: Colinda con Elsa Molina Portillo; al OESTE, colinda con Merlín Molina.- REPRESENTA: Abogado CARLOS ROBERTO ALVARADO CHINCHILLA. Santa Rosa de Copán, 27-09-2019. GERMAN VICENTE COREA SECRETARIO 10 O., 11 N. y 11 D. 2019. ________ Poder Judicial Aviso de Cancelación y Reposición de un Título Valor El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Cortés; al público en general y para efectos de la Ley en lo que respecta a lo establecido en el artículo 634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio: Hace Saber que en este Juzgado con fecha veintiséis de febrero del dos mil diecinueve, se presentó SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR; solicitud presentada por el abogado ALLAN ROBERTO NUÑEZ RAMOS, en su condición de apoderado judicial de la Compañía INTERNACIONAL DE REPRESENTACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA (COIRSA), presentando Solicitud de Cancelación y Reposición de un Título Valor denominado certificado de depósito en BANCO LAFISE con No. 204611000039 con un saldo de $. 6,000.00 apertura el 14 de septiembre del 2015, con vencimiento el 14 junio del 2018.- San Pedro Sula, Cortés; 13 de septiembre del año 2019. Abog. OSMAN ROBERTO GAMEZ RUIZ SECRETARIO ADJUNTO 10 O. 2019. Poder Judicial AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial, de San Pedro Sula, departamento de Cortés, al público en general y para efectos de la Ley, HACE SABER: Que en la solicitud de Cancelación y Reposición de un Título Valor, presentado por los señores MARITZA ROMERO HERNÁNDEZ y DANILO MURILLO SALEM, se solicita la cancelación y reposición de UN TÍTULO VALOR, consistente en un Certificado de Depósito con número 400787901, por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L 270,000.00), en la sociedad denominada BAC CREDOMATIC a favor de los señores MARITZA ROMERO HERNÁNDEZ y DANILO MURILLO SALEM. San Pedro Sula, Cortés, dieciocho (18) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019). MARTHA SUYAPA CHAVARRÍA SECRETARIA 10 O. 2019. ________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. -- 13 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 2019-15117 2/ Fecha de presentación: 04/04/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TELEPERFORMANCE SE 4.1/ Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 París, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Teleperformance D.I.B.S. y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 1-Se reivindica Prioridad de fecha 04/12/2018 número 184505406 del país de Francia. 2-Se reivindica colores Pantone 2602C 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; comunicaciones por terminales de ordenador, comunicaciones telefónicas; comunicaciones por todos los medios teleinformáticos; comunicación por redes de fibras ópticas; comunicación por cable y por satélite; servicios de comunicación en redes informáticas; servicios de mensajería electrónica; servicios de comunicación, a saber, agencias de prensa y de información (noticias); servicios de comunicación en el ámbito audiovisual, vídeo y multimedia; servicios de correo electrónico y de difusión de información por vía electrónica; transmisión y difusión de programas multimedia (compaginación informática de texto y/o de imágenes fijas o animadas y/o de sonidos musicales o no, para uso interactivo o no); difusión de programas audiovisuales y multimedia para uso interactivo o no, servicios de transmisión de información por vía radiofónica, telefónica, telegráfica y telemática y por todos los medios teleinformáticos y de tecnología de la información, por videografía interactiva y, en particular, en terminales, periféricos informáticos o equipos electrónicos y/o digitales y, en particular, videófono, videoteléfono y videoconferencia; servicios de transmisión de información contenida en bancos de datos, expedición, transmisión de noticias y de mensajes; servicios de télex, telegramas; servicios de transmisión de información por teleimpresora; servicios de transmisión de información por redes telemáticas; servicios de transmisión de información por todos los medios de comunicación y de telecomunicación destinados a la información del público; servicios de transmisiones telemáticas con vistas a obtener información contenida en bancos de datos; transmisión de información en el campo audiovisual, vídeo y multimedia; transmisión de información contenida en bancos de datos; transmisión asistida por ordenador de imágenes y de mensajes, servicios de alquiler de aparatos y de instrumentos informáticos, de teleinformática y de telemática para la transmisión de mensajes; servicios de transmisión de información dada dentro del marco de ofertas privilegiadas para clientes que se benefician de un programa de servicios específicos; servicios de consulta de mensajes en transmisión de datos en redes y terminales específicos y/o portátiles; alquiler de tiempo de acceso a un centro de servidores de bases de datos; servicios de supervisión de redes de telecomunicaciones y de redes multimedia; transmisión y recepción de datos, señales e información procesada por ordenadores o por aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; servicios de transmisión de datos; descarga de datos; suministro