Resolución No. R-ARSA-1219-0001 — Adendum a Resolución sobre cuotas de recuperación por servicios prestados
- Decreto: R-ARSA-1219-0001
- Publicación: 10 de febrero de 2020
- Categoria: Salud
Considerandos
Que la Constitución de la República en su Artículo 145) establece que "Se reconoce el Derecho a la Protección de la Salud". De igual manera, la misma Carta Magna en su artículo 146) insisuraría que: "Corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la Ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos.
Que por mandato Presidencial, mediante Decreto PCM-032-2017, de fecha 28 de abril del 2017, publicado en Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de mayo del año 2017, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) como una Entidad Descentralizada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) adscrita al Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social, con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa, con personalidad jurídica, responsable de la supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y legalización del cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés sanitario o de los que realicen actividades o practicuen conductas que repercutan o puedan repercutir en la salud de la población: y de la regulación, otorgamiento, renovación, modificación, suspensión u conclusión de los registros, permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones sanitarias. De igual forma el referido Decreto dentro de sus atribuciones instituye que: "La Agencia de Regulacion Sanitaria (ARSA) include elaborar, actualizar el marco normativo que regule los establecimientos, servicios y productos de interés sanitario; y aprobar las cuotas de recuperación por la prestación de servicios.
Texto completo
ADENDUM A RESOLUCIÓN No. R-ARSA-1219-0001
NOTIFIQUESE y PUBLIQUESE.
Dado en la ciudad de Comayaguela, municipio del Distrito Central a los diez días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve
DR. FRANCIS RAFAEL CONTRERAS COMISIONADO PRESIDENTE
ABOG. DILCIA ANABEL MEDINA SECRETARIA GENERAL
18 E. 2020.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 145) establece que "Se reconoce el Derecho a la Protección de la Salud". De igual manera, la misma Carta Magna en su artículo 146) insisuraría que: "Corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la Ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos.
CONSIDERANDO: Que por mandato Presidencial, mediante Decreto PCM-032-2017, de fecha 28 de abril del 2017, publicado en Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de mayo del año 2017, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) como una Entidad Descentralizada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) adscrita al Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social, con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa, con personalidad jurídica, responsable de la supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y legalización del cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés sanitario o de los que realicen actividades o practicuen conductas que repercutan o puedan repercutir en la salud de la población: y de la regulación, otorgamiento, renovación, modificación, suspensión u conclusión de los registros, permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones sanitarias. De igual forma el referido Decreto dentro de sus atribuciones instituye que: "La Agencia de Regulacion Sanitaria (ARSA) include elaborar, actualizar el marco normativo que regule los establecimientos, servicios y productos de interés sanitario; y aprobar las cuotas de recuperación por la prestación de servicios.
POR TANTO
LA AGENCIA DE REGULACION SANITARIA (ARSA), en el uso de las facultades a ella confiadas y en aplicación a los 145 y 146 de la Constitución de la República, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 19, 24, 26, 32, 33, 40, 41 y 150 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 4, 73, 74, 76, 78, 225, del Código de Salud; 1, 3, 134, 153, 156, 166 y 168 y 241 del Reglamento de Control Sanitario: 1, 3 inciso b), c) j) k) 5, 8, 9, y 10 del PCM No. 032-2017 de la Agencia de Regulación Sanitaria
RESUELVE:
PRIMERO: Que las cuotas de Recuperacion por Servicios Prestados autorizadas mediante la RESOLUCIÓN No. R-ARSA-1219-0001, publicada en Diario Oficial "La Gaceta", en fecha 17 de diciembre del año 2019, fueron emitidas para realizar pagos por Servicios Prestados a los procesos en ella detallada, que son exclusivos de la Dirección de Alimentos y Bebidas de la Agencia de Regulación Sanitaria.
INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LICITACIÓN PRIVADA
Tegucigalpa M.D.C. 14 de enero del 2020
El Servicio de Administración de Rentas, por este medio tiene a bien invitarle a participar en la Licitación Privada Nacional No: LP-SAR-001-2020 para la contratación de "SEGURO PARA EDIFICIOS DEL SAR A NIVEL NACIONAL" la cual será financiada con recursos nacionales: la selección del proveedor del servicio se realizará bajo las normas y procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
En los pliegos de condiciones admitidos a esta invitación se proporcionan las especificaciones generales y especiales de los servicios requeridos.
La fecha y hora límite para recibir las ofertas será el miércoles diecinueve (29) de enero 2020 a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras ante las Oficinas de la Dirección Nacional Administrativa Financiera del Servicio de Administración de Rentas (SAR), ubicada en el Tercer Nivel, Residencial El Trapiche, lote 1516, Bloque C6, contiguo al edificio de la ENEE. A las 11:02 A.M. se procederá a la apertura de las ofertas recibidas en presencia de los representantes de los oferentes que estuvieren presentes.
No se recibirán ofertas después de la hora indicada. La oferta deberá ser presentada en físico en sobre sellado.
Los interesados deberán informar por escrito su intención de participar en este proceso tan pronto como le sea posible en esta invitación, mediante nota dirigida a:
Licenciado Juan Roberto Valerio, Director Nacional Administrativa Financiero del Servicio de Administración de Rentas o vía correo electrónico licitaciones@sar.gob.hn
Licenciado Juan Roberto Valerio Director Nacional Administrativo Financiero Acuerdo de Delegación No. SAR-008-2020
18 E. 2020.
B. 19