Acuerdo Ejecutivo No. 112-2020 — Nombramiento de Adan Flaubert Rodriguez Sierra como Secretario General de la Secretaría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social
Considerandos
- 1.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 188-2019 de fecha 19 de junio de 2019 se nombró a la ciudadana ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO, como Coordinadora General de Gobierno Adjunta, en el Gabinete Social, con Rango de Secretaria de Estado.
- 2.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 81-2020 de fecha 05 de agosto del año dos mil veinte 2020, se modificó el Acuerdo Ejecutivo No. 188-2019 de la ciudadana ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO, como Coordinadora General de Gobierno Adjunta, en el Gabinete Social, con Rango de Secretaria de Estado, quien desempeñará el cargo Ad honorem.
- 3.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
- 4.Que de conformidad al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 de fecha 6 de junio del 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por una persona que asuma la función de Director Ejecutiva o Director Ejecutivo.
- 5.Que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), es un Ente Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con independencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines.
- 6.Que mediante Acuerdo No. 64-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 13 de febrero del 2015 y su reforma mediante Acuerdos Nos. 585-2015, y 62-2017, publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de noviembre del 2015 y 9 de septiembre del 2017, respectivamente, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) ejercerá su competencia a través de las Oficinas Regionales.
- 7.Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de las personas interesadas.
- 8.Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
- 9.Que mediante Memorándum RRHH- 253-2020 de fecha 6 de julio de 2020, la Jefatura de Recursos Humanos, solicitó a Secretaría General el Acuerdo de Delegación a favor de la Abogada MIRIAN DANIELA SÁNCHEZ ORDÓÑEZ, Oficial Jurídico I, como Encargada de la Oficina Regional Sur, en vista que la Abogada ELBA YESSENIA REYES CRUZ, se encuentra actualmente incapacitada. Dicha delegación será de manera temporal a partir del 03 de julio al 15 de julio de 2020. -- 471 of 528 --
- 10.Que, con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos de la Oficina Regional del Sur, es necesario delegar las funciones de la Jefatura antes mencionada.
- 11.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
- 12.Que conforme al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 de fecha 6 de junio del 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.
- 13.Que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), es un Ente Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con dependencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines.
- 14.Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
- 15.Que la ciudadana WENDY MAYROVY VARELA MORAZÁN, Jefe de la Unidad de Contabilidad, se ausentará del ejercicio de sus funciones, en virtud de Licencia por maternidad, correspondiente a los períodos pre y post natal.
- 16.Que Gerencia Administrativa en fecha 10 de julio de 2020, a través de correo electrónico, solicitó a Secretaría General el Acuerdo de Delegación a favor del ciudadano VICTOR MANUEL ALFARO VILLALTA, como Jefe de la Unidad de Contabilidad, a partir del 13 de julio de 2020.
- 17.Que con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), es necesario delegar las funciones de la Unidad antes mencionada. -- 473 of 528 --
- 18.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
- 19.Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas.
- 20.Que para cumplir con los objetivos de dicha eficacia, agilidad y simplificación, es necesario delegar las funciones de la Unidad de Servicios Legales en un funcionario con perfil para ello.
- 21.Que el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos (RD-CAFTA) fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto No. 10-2005 del 03 de marzo de 2005 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 02 de julio del mismo año.
- 22.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 16-2006 publicado el 24 de marzo de 2006, fue emitido el Reglamento sobre la Distribución y Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación de Productos Agropecuarios acordados en las Notas Generales de las listas arancelarias de Honduras comprendidas en el Anexo No.3 del Tratado RD-CAFTA, siendo la Secretaría de Desarrollo Económico el órgano responsable de distribuir, asignar y administrar los contingentes arancelarios de importación de conformidad con el citado Acuerdo.
- 23.Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento (0%) para los productos importados bajo contingentes al amparo del Tratado de Libre Comercio RD- CAFTA, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico, por el volumen máximo ahí establecido.
- 24.Que el Congreso Nacional mediante Decreto No. 188-2007 de fecha 10 de enero de 2008, aprobó en todas sus partes el Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia, suscrito en Medellín, Colombia, el 09 de agosto de 2007.
- 25.Que mediante Canje de Notas del 15 de enero de 2008, se acordó la corrección del Anexo 3.4 del Capítulo 3 relativo al “Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado, Sección Agrícola - Lista de Desgravación de Colombia para El Salvador, Guatemala y Honduras”.
- 26.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 402-2010 de fecha 18 de marzo de 2010, la Secretaría de Desarrollo Económico, estableció el 26 de marzo de 2010, como fecha de entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia.
- 27.Que de conformidad a las disposiciones de la categoría de desgravación “H” del Anexo 3.4 que refiere al Programa de Desgravación Arancelaria del Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia, se establece un contingente de importación de 500 Toneladas Métricas, de Alimentos para perros o gatos acondicionados para la -- 496 of 528 -- venta al por menor, excepto para los alimentos presentados en latas herméticas, clasificados en la partida arancelaria 2309.10.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI).