de acceso a bases de datos; servicios de proveedores de servicios de aplicaciones, a saber, descarga de aplicaciones informáticas, descarga de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas electrónicas, descarga de software; suministro de acceso a datos o documentos almacenados electrónicamente en archivos centrales para consulta a distancia por cualquier medio de telecomunicación; alquiler de tiempo de acceso a archivos de direcciones específicas (bases de datos informáticas) en puntos de venta; radiodifusión, teledifusión, y más en general, difusión de programas audiovisuales y multimedia; servicios de transmisión de datos, en particular transmisión de paquetes, despacho, transmisión de documentos informatizados; servicios de transferencia de llamadas telefónicas; servicios de acceso a descarga en línea de programas de audio y audiovisuales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marilia Dominga Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. [1] Solicitud: 2018-039259 [2] Fecha de presentación: 11/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TELEPERFORMANCE SE [4.1] Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 PARIS, Francia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA T [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones, comunicaciones por terminales de ordenadores, comunicaciones telefónicas, comunicaciones por todos los medios teleinformáticos, comunicación por redes de fibras ópticas, comunicación por cable y por satélite, servicios de comunicación en redes informáticas, servicios de mensajería electrónica servicios de comunicación, a saber: agencias de prensa y de informaciones (noticias), servicios de comunicación en el dominio audiovisual, vídeo y multimedia, servicios de correo electrónico y de difusión de informaciones por vía electrónica, transmisión y difusión de programas multimedia, (compaginación informática de texto y/o de imágenes fijas o animadas y/o de sonidos musicales o no, para uso interactivo o no), difusión de programas audiovisuales y multimedias para uso interactivo o no, servicios de transmisión de informaciones por via radiofónica, telefónica, telegráfica y telemática y por todos los medios teleinformáticos, por videografia interactiva y, en particular, en terminales, periféricos de ordenador o equipos electrónicos y/o digitales y, en particular, videófono, videoteléfono y videoconferencia, servicios de transmisión de informaciones contenidas en los bancos de datos, expedición, transmisión de noticias y de mensajes, servicios de télex, telegramas, servicios de transmisión de informaciones por teleimpresores, servicios de transmisión de informaciones por red telemática, servicios de transmisión de informaciones por todos los medios de comunicación y de telecomunicación destinados a la información del público, servicios de transmisiones telemáticas con vistas a obtener informaciones contenidas en los bancos de datos, transmisión de informaciones en el dominio audiovisual, vídeo y multimedia, transmisión de informaciones contenidas en los bancos de datos, transmisión de imágenes y de mensajes asistidos por ordenadores, servicios de alquiler de aparatos y de instrumentos informáticos, de teleinformática y de telemática para la transmisión de mensajes, servicios de transmisión de informaciones dadas dentro del marco de ofertas privilegiadas para clientes que se benefician de un programa de servicios especificos, servicios de consulta de mensajes en transmisión de datos en redes y terminales especificos y/o portátiles, alquiler de tiempo de acceso a un centro servidor de base de datos, servicios de supervisión de las redes de telecomunicaciones y de redes multimedia, emisión y recepción de datos, de señales y de informaciones tratadas por ordenadores o por aparatos e instrumentos de telecomunicaciones, servicios de transmisión de datos, descarga de datos, suministro de acceso para bases de datos, servicios de proveedores de servicios de aplicación, a saber, descarga de aplicaciones informáticas, descarga de aplicaciones para teléfonos móviles y tablets electrónicas, descarga de software, suministro de acceso a datos o a documentos almacenados electrónicamente en archivos centrales para consulta a distancia por todos los medios teleinformáticos, alquiler de tiempo de acceso a archivos de direcciones objetivos (bases de datos informáticos) en puntos de venta, emisiones radiofónicas y televisadas y, más generalmente, difusión de programas audiovisuales y multímedias, servicios de transmisión de datos, en particular de transmisión por paquete, expedición, transmisión de documentos informatizados, servicios de transferencia de llamadas telefónicas, servicios de acceso a descarga en línea de programas audio y audiovisuales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marilia Dominga Zelaya USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 8 de mayo del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. -- 14 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 1/ Solicitud: 2019-15116 2/ Fecha de presentación: 04/04/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TELEPERFORMANCE SE 4.1/ Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 París, Francia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Teleperformance D.I.B.S. y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 1-Se reivindica Prioridad de fecha 04/12/2018 número 184505406 del País de Francia. 