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9 de enero de 2019Reformada

Acuerdo Administrativo No. 002-2018-TSC — Fe de Errata - Deroga Instructivo para la Aplicación de Sanciones y Multas Administrativas del TSC

  • Decreto: 002-2018-TSC
  • Publicación: 9 de enero de 2019
  • Gaceta: 34,840
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta corrección corrige un error en el reglamento de sanciones del Tribunal Superior de Cuentas añadiendo las multas específicas para carros (de 5,000 a 10,000 lempiras) que faltaban en la clasificación de transporte terrestre. Afecta a personas o empresas sancionadas por el TSC y entra en vigencia desde el 8 de noviembre de 2018.

Considerandos

CONSIDERANDO: En La Gaceta No. 34,741 del 10 de septiembre de 2018, específicamente en la publicación del Acuerdo Administrativa 002-2018-TSC el que se determina DEROGAR EL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC) y en el que se determina DEROGAR EL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC), por un error involuntario se omite en el Artículo 4 del Reglamento la subdivisión del tipo de transporte, no se encuentra en la subdivisión del tipo de transporte terrestre; la descripción de la unidad correspondiente a los carros;

PRIMERO: por lo que debe agregarse en el Artículo 3 del Reglamento de Sanciones del Tribunal Superior de Cuentas en el inciso n)...; romano i)..., ii)..., iii)..iv) El equipo de transporte: Aéreo:..., Marítimos:..., Terrestre:..., Motocicletas:..., Carros: De Cien Mil Lempiras (L.5,000.00) a Diez Mil Lempiras (L.10,000.00).

SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día 8 de noviembre del año 2018, día de su aprobación por el Pleno del Tribunal Superior de Cuentas. Y para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Firma y Sello RICARDO RODRÍGUEZ, Presidente Tribunal Superior de Cuentas; Firma y Sello ROY PINEDA CASTRO, Magistrado Tribunal Superior de Cuentas; Firma y Sello JOSÉ JUAN PINEDA VARELA, Magistrado Tribunal Superior de Cuentas. Es conforme con su original, con el que fue debidamente cotejado. Firmo y sello la presente CERTIFICACIÓN, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. DOY FE. ABOG. SANTIAGO ANTONIO REYES PAZ Secretario General, T.S.C. Servicio de Administración de Rentas

Texto completo

FE DE ERRATA

CONSIDERANDO: En La Gaceta No. 34,741 del 10 de septiembre de 2018, específicamente en la publicación del Acuerdo Administrativa 002-2018-TSC el que se determina DEROGAR EL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC) y en el que se determina DEROGAR EL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC), por un error involuntario se omite en el Artículo 4 del Reglamento la subdivisión del tipo de transporte, no se encuentra en la subdivisión del tipo de transporte terrestre; la descripción de la unidad correspondiente a los carros; PRIMERO: por lo que debe agregarse en el Artículo 3 del Reglamento de Sanciones del Tribunal Superior de Cuentas en el inciso n)...; romano i)..., ii)..., iii)..iv) El equipo de transporte: Aéreo:..., Marítimos:..., Terrestre:..., Motocicletas:..., Carros: De Cien Mil Lempiras (L.5,000.00) a Diez Mil Lempiras (L.10,000.00). SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día 8 de noviembre del año 2018, día de su aprobación por el Pleno del Tribunal Superior de Cuentas.

Y para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Firma y Sello RICARDO RODRÍGUEZ, Presidente Tribunal Superior de Cuentas; Firma y Sello ROY PINEDA CASTRO, Magistrado Tribunal Superior de Cuentas; Firma y Sello JOSÉ JUAN PINEDA VARELA, Magistrado Tribunal Superior de Cuentas. Es conforme con su original, con el que fue debidamente cotejado.

Firmo y sello la presente CERTIFICACIÓN, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. DOY FE.

ABOG. SANTIAGO ANTONIO REYES PAZ Secretario General, T.S.C.

Servicio de Administración de Rentas