- 28.Que para gozar de la preferencia arancelaria establecida en el Tratado, para los productos importados bajo contingentes, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE).
- 29.Que el arancel aplicable para las cantidades importadas dentro del contingente de importación que se establece, será del cero por ciento (0%).
- 30.Que el Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá, en adelante “El Tratado” fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto N°. 251-2013 del 10 de diciembre del 2013 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de junio del 2014.
- 31.Que mediante Nota No. 337-EMC-14, de fecha 12 de agosto de 2014 y nota No. JLI-0073 del 28 de agosto de 2014, esta Secretaría de Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Comercio y Desarrollo de Canadá, acordaron el 1 de octubre de 2014, como fecha de entrada en vigor del Tratado.
- 32.Que para efectos de la aplicación interna, mediante Acuerdo Ministerial N°. 357-2014 del 29 de septiembre del año 2014, se estableció el 01 de octubre del año 2014, como fecha de entrada en vigor del Tratado.
- 33.Que Mediante Acuerdo Ministerial No. 2020-2020 de fecha 12 de octubre de 2020 se modificó el en el Anexo I del Acuerdo Ministerial N°. 357-2014 en la Sección Primera, Ordinal Tercero, aprueba las “Regulaciones para la Administración de los Contingentes Arancelarios de Importación, contenidos en el Anexo 3.4.2 y Medidas de Salvaguardia Agrícola del Anexo 3.15 del Tratado de Libre Comercio entre Honduras y Canadá”.
- 34.Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento (0%) para los productos importados bajo contingentes al amparo del Tratado, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico.
- 35.Que el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Panamá, se aprobó mediante Decreto No. 7-2008 y entró en vigor en fecha del 08 de enero de 2009.
- 36.Que la República de Panamá se incorporó al Subsistema de Integración Económica Centroamericana mediante el Protocolo de Incorporación en el cual y de conformidad con lo establecido en el Artículo IV del Título VI (Disposiciones Transitorias) del Protocolo al Tratado General de Integración Centroamericana (Protocolo de Guatemala) suscrito el 29 de octubre de 1993, quedaron definidos los términos, plazos, condiciones y modalidades de su incorporación.
- 37.Que mediante Anexo de la Resolución No.331-2013 del 12 de diciembre del 2013, se incorporan al Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, los regímenes bilaterales de excepción al libre comercio de las mercancías de cada uno de los Estados Partes del Subsistema de Integración Económica con la República de Panamá.
- 38.Que en el Apéndice I (Contingentes Arancelarios) de la lista al Anexo 3.04 (Programa de Desgravación Arancelaria, Sección A: Desgravación Arancelaria de Honduras) del Tratado de Libre Comercio Centroamérica – Panamá, quedaron negociadas las mercancías sujetas a contingentes arancelarios, las cuales fueron a su vez incorporadas en el Apéndice a los Anexos 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporación de Panamá al Subsistema Económico de Integración Centroamericana, constituyendo así los contingentes de importación bilaterales aplicables de la República de Panamá a Honduras, siendo en lo aplicable, el Protocolo de incorporación de Panamá la normativa aplicable al régimen de contingentes a partir de la vigencia del mismo.
- 39.Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento para los productos importados bajo contingentes al amparo de los instrumentos aplicables, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico.
- 40.Que el Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otro, en adelante “Acuerdo de Asociación” fue aprobado en todas y cada una de sus partes mediante Decreto No. 210-2012 de fecha 18 de enero del 2013 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de junio de 2013.
- 41.Que con fecha 26 de julio de 2013, el Consejo de la Unión Europea notificó al Gobierno de Honduras, su anuencia para que a partir del 1 de agosto de 2013, se iniciara la vigencia del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Honduras.
- 42.Que en el Artículo 2 del Decreto No. 210-2012, se establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, es la Institución responsable de la administración e implementación de la parte IV (Comercio), sus anexos, apéndices, declaraciones y protocolo de cooperación cultural contenida en el Acuerdo de Asociación.
- 43.Que mediante Acuerdo No.119-2006 del 11 de mayo del 2006, se designó a la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial como la Unidad Especializada para la asignación y administración de contingentes.
- 44.Que en el marco del Acuerdo de Asociación, las Partes se otorgaron entre sí contingentes aplicables a la importación de mercancías, para lo que, de conformidad con las disposiciones aplicables se hace necesario definir los controles para el ingreso a Honduras de tales contingentes.
- 45.Que mediante Resolución No. 315-2013 (COMIECO EX) de fecha 05 de julio del 2013, se aprobó el -- 503 of 528 -- Reglamento Centroamericano para Administración de los Contingentes Regionales del Acuerdo de Asociación.
- 46.Que en el apéndice 1 al Anexo I del Acuerdo de Asociación, se establecen los contingentes arancelarios de importación otorgados por las Repúblicas de la Parte Centroamericana para los productos originarios procedentes de la Unión Europea.