2-Se reivindica colores Pantone 2602C 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios conexos de investigación y diseño; servicios de análisis y de investigación industrial, a saber, investigación y desarrollo de nuevos productos; diseño, desarrollo y actualización de ordenadores, software y nuevos productos informáticos; servicios de programación informática; consultoría profesional no relacionada con negocios, en particular en materia de ordenadores; consultoría profesional en materia de ordenadores que permiten mejorar el servicio al cliente por medio de la administración de herramientas de internet; asistencia técnica en el ámbito de las ciencias de la computación; pericia en el ámbito de las telecomunicaciones e informática; asesoría y consejos técnicos en el ámbito de la informática que permiten un mejor servicio a la clientela; servicios de investigación informática y de diagnóstico de averías; servicios de soporte en caso de fallos en el ordenador; información en el ámbito de la informática; creación (diseño) y actualización de programas informáticos y software que permiten mejorar las relaciones con los clientes; asesoría y consejos técnico en el ámbito de las ciencias de la computación; asistencia técnica informática a través del teléfono, redes y cualquier medio de transmisión; alojamiento de sitios web; diseño y alojamiento de sitios informáticos (sitios web) en internet; alquiler de ordenadores; investigación técnica; mantenimiento de software informático; asistencia técnica (asesoramiento) y consulta en los ámbitos de tecnológica de la información y telecomunicaciones; servicios de diseñadores de arte gráfico, a saber, creación (diseño) de imágenes virtuales e interactivas; programación para aparatos electrónicos, aparatos e instrumentos electrónicos, ordenadores, datos a distancia, sistemas de teleinformática y telemática, equipos multimedia; programación de equipos multimedia; desarrollo de sistemas informáticos en el ámbito de estudios de mercado, tele marketing directo y estudios de enfoque de geo marketing; direcciones de geo codificación y comercio electrónico; consulta en materia de control de la calidad y de satisfacción del cliente; diseño y desarrollo de herramientas informáticas y de software; creación (diseño) y utilización de bases de datos; creación (diseño) de sitios en las redes informáticas mundiales; alquiler de software; alquiler de sistemas operativos para productos multimedia; servicios de análisis de sistemas informáticos; servicios de análisis de redes sociales para evaluar y mejorar la satisfacción del cliente; alojamiento de software de aplicaciones informáticas en el ámbito de la gestión de conocimientos para la creación de bases de datos consultables de información y de datos; análisis y evaluación de productos y servicios con respecto a futuras aplicaciones; diseño de equipos informáticos y software con fines de análisis e informes comerciales; evaluación de resultados de pruebas de control de calidad realizados en productos y servicios; evaluaciones de la calidad; elaboración (diseño), instalación, mantenimiento y actualización de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas electrónicas; servicio de proveedor de servicios de aplicación, a saber, puesta a disposición temporal de aplicaciones informáticas; servicios de asesoría técnica en materia de telecomunicaciones (incluyendo dichos servicios suministrados a través de un servicio de asistencia telefónica); sincronización de datos en redes de telecomunicaciones, comunicaciones e informáticas; desarrollo de técnicas digitales dentro de las empresas; desarrollo de programas informáticos complejos capaces de simular ciertos rasgos de la inteligencia humana (razonamiento, aprendizaje, otros), análisis de inteligencia artificial; automatización de procesos robóticos; integración digital basada en tecnología de automatización robótica (RPA). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marilia Dominga Zelaya 1/ Solicitud: 2019-15118 2/ Fecha de presentación: 04/04/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TELEPERFORMANCE SE 4.1/ Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 París, Francia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Teleperformance D.I.B.S. y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 1-Se reivindica Prioridad de fecha 04/12/2018 número 184505406 del País de Francia. 