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Decreto No. 067-SEDESOL-2023 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ministerial No. 067-SEDESOL-2023 — Creación de la Dirección de Archivo de la SEDESOL

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República en su Artículo 247 señala que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia.
  2. 2.Que de conformidad al Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: 1...2...3...4...5...6. "Emitir los reglamentos de organización interna de sus respectivos despachos.7...8. Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el presidente de la República".
  3. 3.Que según artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública los actos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-005-2022 de fecha seis (6) de abril de dos mil veintitrés (2022), se suprime la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS) y se crea la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), con el mandato de instituir las políticas sociales de la Honduras solidaria, incluyente y libre de violencia.
  5. 5.Que es fundamental para garantizar una nueva gestión pública eficiente y eficaz, adoptar entre otras medidas la creación de estructuras que contribuyan a la creación a la implementación de acciones enfocadas a mejorar la transparencia, la rendición de cuentas, la gestión por resultado, la calidad de los servicios y la responsabilidad pública de los funcionarios y empleados públicos de la Secretaría, en beneficio de los sectores más vulnerables de la población y en el marco de una política de legalidad.
  6. 6.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-019-2022 de fecha nueve (9) de agosto del dos mil veintitrés (2022), se desarrollan las atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL); señalando que este órgano estará integrado por la Subsecretaría de Rectoría de las Políticas para el Desarrollo y la Protección Social y la Subsecretaría de Estado en el Despacho de Regulación y Coordinación para el Desarrollo y Protección Social. Señalando además en su Artículo 10 que la SEDESOL emitirá las normas necesarias para el funcionamiento de sus dependencias u órganos internos.
  7. 7.Que es una atribución del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Social de establecer estructura, funciones que posibiliten la articulación e integración de las políticas sociales y de los programas y proyectos que se deriven y que garanticen la efectiva implementación de la presente Ley.
  8. 8.Que es necesario realizar las adecuaciones pertinentes al marco legal relacionado con las atribuciones y competencias del Poder Ejecutivo, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones de creación de las nuevas instituciones contenidas en el Decreto Ejecutivo número PCM-05-2022 y PCM-019-2022; y así avanzar en la recuperación del Estado de Derecho, dinamizando la institución de las políticas sociales de la Honduras solidaria, sin discriminación de ningún tipo y libre de violencia.

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