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Decreto No. 041-2021 | 3 de agosto de 2013 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,766

Acuerdo Ejecutivo No. 041-2021 — Autorización a la Procuradora General de la República para otorgamiento de Escritura Pública de traspaso de área de terreno al Poder Judicial

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene la Administración General del Estado y entre otras atribuciones le corresponde emitir los Acuerdos y Decretos conforme a la Ley.
  2. 2.Que la Constitución de la República en su artículo 228 establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley.
  3. 3.Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en su artículo 19 numeral 3) establece que la Procuraduría tendrá a su cargo la personería del Estado y serán ejercidas por el Procurador General de la República, a quien se le atribuye la facultad de comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo, al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación.
  4. 4.Que mediante instrumento número once (11) de fecha treinta (30) de abril del año dos mil trece (2013), ante los oficios del Notario Público Mario Alonso Aguilar Gonzales, el Estado de Honduras adquirió mediante compra venta al “Banco Atlántida, S, A.”, varios inmuebles ubicados en el lugar denominados “TENGUAJE”, jurisdicción del municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, los cuales se encuentran inscritos a su favor bajo las matrículas N°. 27462, 1097563, 109776, 109804, 109808, 109814, 109818, 31463 y 356012 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Comayagua.
  5. 5.Que mediante artículo 3 del Decreto Legislativo N°. 176-2013, se instó a Ia Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad conjuntamente con Ia Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, para que de acuerdo a lo consensuado con los pobladores del Departamento de Comayagua y lo cual consta en el Acta N°. 105, de sesión de Cabildo Abierto Consultivo celebrada por Ia Corporación Municipal de Comayagua, Departamento de Comayagua el día sábado 3 de Agosto del 2013, que las instalaciones adquiridas por el Estado de Honduras a que hace referencia este Decreto se gestione la construcción del Centro Integral de Estudios y para capacitación de mano de obra a beneficia de todos los ciudadanos. -- 253 of 404 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
  6. 6.Que mediante artículo 1 del Decreto Legislativo N°. 348-2013, se reforma el Artículo 3 del Decreto N°. 176-2013, el cual debe leerse así: “
  7. 7.Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 043-2020 de fecha primero (1) de octubre del año dos mil veinte 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 6 de octubre del año 2020, edición N°. 35,392 el Presidente Constitucional de la República, Delegó a partir del 01 de octubre de 2020, en Secretario de Coordinación General de Gobierno CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: a) Reglamentos; b) Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado; c) Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras; d) Gastos de Representación de Funcionarios; e) Préstamos; f) Modificaciones Presupuestarias; y, g) Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República.
  8. 8.Que en fecha veinticuatro (24) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), mediantes los Acuerdos Ejecutivos Números 59-2021 y 59-A-2021, el Presidente de la República, JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, nombra Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia al ciudadano ABRAHAM ALVARENGA URBINA, cargo que desempeñará Ad-honorem.
  9. 9.Que son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 36 numeral 8) de la Ley General de la Administración Pública “Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado en estos casos será autorizada por los respectivos secretarios.
  10. 10.Que mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017 se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional, y de proponer las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético, el cual comprende entre otros aspectos: la explotación y exploración de los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y la regulación, control y supervisión de las actividades de transformación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y abastecimiento de combustible derivados del petróleo, biocombustibles o portadores energéticos. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Procuradora General de la República para que en nombre y representación del Estado de Honduras, comparezca, sin más trámite, ante Notario Público para el otorgamiento Escritura Pública para el traspaso a favor del Poder Judicial de Honduras de una área de 19,103.2752 metros cuadrados (m2), equivalentes a 27,399.0635 varas cuadradas (v2), que viene a representar 2.7399 Manzanas (mz), que colinda desde el Punto 43 al Punto 70 de los rumbos Norte, Noroeste y Noreste con inmueble de Donaldo Domínguez Ríos y desde el Punto 43 al Punto B y del Punto B al Punto A y del Punto A al Punto 70 de los rumbos Sur, Sureste y Suroeste, con el inmueble propiedad del Estado de Honduras del cual se desmembra esta área específica, del lugar denominado “TENGUAJE” del municipio de Comayagua, Departamento de Comayagua. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República. Acuerdo Ejecutivo N°. 043-2020 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de Octubre de 2020. ABRAHAM ALVARENGA URBINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 255 of 404 -- SEGUNDO: La delegada es responsable de la función delegada y presentará al finalizar el periodo de la delegación para archivo correspondiente del Despacho Ministerial, un informe detallando los actos ejecutados. CUARTO: El presente acuerdo es efectivo a partir del 28 de octubre, 2021 y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. - Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 28 de octubre, 2021. ALDO RAYNIERI VILLAFRANCA CASTRO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA Acuerdos de Delegación de Firma No. SEN-043-2021 CESAR FERNANDO VIGIL MOLINA SECRETARIO GENERAL

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