Acuerdo Ministerial No. 239-2017 — Recomendación de habilitación de licencias de importación de cebolla para empresas importadoras
Poder Ejecutivo
- Decreto: 239-2017
- Publicación: 4 de agosto de 2017
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Mercantil
Considerandos
Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo de sus atribuciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional.
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 042-2016, de fecha 21 de junio de 2016, la Secretaría de Desarrollo Económico, reformó el Acuerdo Ministerial No. 009-2015, eliminando del Artículo 2, el Inciso f y del Artículo 3, el Inciso h.
Que es competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería realizar en forma transitoria y mensualmente la recomendación para la asignación de importación de cebolla entre las empresas importadoras interesadas y que tengan su Número de Registro de Importador de Cebolla (NRIC), tal como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 042-2016.
Texto completo
ACUERDO No. 239-2017
Tegucigalpa, M.D.C., 24 julio 2017
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
CONSIDERANDO: Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
CONSIDERANDO: Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo de sus atribuciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 042-2016, de fecha 21 de junio de 2016, la Secretaría de Desarrollo Económico, reformó el Acuerdo Ministerial No. 009-2015, eliminando del Artículo 2, el Inciso f y del Artículo 3, el Inciso h.
CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería realizar en forma transitoria y mensualmente la recomendación para la asignación de importación de cebolla entre las empresas importadoras interesadas y que tengan su Número de Registro de Importador de Cebolla (NRIC), tal como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 042-2016.
POR TANTO:
En aplicación de los artículos 255 de la Constitución de la República; 36 Numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 80 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Acuerdo Ministerial 042-2016.
ACUERDA:
PRIMERO: En el marco del Acuerdo Ministerial No. 042-2016, se recomienda a la Secretaría de Desarrollo Económico habilitar las licencias de importación de Cebolla, exclusivamente para el mes de agosto del presente año; clasificadas en las Partidas Arancelarias 0703.10.11, 0703.10.12 y 0703.10.13 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), a las siguientes empresas:
No. Empresa / Número de RTN Representante cantidad en Kilos
1 Distribuidora Andy, S. DE R.L. / 05019012504164 Javier Torres 190,680
2 HORTIFRUTI Honduras, S.A. / 08019001002357 José L. Aguirre 190,680
3 Verduras Fonseca, S. DE R. L. DE C.V. / 05019012496527 Carlos A. Fonseca 163,440
4 Bodega de chiles Adrián / 06101967002636 Adrián Carrasco 136,200
5 Venta de frutas y verduras Morales. / 08011967100250 Julio C. Morales 136,200
6 Verduras Quinteros, S. DE R.L. / 05019016842164 Samuel Quintero 136,200
7 Inversiones Fonseca / 05011985088467 Víctor M. Fonseca 136,200
8 Carnaval de frutas / 17061964005674 Martir Y. Canales 108,960
9 Comercial El Tico, S. de R.L. / 05019005501186 Manuel E. Saborio 108,960
10 Frutas vegetales y transporte S. A. DE C.V. 05019995149594 Virgilio Galo 108,960
11 Importadora JB / 05011966062130 José A. Bu 108,960
12 Comercializadora Peniel S. DE R. L. DE C.V. / 05019011395404 Jorge Galo 108,960
13 Venta de legumbres Manito / 08011960062810 Heriberto Mancada 81,720
14 Vegetables and fruits CASTBU S.R.L. /05019010285415 Elvin Anibal Castillo 81,720
15 Verduras Hernández / 05011984018871 José H. Hernández 81,720
16 Distribuidora de productos Montecristo S. DE R.L. 05019006501487 German Cardona 81,720
17 Inversiones repollos Javier Flores S. DE R.L. / 05019005474687 German J. Alvarenga 81,720
18 Importadora de frutas de Honduras de R.L. / 08019003258261 Yamil Fiatt 27,240
19 Grupo alimenticio S.A DE C.V. / 05019004012205 Estuardo Matta 27,240
20 Distribuidora e importadora de frutas y verduras ESCOL, S. DE R.L / 08019017933989 Héctor David Romero 27,240
21 Héctor Miguel Nerio / 05011984114017 Héctor Migue Nerio 27,240
SEGUNDO: Las empresas nominadas en el numeral primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de Cebolla de manera total o parcial, para lo cual deberán presentar la solicitud de las Licencias de importación ante la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico.
TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "LA GACETA".
COMUNÍQUESE:
JACOBO PAZ BODDEN Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
JORGE LUIS MEJÍA LÓPEZ Secretario General Interino Acuerdo Delegación No. 024-2016