Vigente
Decreto No. 012-2011 | 14 de abril de 2011
Acuerdo No. 012-2011 — Delegación de funciones al Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre
Considerandos
- 1.Que debido a la carga actual de actividad administrativa, se hace necesario agilizar y simplificar los procedimientos administrativos que se producen a raíz de la tramitación de los dictámenes y opiniones que solicitan las diferentes instituciones del Estado. CONSIDERANDO: Si bien es cierto los Subdirectores Ejecutivos del Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, sustituyen por ministerio propio en caso de ausencia, no es menos cierto que para cumplir con los objetivos de dicha simplificación en los trámites antes relacionados, se hace necesario delegar en el Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el ejercicio de funciones en determinada materia como ser, la emisión de las providencias de tramitación, impulso y remisión de expedientes administrativos venidos al Instituto con ocasión de cualquiera dictamen o petición formulada.
- 2.Que la competencia es irrenunciable y será ejercitada por los órganos que la tengan atribuida por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
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