VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 530-12/2014 | 18 de diciembre de 2014
Resolución No. 530-12/2014 — Establece tarifas por servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta
Considerandos
- 1.Que de conformidad con la ley corresponde al Banco Central de Honduras (BCH) formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
- 2.Que en el Artículo 51 del Acuerdo No.11/ 2013 del 17 de octubre de 2013, que contiene el Reglamento de la Depositaría de Valores del BCH (DV-BCH), se faculta al BCH, por medio de su directorio, establecer el monto de los cargos y tarifas por los servicios que presta la DV-BCH, por cubrirse los costos asociados a su operación y mantenimiento.
- 3.Que mediante la Resolución No.424-12/ 2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado aprobará las tarifas que se aplicarán sobre el servicio de custodia y registro de valores.
- 4.Que en la Resolución No.561-12/2013 del 26 de diciembre de 2013 se establecieron las tarifas aplicadas a los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta, las cuales deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos del sistema de Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras.
- 5.Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión del 17 de diciembre de 2014 y con base en la opinión del Departamento de Operaciones Monetarias, resolvió recomendar la aprobación de este Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir de enero de 2015, por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH.
Articulos
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 D. 2014, 14 y 28 E. 2015
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