Articulos
Articulo 54
literal a) del Decreto Ejecutivo No. 08-97 contentivo del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo; Artículos 1, 2, 4, 6, 8, 9, 11, 12, literal a) y b) del 13, 15, 18, 19, 20 y 23 del Acuerdo Ejecutivo No. 16-2006 de fecha 20 de marzo del 2006 y su reforma mediante Acuerdo Ejecutivo No. 126-2011 y Ordinales Primero, Segundo y Tercero del Acuerdo Ejecutivo No. 119-2006 del 11 de mayo del 2006. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar para el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2021, los contingentes arancelarios de importación que a continuación se detallan: 1 A. -- 493 of 528 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL SEGUNDO: De conformidad al Acuerdo No. 32-2007 del 28 de diciembre del 2007, para las importaciones del contingente de pollo (muslos, piernas, incluso unidos), únicamente deberán presentar solicitud de Registro de Importador para el caso de nuevos importadores. El correspondiente certificado de importación será asignado en régimen de subasta realizada por la Central American Poultry Export Quota Inc. (CA-PEQ) de los Estados Unidos de Norteamérica. TERCERO: Para las personas naturales y jurídicas cuya documentación esté disponible en esta Secretaría de Estado interesadas en participar en la asignación de los contingentes arancelarios de importación de arroz granza, arroz pilado y maíz blanco deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que deberá estar acompañada de los siguientes documentos: a) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. b) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. -- 494 of 528 -- c) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si ésta es presentada ante la ventanilla será cotejada con su original. CUARTO: Para las personas naturales y jurídicas interesadas en participar por primera vez en el proceso de asignación de contingentes arancelarios de importación, deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el período comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que contenga la información que a continuación se detalla: a) Identificación del solicitante conforme a su RTN, incluyendo una descripción de su actividad económica, dirección física o fax, correo electrónico designado para efectuar las notificaciones; b) En el caso de las personas naturales, fotocopia de la Tarjeta de Identidad, Registro Tributario y copia de la Escritura de Declaración de Comerciante Individual. En el caso de las personas jurídicas, fotocopia de la escritura de constitución y de su Registro Tributario Nacional; c) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. d) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. e) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si esta es presentada ante la ventanilla esta será cotejada con su original. Las personas naturales y jurídicas interesadas en solicitar asignaciones de los contingentes en referencia deberán cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; de origen, otros requisitos contenidos en la Ley de Protección al Consumidor, así como otras Leyes, que son aplicables a la importación de productos animales y vegetales, de no cumplir con los requisitos supra mencionados no se otorgará el certificado de importación. QUINTO: Para las mercancías de leche en polvo, mantequilla, queso, helados y otros productos lácteos no es necesario la presentación de solicitud en la Secretaría de Desarrollo Económico, ya que el Tratado establece primer llegado primer servido en la aduana de ingreso para los productos lácteos. SEXTO: Para la importación de leche en polvo, mantequilla, queso, helados y otros productos lácteos, deberán solicitar en la Secretaría de Desarrollo Económico el Registro de Importador de Productos Lácteos (NRIPL) y posteriormente la correspondiente licencia de importación de productos lácteos para cada importación que se realice, de conformidad con el Acuerdo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009 y Acuerdo No. 41-2009 del 18 de noviembre de 2009. SÉPTIMO: La asignación de arroz pilado y maíz blanco para el año 2021 será distribuido de la siguiente manera: el 95% correspondiente a las empresas históricas y el 5% restante para las empresas nuevas se asignará en el proceso de reasignación de conformidad al Acuerdo No. 013-2016 y Acuerdo No. 014-2016. OCTAVO: Los importadores beneficiados con una cuota de contingente de importación de arroz granza, arroz pilado y maíz blanco se les entregará un certificado de importación que tendrá vigencia del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2021, por lo que deberán tomar las previsiones necesarias para que los productos al amparo de los certificados de importación, ingresen al país dentro del periodo de vigencia de los mismos. NOVENO: El retiro de los certificados deberá hacerse en la ventanilla de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial / Dirección General de Administración -- 495 of 528 -- y Negociación de Tratados, por medio de un apoderado legal debidamente acreditado. DECIMO: Para efectos del Artículo 19 literal b) del Acuerdo Ejecutivo No.16-2006 del 20 de marzo del 2006, esta Secretaría de Estado se reserva el derecho de hacer ajustes a todas las personas naturales o jurídicas a quienes se les hubiere asignado un certificado una vez que se compruebe en la base de datos SARAH-DARA, la no utilización de los Certificados de Importación emitidos para el año 2020. DECIMO PRIMERO: Proceder a la publicación del aviso mediante el cual se pone a disposición de los agentes económicos interesados, los contingentes de importación para el año 2021 detallados en el ordinal primero, en dos diarios de circulación nacional. DECIMO SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 20 días del mes de octubre del año 2020. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaría General Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 207-2020 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional mediante Decreto No. 188-2007 de fecha 10 de enero de 2008, aprobó en todas sus partes el Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia, suscrito en Medellín, Colombia, el 09 de agosto de 2007. CONSIDERANDO: Que mediante Canje de Notas del 15 de enero de 2008, se acordó la corrección del Anexo 3.4 del Capítulo 3 relativo al “Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado, Sección Agrícola - Lista de Desgravación de Colombia para El Salvador, Guatemala y Honduras”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 402-2010 de fecha 18 de marzo de 2010, la Secretaría de Desarrollo Económico, estableció el 26 de marzo de 2010, como fecha de entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia. CONSIDERANDO: Que de conformidad a las disposiciones de la categoría de desgravación “H” del Anexo 3.4 que refiere al Programa de Desgravación Arancelaria del Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras con la República de Colombia, se establece un contingente de importación de 500 Toneladas Métricas, de Alimentos para perros o gatos acondicionados para la -- 496 of 528 -- venta al por menor, excepto para los alimentos presentados en latas herméticas, clasificados en la partida arancelaria 2309.10.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI). CONSIDERANDO: Que para gozar de la preferencia arancelaria establecida en el Tratado, para los productos importados bajo contingentes, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE). CONSIDERANDO: Que el arancel aplicable para las cantidades importadas dentro del contingente de importación que se establece, será del cero por ciento (0%). POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, con fundamento en los Artículos 1, 7, 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 1, 19, 23, 60, 64 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
Articulo 54
literal a) del Decreto Ejecutivo No. 08-97 contentivo del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo, Decreto No. 188-2007 de fecha 10 de enero de 2008 y el Acuerdo Ministerial No. 402-2010 de fecha 18 de marzo de 2010. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2021 el contingente arancelario de importación que a continuación se detalla: SEGUNDO: Para las personas naturales y jurídicas cuya documentación de soporte esté disponible en esta Secretaría de Estado interesadas en participar en la asignación de los contingentes arancelarios de importación de Alimentos para perros o gatos acondicionados para la venta al por menor, excepto para los alimentos presentados en latas herméticas, deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el período comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que deberá estar acompañada de los siguientes documentos: a) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. b) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. c) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si esta es presentada ante la ventanilla esta será cotejada con su original. TERCERO: Para las personas naturales y jurídicas interesadas en participar por primera vez en el proceso de asignación de contingentes arancelarios de importación, deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn -- 497 of 528 -- o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que contenga la información que a continuación se detalla: a) Identificación del solicitante conforme a su RTN, incluyendo una descripción de su actividad económica, dirección física o fax, correo electrónico designado para efectuar las notificaciones; b) En el caso de las personas naturales, fotocopia de la Tarjeta de Identidad, Registro Tributario y copia de la Escritura de Declaración de Comerciante Individual. En el caso de las personas jurídicas, fotocopia de la escritura de constitución y de su Registro Tributario Nacional; c) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013; d) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud; e) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si ésta es presentada ante la ventanilla será cotejada con su original. Las personas naturales y jurídicas interesadas en solicitar asignaciones de contingente previamente deben cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios aplicables a la importación de productos animales. No se aceptarán solicitudes que no evidencien el cumplimiento de tales requisitos. CUARTO: El retiro de los certificados deberá hacerse en la ventanilla de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial / Dirección General de Administración y Negociación de Tratados, por medio de un apoderado legal debidamente acreditado. QUINTO: Proceder a la publicación del aviso mediante el cual se pone a disposición de los agentes económicos interesados, los contingentes de importación para el año 2021 detallados en el ordinal primero, en dos diarios de circulación nacional. SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en El Diario Oficial “La Gaceta” y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 20 días del mes de octubre del año 2020. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaría General -- 498 of 528 -- Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 208-2020 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que el Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá, en adelante “El Tratado” fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto N°. 251-2013 del 10 de diciembre del 2013 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de junio del 2014. CONSIDERANDO: Que mediante Nota No. 337-EMC-14, de fecha 12 de agosto de 2014 y nota No. JLI-0073 del 28 de agosto de 2014, esta Secretaría de Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Comercio y Desarrollo de Canadá, acordaron el 1 de octubre de 2014, como fecha de entrada en vigor del Tratado. CONSIDERANDO: Que para efectos de la aplicación interna, mediante Acuerdo Ministerial N°. 357-2014 del 29 de septiembre del año 2014, se estableció el 01 de octubre del año 2014, como fecha de entrada en vigor del Tratado. CONSIDERANDO: Que Mediante Acuerdo Ministerial No. 2020-2020 de fecha 12 de octubre de 2020 se modificó el en el Anexo I del Acuerdo Ministerial N°. 357-2014 en la Sección Primera, Ordinal Tercero, aprueba las “Regulaciones para la Administración de los Contingentes Arancelarios de Importación, contenidos en el Anexo 3.4.2 y Medidas de Salvaguardia Agrícola del Anexo 3.15 del Tratado de Libre Comercio entre Honduras y Canadá”. CONSIDERANDO: Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento (0%) para los productos importados bajo contingentes al amparo del Tratado, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en aplicación de los Artículos 1, 7, 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 19, 23, 60 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Artículo 54 literal a) contentivo del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo; Decreto No. 251-2013 del 10 de diciembre del año 2013; Acuerdo No. 357-2014 del 29 de septiembre del año 2014 y Acuerdo Ministerial No. 202-2020 de fecha 12 de octubre de 2020. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2021, los contingentes arancelarios de importación que a continuación se detallan: -- 499 of 528 -- SEGUNDO: Para la solicitud de un certificado de importación de Contingentes Arancelarios, deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, expresando claramente el monto solicitado en toneladas métricas y kilogramos, acompañada de la siguiente documentación: a) La solicitud debe de contener lo siguiente: Nombre del solicitante, dirección física, teléfono y correo electrónico designado para recibir notificaciones, nombre del representante legal, Monto solicitado y para la importación de carne de bovino, se deberá acreditar expresamente si se trata de los tipos de carne AAA, AA y A, según se define en el Tratado. b) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. c) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. d) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si esta es presentada ante la ventanilla esta será cotejada con su original. En el caso de las solicitudes que presentan por primera vez, los interesados deberán adjuntar adicionalmente a la documentación antes citada lo siguiente: a) Identificación del solicitante, incluyendo una breve descripción de su actividad económica; b) Nombre del represéntate legal y certificación de punto de acta de su nombramiento cuando se trate de persona jurídica; c) En el caso de personas naturales, número de Tarjeta de Identidad y del Registro Tributario Nacional y en el caso de extranjeros fotocopia del carné de residencia. En el caso de las personas jurídicas fotocopia de la escritura de constitución y Registro Tributario Nacional de la Sociedad mercantil. TERCERO: Los interesados en un certificado de importación de los contingentes arancelarios deberán comprobar la idoneidad para ser beneficiarios de dicho certificado, demostrando que su principal actividad económica está dedicada al rubro de los productos indicados en el Ordinal Primero. CUARTO: La Secretaría de Desarrollo Económico podrá requerir información adicional a los solicitantes, hacer modificaciones a los formatos y procedimientos establecidos, mismo que puedan ser notificados mediante mecanismos legales al público en general con la debida antelación. QUINTO: Toda información suministrada por los solicitantes estará sujeta a verificación por parte de la Secretaría de Desarrollo Económico, quien podrá desestimar cualquier solicitud que contenga errores u omisiones graves, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil correspondiente. SEXTO: No se exime al importador de productos bajo contingentes arancelarios de cumplir disposiciones, tales como: requisitos sanitarios, fitosanitarios, requisitos de origen, requisitos en materia aduanera, tributaria, requisitos contenidos en la Ley de Protección al Consumidor y otras leyes aplicables a la importación de productos animales y vegetales. SEPTIMO: El retiro de los certificados deberá hacerse en la ventanilla de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial / Dirección General de Administración y Negociación de Tratados, por medio de un apoderado legal debidamente acreditado. OCTAVO: Proceder a la publicación del aviso mediante el cual se pone a disposición de los agentes económicos interesados, los contingentes arancelarios de importación para el año 2021, detallados en el ordinal Primero de este Acuerdo, en 2 diarios de circulación nacional y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. NOVENO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., al 20 de octubre del año 2020. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General -- 500 of 528 -- Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 209-2020 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Panamá, se aprobó mediante Decreto No. 7-2008 y entró en vigor en fecha del 08 de enero de 2009. CONSIDERANDO: Que la República de Panamá se incorporó al Subsistema de Integración Económica Centroamericana mediante el Protocolo de Incorporación en el cual y de conformidad con lo establecido en el Artículo IV del Título VI (Disposiciones Transitorias) del Protocolo al Tratado General de Integración Centroamericana (Protocolo de Guatemala) suscrito el 29 de octubre de 1993, quedaron definidos los términos, plazos, condiciones y modalidades de su incorporación. CONSIDERANDO: Que mediante Anexo de la Resolución No.331-2013 del 12 de diciembre del 2013, se incorporan al Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, los regímenes bilaterales de excepción al libre comercio de las mercancías de cada uno de los Estados Partes del Subsistema de Integración Económica con la República de Panamá. CONSIDERANDO: Que en el Apéndice I (Contingentes Arancelarios) de la lista al Anexo 3.04 (Programa de Desgravación Arancelaria, Sección A: Desgravación Arancelaria de Honduras) del Tratado de Libre Comercio Centroamérica – Panamá, quedaron negociadas las mercancías sujetas a contingentes arancelarios, las cuales fueron a su vez incorporadas en el Apéndice a los Anexos 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporación de Panamá al Subsistema Económico de Integración Centroamericana, constituyendo así los contingentes de importación bilaterales aplicables de la República de Panamá a Honduras, siendo en lo aplicable, el Protocolo de incorporación de Panamá la normativa aplicable al régimen de contingentes a partir de la vigencia del mismo. CONSIDERANDO: Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento para los productos importados bajo contingentes al amparo de los instrumentos aplicables, los importadores deberán contar con un certificado de importación válido y vigente, emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE), con fundamento en los Artículos 1, 7, 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 1, 19, 23, 60 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Artículo 54 literal a) del Decreto Ejecutivo No. 08-97 contentivo