Acuerdo Ejecutivo — Gracia de Indulto a favor de Olman Eliseo Cruzmejia
Considerandos
- 1.GRACIA DE INDULTO a favor del señor OLMAN ELISEO CRUZMEJIA, ha sido concedido como OLMAN ELISEO CASTRO, por el tiempo que le falta para cumplir la pena principal de doce (12) años, seis (66) meses de restitución por encontrarse culpable de los delitos de Robo Agravado y Robo de Vehículo en Conexión Ideal, está gracia se extiende a las penas accesorias de Inhabilitación Absoluta e Interdicción Civil y en virtud que el cumplimiento de la Ley Indultos y Conmutas, aprobada en virtud de Decreto Legislativo No 136, de fecha nueve de abril de mil novecientos veintiséis, dichos delitos no están comprendidos entre los excluidos de la Gracia del Indulto, además, el peticionario, a la fecha ha cumplido, más de la mitad de la pena impuesta y ha probado su buena conducta durante su permanencia en la establecimiento penal, al grado de merecer su arrepentimiento y propósito de enmienda. ARTICULO 2o.-
Articulos
Articulo 2o
Que el presente Acuerdo indulto constituye una requisición penal impuesta y una manifestación concreta del Poder Ejecutivo de la República de su derecho al juzgamiento, renunciando con ello y a favor del inculpado, al derecho exclusivo este derecho en este caso en particular; no suponiendo la extinción de todos los efectos de la pena ante las penas enumeradas y no provocando, consecuentemente, la cancelación de los antecedentes penales del inculpado, ni los efectos penales que ella arrestre. ARTICULO 3°.-
Articulo 3°
Hacer la Tramitación correspondiente de Ley. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata, una vez publicado en "La Gaceta", Diario Oficial de la República. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiueve (29) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). CÓMPRNDESE.- (Firma y Sello) Porfirio Lobo Sosa, Presidente Constitucional de la República. (Firma y Sello) Ana A. Pineda H. Secretaria de Estado en los Despachos de Justicia y Derechos Humanos". Atentamente, DENIS ALBERTO GALLEGOS R. SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 24 J. 2013