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3 de agosto de 2020Vigente

Resolución No. 236-7/2020 — Reducción de la Tasa de Política Monetaria en setenta y cinco puntos básicos

  • Decreto: 236-7/2020
  • Publicación: 3 de agosto de 2020
  • Gaceta: 35,332

Considerandos

Que de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH) tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada.

Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras la política monetaria, crediticia y cambiaria del Estado será determinada y dirigida por el Directorio del BCH.

Que el BCH utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización de su política monetaria.

Que el BCH desde diciembre de 2019 ha flexibilizado su postura de política monetaria, orientada a proveer mayor liquidez al sistema financiero, con el propósito de apoyar la actividad económica bajo una coyuntura económica de menores riesgos inflacionarios, asociada a la fuerte contracción de la actividad económica registrada durante los dos últimos trimestres como resultado de los choques externos e internos derivados del Covid-19.

Que las últimas estimaciones del Marco Macroeconómico, caracterizadas por una fuerte contracción de la economía nacional, la ausencia de Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 D E A G O STO D E L 2020 N o . 35,332 presiones inflacionarias y una acumulación de reservas internacionales, son condiciones que validan una baja de la TPM. Es así que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.176 del 28 de julio de 2020, decidió recomendar a este Directorio disminuir el nivel de la TPM en setenta y cinco puntos básicos (75 pb), con el propósito de enviar una señal contundente al mercado de condiciones financieras más flexibles que las aplicadas recientemente, lo que estaría ayudando a reducir las tasas de interés del mercado y estimular la demanda de crédito.

Texto completo

RESOLUCIÓN No.236-7/2020.- Sesión No.3848 del 30 de julio de 2020.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH) tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras la política monetaria, crediticia y cambiaria del Estado será determinada y dirigida por el Directorio del BCH. CONSIDERANDO: Que el BCH utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización de su política monetaria. CONSIDERANDO: Que el BCH desde diciembre de 2019 ha flexibilizado su postura de política monetaria, orientada a proveer mayor liquidez al sistema financiero, con el propósito de apoyar la actividad económica bajo una coyuntura económica de menores riesgos inflacionarios, asociada a la fuerte contracción de la actividad económica registrada durante los dos últimos trimestres como resultado de los choques externos e internos derivados del Covid-19. CONSIDERANDO: Que las últimas estimaciones del Marco Macroeconómico, caracterizadas por una fuerte contracción de la economía nacional, la ausencia de

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M . D . C . , 3 D E A G O STO D E L 2020 N o . 35,332 presiones inflacionarias y una acumulación de reservas internacionales, son condiciones que validan una baja de la TPM. Es así que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.176 del 28 de julio de 2020, decidió recomendar a este Directorio disminuir el nivel de la TPM en setenta y cinco puntos básicos (75 pb), con el propósito de enviar una señal contundente al mercado de condiciones financieras más flexibles que las aplicadas recientemente, lo que estaría ayudando a reducir las tasas de interés del mercado y estimular la demanda de crédito. POR TANTO: Con fundamento en los artí- culos 342 de la Constitución de la República; 2, 6, 16, literales f) y m), 23 y 43 de la Ley del Banco Central de Honduras; 43 de la Ley del Sistema Financiero y en el Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, contenido en el Acuerdo No.12/2013 del 17 de octubre de 2013, R ESUELV E:

  • 1)

    Reducir en setenta y cinco puntos básicos (75 pb) la Tasa de Política Monetaria (TPM) y como consecuencia de ello establecer su nivel en tres punto setenta y cinco por ciento (3.75%) anual, cuya aplicación será efectiva a partir del 3 de agosto de 2020.

  • 2)

    Derogar la Resolución No.111-3/2020, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 18 de marzo de 2020.

  • 3)

    Comunicar esta resolución a las instituciones del sistema financiero nacional, a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para los fines pertinentes.

  • 4)

    La presente resolución es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. ROSSANA MARÍA ALVARADO FLORES Prosecretaria 3 A. 2020

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M . D . C . , 3 D E A G O STO D E L 2020 N o . 35,332