del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo, Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, Resolución No 331-2013 del 12 de diciembre de 2013. ACUERDA: PRIMERO: Implementar y administrar los contingentes arancelarios de importación de Panamá a Honduras, de conformidad a lo establecido en el Apéndice a los Anexos 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporación de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana. SEGUNDO: Aperturar para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2021, los contingentes arancelarios de importación que a continuación se detallan: -- 501 of 528 -- TERCERO: Las personas naturales y jurídicas cuya docu- mentación esté disponible en esta Secretaría de Estado interesadas en participar en la asignación de los contingentes arancelarios de importación de carne de bovino, carne de cerdo, leche fluida exclusivamente del tipo conocido como UHT, queso fundido excepto el rallado en polvo, aceite de palma en bruto, deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que deberá estar acompañada de los siguientes documentos: a) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. b) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. c) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si ésta es presentada ante la ventanilla será cotejada con su original. CUARTO: Las personas naturales y jurídicas interesadas en participar por primera vez en el proceso de asignación de contingentes arancelarios de importación deberán enviar su solicitud vía correo electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 09 al 20 de noviembre del año 2020 en el horario de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., la solicitud por escrito que contenga la información que a continuación se detalla: a) Identificación del solicitante conforme a su RTN, incluyendo una descripción de su actividad económica, dirección física o fax, correo electrónico designado para efectuar las notificaciones; b) En el caso de las personas naturales, fotocopia de la Tarjeta de Identidad, Registro Tributario y copia de la Escritura de Declaración de Comerciante Individual. En el caso de las personas jurídicas, fotocopia de la escritura de constitución y de su Registro Tributario Nacional; c) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013. d) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisión de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. e) Toda documentación presentada en línea deberá estar debidamente autenticadas, si ésta es presentada ante la ventanilla será cotejada con su original. Las personas naturales y jurídicas interesadas en solicitar asignaciones de los contingentes en referencia, deberán cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; de origen, otros requisitos contenidos en la Ley de Protección al Consumidor, así como otras Leyes, que son aplicables a la importación de productos animales y vegetales, de no -- 502 of 528 -- cumplir con los requisitos supra mencionados no se otorgará el certificado de importación. QUINTO: Para las mercancías, leche fluida exclusivamente del tipo conocido como UHT y queso fundido excepto el rallado en polvo, deberán solicitar el Número de Registro de Importador de Productos Lácteos (NRIPL) y posteriormente solicitar una licencia de importación de productos lácteos por cada importación de conformidad con el Acuerdo A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009 y 41-2009 del 18 de noviembre de 2009. SEXTO: El retiro de los certificados deberá hacerse en la ventanilla de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial / Dirección General de Administración y Negociación de Tratados, por medio de un apoderado legal debidamente acreditado. SEPTIMO: En el caso del contingente de importación de medias y calcetines, no se deberán presentar solicitudes de certificado de importación, ya que se asignarán bajo la modalidad de primer llegado primer servido en la aduana de ingreso. OCTAVO: Proceder a la publicación del aviso mediante el cual se pone a disposición de los agentes económicos interesados, los contingentes de importación para el año 2021 detallados en el ordinal segundo, en dos diarios de circulación nacional. NOVENO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 20 días del mes de octubre del año 2020. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaría General Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 210-2020 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que el Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otro, en adelante “Acuerdo de Asociación” fue aprobado en todas y cada una de sus partes mediante Decreto No. 210-2012 de fecha 18 de enero del 2013 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de junio de 2013. CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de julio de 2013, el Consejo de la Unión Europea notificó al Gobierno de Honduras, su anuencia para que a partir del 1 de agosto de 2013, se iniciara la vigencia del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Honduras. CONSIDERANDO: Que en el Artículo 2 del Decreto No. 210-2012, se establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, es la Institución responsable de la administración e implementación de la parte IV (Comercio), sus anexos, apéndices, declaraciones y protocolo de cooperación cultural contenida en el Acuerdo de Asociación. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.119-2006 del 11 de mayo del 2006, se designó a la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial como la Unidad Especializada para la asignación y administración de contingentes. CONSIDERANDO: Que en el marco del Acuerdo de Asociación, las Partes se otorgaron entre sí contingentes aplicables a la importación de mercancías, para lo que, de conformidad con las disposiciones aplicables se hace necesario definir los controles para el ingreso a Honduras de tales contingentes. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 315-2013 (COMIECO EX) de fecha 05 de julio del 2013, se aprobó el -- 503 of 528 -- Reglamento Centroamericano para Administración de los Contingentes Regionales del Acuerdo de Asociación. CONSIDERANDO: Que en el apéndice 1 al Anexo I del Acuerdo de Asociación, se establecen los contingentes arancelarios de importación otorgados por las Repúblicas de la Parte Centroamericana para los productos originarios procedentes de la Unión Europea. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y de conformidad con los Artículos 29 numeral 9, 36 numeral 8, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículo 54 literal a) contentivo del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo; Artículo 2 del Decreto No. 210-2012 y Resolución No. 315-2013 (COMIECO-EX) del Consejo de Ministros de Integración Económica del 5 de julio de 2013, que contiene el Reglamento Centroamericano para la Administración de los Contingentes del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otro. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar los contingentes bilaterales de importación en el marco del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otro, para el período comprendido de enero a diciembre del año 2021, que a continuación se detallan: SEGUNDO: El volumen dentro del contingente bajo los códigos arancelarios establecidos, estarán libres de aranceles aduaneros en cualquier momento del año calendario y no excederá las cantidades especificadas. Las mercancías sujetas a contingentes bilaterales de importación serán administradas bajo la modalidad de primer llegado primer servido en la aduana de ingreso. TERCERO: Las personas naturales y jurídicas interesadas en importar los contingentes en referencia, deberán cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; otros requisitos contenidos en la Ley de Protección al Consumidor, así como otras leyes que son aplicables a la importación de productos animales y vegetales. No obstante para la importación de leche en polvo y queso deberán solicitar ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico el respectivo Registro de Importador de Productos Lácteos (NRIPL) y posteriormente solicitar ante la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, la correspondiente licencia de importación de productos lácteos para cada importación que se realice, de conformidad con el Acuerdo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009 y Acuerdo No. 41-2009 del 18 de noviembre de 2009. CUARTO: Remitir a la Administración Aduanera de Honduras (AAH) copia del presente Acuerdo Ministerial para que proceda de conformidad a sus competencias. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y/o en la página Web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 20 días del mes de octubre del año 2020. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaría General -- 504 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública No.05/2020, para la contratación por lotes de los servicios de limpieza, fumigación y desinfección de los edificios del Banco Central de Honduras, ubicados en las ciudades de Tegucigalpa, Comayagüela, San Pedro Sula, La Ceiba y Choluteca, que se realizaron modificaciones al pliego de condiciones de la licitación en referencia, por lo que deberán considerar los siguientes aspectos: 1. Se modificó el período de vigencia de los lotes, el cual será por el período comprendido del 1 de enero de 2021 al 26 de enero de 2022, asimismo, el lugar de recepción de ofertas y sus especificaciones técnicas conforme a las nuevas actividades que se incorporan al servicio, según el detalle siguiente: Portada inicial vigencia del proceso. Sección II Datos de la Licitación (DDL): • IAO 1.1 • IAO18.3 • IAO23.1 • IAO24.1 • JAO27.1 Sección III Criterios de Evaluación y Calificación: • Criterios para evaluación de ofertas Sección IV Formularios de la Oferta • Formulario de Lista de Precios 3. Especificaciones Técnicas • 3.1 Lote 1: 3.1.2.1, 3.1.2.2, 3.1.2.3, 3.1.3.1, 3.1.3.2, 3.1.4, 3.1.8. • 3.2 Lote 2: 3.2.2.1, 3.2.3.1, 3.2.3.2, 3.2.3.4, 3.2.6. • 3.3 Lote 3: 3.3.2.2, 3.3.3.1, 3.3.3.2, 3.3.3.4, 3.3.6. • 3.4 Lote 4: 3.4.2.2, 3.4.3.1, 3.4.3.2, 3.4.3.4, 3.4.6. Sección VIII Condiciones Especiales del Contrato (CEC) • CGC 1.1 (a). Sección IX Formularios del Contrato • 1. Contrato. • 4. Aviso de licitación. 2. Deberán tomarse en consideración las siguientes fechas: IAO 20.1 de los Datos de la Licitación: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 23 de octubre de 2020 al 27 de abril de 2021. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será del 23 de octubre de 2020 al 27 de abril de 2021. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de septiembre de 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLARES GERENCIA a.i. 28 O. 2020. -- 505 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.09-2020, para contratación por lotes de las pólizas siguientes: Lote No. 1: Seguro contra incendio y líneas aliadas para proteger la infraestructura y contenido de los edificios propiedad del Banco Central de Honduras, localizados en Tegucigalpa y Comayagüela M.D.C., San Pedro Sula, La Ceiba y Choluteca; así como el traslado de los mismos entre edificios, por el período de dos (2) años comprendido del 12 de noviembre de 2020 a las doce meridiano ( 12:00 M.) al 12 de noviembre de 2022 a las doce meridiano ( 12:00 M.). Lote No. 2: Seguro para proteger el equipo de cómputo y electrónico con sus respectivos programas de aplicación, ubicados en Tegucigalpa y Comayagüela, M.D.C., San Pedro Sula, La Ceiba y Choluteca; así como el traslado de los mismos entre edificios, por el período de dos (2) años comprendido del 12 de noviembre de 2020 a las doce meridiano ( 12:00 M.) al 12 de noviembre de 2022 a las doce meridiano (12:00 M.). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, para lo cual deberán cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia. pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en Salón "Roberto Zúniga" del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 12 de octubre del 2020, a las 10:00 A.M., hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 24 de septiembre del 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020. -- 506 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.13/2020, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para cien (100) puntos de acceso (AP, Access Point) inalámbricos marca Cisco modelo AIR-CAP1602I- A-K9 y dos (2) controladoras marca Cisco modelo 5508 Wireless Controller en alta disponibilidad para gestión de los AP; por el período del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la Tarjeta de Identidad o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón "Roberto Zúniga" del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 12 de noviembre de 2020, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de septiembre de 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020. -- 507 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.14/2020, referente a la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para el sistema de aire acondicionado y extracción de mecánica de la marca Carrier, instalado en el edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, por el término de dos (2) años comprendidos del 8 de diciembre de 2020 al 7 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L.200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, para lo cual deberán cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www. honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en Salón "Roberto Zúniga" del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 15 de octubre del 2020, a las 10:00 A.M., hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de septiembre del 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020. -- 508 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.15/2020 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.15/2020, referente a la contratación del servicio de soporte y mantenimiento preventivo y correctivo de una (1) biblioteca de cintas virtuales (VTL), marca HP, incluida la actualización de producto del software de gestión de dicho sistema, por dos (2) años por el período comprendido del 15 de diciembre 2020 al 14 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “ Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón “ Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 10 de noviembre de 2020, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de septiembre de 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020 -- 509 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No. 18/2020, para la contratación del servicio de soporte y actualización de producto para cuatrocientas cincuenta (450) licencias del software Trustbroker Secure Client for Workstation y cinco (5) licencias del software Trustbroker Secure Client for Server por el período de dos (2) años comprendido del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “ Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la Tarjeta de Identidad o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón “ Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 30 de octubre de 2020, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020 -- 510 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.19/2020, Contratación del suministro, por lotes, de máquinas contadoras de monedas y billetes para uso del Banco Central de Honduras, según detalle siguiente: Lote No.1: Cuatro (4) máquinas contadoras de monedas. Lote No.2: Doce (12) máquinas contadoras de billetes. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, para lo cual deberán cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 9 de noviembre del 2020, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre del 2020. IRIS SUYAPA AGUILAR VALLADARES GERENCIA, a.i. 28 O. 2020 -- 511 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 ADDENDUM No.3 LICITACIÓN PÚBLICA No.16/2020 Banco Central de Honduras EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), comunica a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, que presentarán ofertas para la Licitación Pública No.16/2020, contratación por lotes de los suministros siguientes: Lote No.1: Suministro, instalación, configuración e integración de detectores con paneles Notifier y estación de monitoreo ONYXWORKS del edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República y Lote No.2: Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de detección de incendios en el edificio de la sucursal del Banco Central de Honduras (BCH) ubicado en la ciudad de La Ceiba, Atlántida, que el acto de recepción de la documentación legal, técnica y ofertas económicas ha sido reprogramado para el 19 de octubre de 2020 a las 10:00 a.m.; por lo que, deben tomarse en consideración en el pliego de condiciones, los aspectos siguientes. 1. IAO 20.1 de los Datos de la Licitación: Las ofertas deben tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 19 de octubre de 2020 al 13 de abril de 2021. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. 2. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será del 19 de octubre de 2020 al 13 de abril de 2021. 3. IAO 24.1 y 27.1 La recepción y apertura de las ofertas se realizará el lunes 19 de octubre de 2020 a las 10:00 am, hora local, en el Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se recibirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, debiendo cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas por el BCH y el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER). Tegucigalpa, MDC, 7 de septiembre de 2020. _____________________________________ GERMAN DONALD DUBÓN TROCHEZ GERENCIA 28 O. 2020 _________ Poder Judicial Honduras ADENDUM No. 1 Licitación Pública Nacional N°. 04-2020 “Construcción de Oficina de Bienes Nacionales de Tegucigalpa” El Poder Judicial, comunica a todas las Empresas Constructoras, que retiraron el documento base para participar en este proceso; que pueden pasar por las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el segundo nivel del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones, en un horario de 7:30 AM a 4:00 PM; para retirar CD que contiene toda la información del presente Adendum N°. 1, por parte del Departamento de Obras Físicas del Poder Judicial. 1. Recepción y Apertura de Ofertas: Se mantiene para el día lunes 23 de noviembre de 2020, a las 9:00 a.m., en el Salón de Sesiones de las nuevas Oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Tegucigalpa, M.D.C. 2. También incluye, las respuestas a consultas realizadas por escrito por parte de las empresas participantes, durante el período de preguntas y respuestas y se incluye el protocolo de bioseguridad. Se les recuerda que el presente Adendum, pasa a formar parte íntegra de los documentos contractuales, por lo que recomendamos prestar la atención que corresponde a la información incluida. Tegucigalpa, M.D.C., octubre de 2020 UNIDAD DE LICITACIONES 28 O. 2020 -- 512 of 528 -- La G aceta Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 28 D E OCTUBRE D E 2020 No. 35,412 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Se