Acuerdo No. 012-2011 — Delegación de funciones al Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre
- Decreto: 012-2011
- Publicación: 17 de mayo de 2011
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que debido a la carga actual de actividad administrativa, se hace necesario agilizar y simplificar los procedimientos administrativos que se producen a raíz de la tramitación de los dictámenes y opiniones que solicitan las diferentes instituciones del Estado. CONSIDERANDO: Si bien es cierto los Subdirectores Ejecutivos del Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, sustituyen por ministerio propio en caso de ausencia, no es menos cierto que para cumplir con los objetivos de dicha simplificación en los trámites antes relacionados, se hace necesario delegar en el Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el ejercicio de funciones en determinada materia como ser, la emisión de las providencias de tramitación, impulso y remisión de expedientes administrativos venidos al Instituto con ocasión de cualquiera dictamen o petición formulada.
Que la competencia es irrenunciable y será ejercitada por los órganos que la tengan atribuida por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
Texto completo
ACUERDO No. 012-2011
INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
CONSIDERANDO: Que debido a la carga actual de actividad administrativa, se hace necesario agilizar y simplificar los procedimientos administrativos que se producen a raíz de la tramitación de los dictámenes y opiniones que solicitan las diferentes instituciones del Estado.
CONSIDERANDO: Si bien es cierto los Subdirectores Ejecutivos del Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, sustituyen por ministerio propio en caso de ausencia, no es menos cierto que para cumplir con los objetivos de dicha simplificación en los trámites antes relacionados, se hace necesario delegar en el Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el ejercicio de funciones en determinada materia como ser, la emisión de las providencias de tramitación, impulso y remisión de expedientes administrativos venidos al Instituto con ocasión de cualquiera dictamen o petición formulada.
CONSIDERANDO: Que la competencia es irrenunciable y será ejercitada por los órganos que la tengan atribuida por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
POR TANTO: El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, en aplicación de los Artículos 3 y 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo: 1, 12, 15, 18 y 20 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre.
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar en el Subdirector de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, las funciones y facultades de emitir las providencias de sustanciación como ser admisión, impulso y remisión o devolución que en los diferentes trámites, se sustancien con ocasión de las opiniones o dictámenes, que soliciten las diferentes instituciones del Estado.
SEGUNDO: El presente Acuerdo de delegación surtirá efectos una vez que se publique en el Diario Oficial "La Gaceta".
Tegucigalpa, M. D. C., 14 de abril del 2011.
JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO
MARTHA GUADALUPE TERUEL SECRETARIA GENERAL