Acuerdo Ejecutivo No. 05-2019 — Autorización a la Procuraduría General de la República para transigir en caso de solución amistosa ante la CIDH
Considerandos
- 1.Que luego de un minucioso análisis a los términos y documentación que sustenta dicha petición ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sin reconocer ninguna responsabilidad, se autoriza a la representación legal del Estado para que proceda a transigir el asunto en cuestión mediante el proceso de solución amistosa. -- 3 of 50 --
- 2.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad ha manifestado mediante Oficio SEDS-2789-2019 del 22 de agosto de 2019, a la Procuraduría General de la República que asume de su propio presupuesto la responsabilidad y el compromiso de hacer efectivo el pago de la indemnización que se pacte en el referido caso. CONSIDERANDO. Que para llevar a cabo dicho proceso se hace necesario contar con la autorización del ciudadano Presidente de la República, mediante la emisión de un Acuerdo Ejecutivo en el que se faculte a la Procuraduría General de la República en su condición de representante legal del Estado de Honduras para actuar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. CONSIDERANDO. Que si bien en el presente caso la Pro- curaduría General de la República ostenta la representación legal del Estado, conforme al artículo 19 numeral 1 de su Ley Orgánica, para poder ejercer las facultades de expresa mención contempladas en el artículo 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, entre ellas la de TRANSIGIR, “Requerirá autorización expresa del Poder Ejecutivo, extendido mediante acuerdo en cada caso”.
Articulos
Articulo 1
Autorizar a la Procuraduría General de la República, en su condición de representante legal del Estado de Honduras, para que pueda ejercer la facultad especial de transigir contemplada en el artículo 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, a fin de que la misma se intente y pueda ser aplicada en el proceso de solución amistosa en el caso 12.972 Marcelo Ramón Aguilera Aguilar y por ende, se pueda transigir extrajudicialmente el asunto a que se ha hecho referencia, debiendo hacer la comunicación a la CIDH, para los efectos de ley correspondientes.
Articulo 2
Las condiciones de la transacción que hubiere a lugar en favor del peticionario, deberá establecerse en el Acuerdo de Solución Amistoso que al efecto se suscriba entre las partes.
Articulo 3
Para el estricto cumplimiento del presente Acuerdo y el pago correspondiente se afectará la estructura presupuestari a siguiente: Institución 0070 Programa: 03 Subprograma: 000 Proyecto: 000 Actividad: 001 Objeto del Gasto: 27500 Gastos Judiciales. Por lo que se ins truye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas realizar la transferencia correspondiente con cargo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
Articulo 4
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, ciudad de Tegucigalpa, mu- nicipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA Secretaria de Estado, Coordinadora General de Gobierno Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018, de fecha 16 de abril de 2018, publicado en Diario Oficial La Gaceta No. 34,620 de fecha 20 de abril de 2018 GENERAL (R) JULIÁN PACHECO TINOCO Secretario de Estado en los Despachos de Seguridad -- 4 of 50 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente