VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 530-12/2014 | 18 de diciembre de 2014

Resolución No. 530-12/2014 — Establece tarifas por servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con la ley corresponde al Banco Central de Honduras (BCH) formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
  2. 2.Que en el Artículo 51 del Acuerdo No.11/ 2013 del 17 de octubre de 2013, que contiene el Reglamento de la Depositaría de Valores del BCH (DV-BCH), se faculta al BCH, por medio de su directorio, establecer el monto de los cargos y tarifas por los servicios que presta la DV-BCH, por cubrirse los costos asociados a su operación y mantenimiento.
  3. 3.Que mediante la Resolución No.424-12/ 2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado aprobará las tarifas que se aplicarán sobre el servicio de custodia y registro de valores.
  4. 4.Que en la Resolución No.561-12/2013 del 26 de diciembre de 2013 se establecieron las tarifas aplicadas a los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta, las cuales deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos del sistema de Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras.
  5. 5.Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión del 17 de diciembre de 2014 y con base en la opinión del Departamento de Operaciones Monetarias, resolvió recomendar la aprobación de este Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir de enero de 2015, por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH.

Articulos

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 D. 2014, 14 y 28 E. 2015

Leyes relacionadas

Resolución No. 538-12/2015 — Aprobación de tarifas para servicios de custodia y registro de valores
Esta resolución establece las tarifas que cobra el Banco Central de Honduras por guardar y registrar valores (bonos, acciones). Las principales características son: la primera inscripción es gratis, se aplican cuotas de mantenimiento semestral a partir de enero de 2016, y se revisan anualmente según los costos operativos. Afecta a bancos, casas de bolsa, fondos de pensión y otras instituciones financieras que usan estos servicios.
Decreto 538-12/2015 | 2016
Diario Oficial la Gaceta, Resolucion
Decreto | 2014
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33621)
El Decreto 120-2014 aprueba la ampliación de un contrato de supervisión de obras viales en la Ruta 20 de Santa Bárbara, aumentando el monto en 745,338.80 lempiras (de 4,036,831.90 a 4,782,170.70 lempiras) y extendiendo el plazo de ejecución 3 meses más. Afecta al Fondo Vial y la empresa consultora, permitiendo completar el mantenimiento de esta importante vía de acceso regional.
Decreto 120-2014 | 2015
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33733)
Este decreto aprueba un contrato entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Compañía Hidroeléctrica Cuyamel (COHCUY) para que esta empresa genere y venda electricidad a partir de una planta hidroeléctrica durante 20 años. La planta producirá 10,570 kilovatios de energía con recursos hídricos renovables, beneficiando a Honduras al reducir costos de electricidad y disminuir la dependencia de combustibles fósiles.
Decreto 109-2014 | 2015
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33696)
El Decreto 141-2014 autoriza el funcionamiento de ocho aeródromos en ciudades estratégicas de Honduras (Choluteca, Gracias, Río Amarillo, El Aguacate, Tela, Trujillo, Utila y Guanaja) para impulsar el desarrollo económico del país. Los bienes, servicios y obras para estos aeródromos quedan exonerados de impuestos, aranceles y otros gravámenes.
Decreto 141-2014 | 2015