2-Se reivindica colores Pantone 2602C 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; investigaciones jurídicas; administración jurídica; servicios de asesoría, asistencia jurídica y fiscal; servicios de asesoramiento jurídico; servicios de preparación de documentos jurídicos; servicios jurídicos relacionados con la negociación de contratos para terceros; apoyo asistido por ordenador en litigios; asistencia jurídica en la elaboración de contratos; licenciamiento de software informático [servicios jurídicos]; revisión de normas y prácticas para asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos; prestación de servicios de reconocimiento y vigilancia; puesta a disposición de información sobre el desarrollo de privacidad, seguridad y reglamento de gestión de datos desde un sitio web; servicios de seguridad para la protección física de activos físicos e individuos, suministro de información, servicios de asesoramiento y consejería en el campo de los servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer las necesidades individuales; monitoreo de llamadas telefónicas de suscriptores y notificación a servicios de emergencia; servicios de redes sociales y servicios de interconexión profesional; servicios de redes sociales en línea para provisión de información de desarrollo personal; asistencia jurídica en la contratación y colocación de personal; mediación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Marilia Dominga Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. ______ -- 15 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 1/ Solicitud: 19-24557 2/ Fecha de presentación: 10-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FERRER INTERNACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: Gran Vía de Carlos III, 94 08028 Barcelona, España 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Nubit y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Anaranjado y Gris. 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas; productos nutracéuticos para uso terapéutico y como suplemento dietético. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09/7/19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. _____ 1/ Solicitud: 19-20562 2/ Fecha de presentación: 15/05/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CL 29 NORTE 6 A 40 CALI VALLE DEL CAUCA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Norma Divertimente y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Morado, Azul Oscuro, Azul Celeste, Rosado, Verde, Anaranjado, Amarillo. 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juegos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10/6/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. _____ 1/ Solicitud: 2019-29375 2/ Fecha de presentación: 09-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Coca-Cola Company 4.1/ Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta; Georgia 30313 U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Sprite y etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Verde, Amarillo, Blanco. 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y aereadas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas de frutas y jugos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-7-19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. _____ 1/ Solicitud: 30356-19 2/ Fecha de presentación: 16-7-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APLICACIONES LOGÍSTICAS, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: YO VOY y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Azul, Amarillo y Blanco. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Software, específicamente aplicaciones informáticas descargables. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29/7/19. 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta sin dar exclusividad a la palabra Delivery. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. _____ 1/ Solicitud: 2019-28005 2/ Fecha de presentación: 28-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Robert Bosch Tool Corporation 4.1/ Domicilio: 1800 West Central Road, Mount Prospect, Illinois 60056 USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STYLO+ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Herramientas manuales eléctricas, principalmente, mandriles giratorios de mano para molienda, taladrar, fresar, pulir, grabar, lijar, aserrar, marcar, desbarbar, tallar, afilar, perfilar y cortar; lijadoras, pulidoras y grabadoras de mano recíprocas; Lijadoras, amoladores y pulidoras manuales de accionamiento eléctrico; y kits que incluyen combinaciones de las herramientas mencionadas anteriormente con papel de lija, almohadillas para pulir, taladros, hojas de sierra, cepillos, cortadoras de talla, cortadoras para enrutamiento, pinzas, ruedas de esmeril, aplanadoras, ruedas de pulir, ruedas de corte, ruedas de pulir, ruedas de amolar , ruedas de alambre, puntos de grabado y mandriles, todos vendidos juntos como una unidad. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-07-19 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 S. y 10 O. 2019. STYLO+ -- 16 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 10 D E OCTUBRE D E L 2019 N o . 35,070 [1] Solicitud: 2018-004372 [2] Fecha de presentación: 26/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ARABELA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Calle 3 Norte No. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ARABELA ASOMBROSA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Productos cuidado de las uñas, uñas postizas, lacas para uñas, esmaltes de uñas, pegatinas decorativas para uñas y calcomanías decorativas para uñas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Yadira Amaya USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se p

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