Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
24 de octubre de 2019Vigente Descargar PDF original

Acuerdo Ministerial No. 222-A-2019 — Delegación de funciones a Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 222-A-2019
  • Publicación: 24 de octubre de 2019
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo

Considerandos

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO:

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO:

Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Ad.ministración Pública. CONSIDERANDO: Que mediante memorando No. DM- 018-2019 de fecha 25 de marzo de 2019, se solicitó a esta Secretaría General la emisión de Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada Liliam Odalis Rivera, en su condición de Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, para que puedan participar en las Reuniones del Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA) en calidad de Representante Propietario y en caso de ausencia A.

Texto completo

LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Ad.ministración Pública. CONSIDERANDO: Que mediante memorando No. DM- 018-2019 de fecha

de marzo de 2019, se solicitó a esta Secretaría General la emisión de Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada Liliam Odalis Rivera, en su condición de Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, para que puedan participar en las Reuniones del Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA) en calidad de Representante Propietario y en caso de ausencia