Acuerdo Ejecutivo No. 1243 — Delegación de la Presidencia de la Junta Directiva de FUNDEVI
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República establece que: “Los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional en el área de su competencia”; y, por su parte, la Ley General de Administración Pública atribuye a esta Secretaría de Estado lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la vivienda, entre otras; y los faculta para “Emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que delegue el Presidente de la República, y cuidar de su ejecución”; y, que la firma de ellos será autorizada por los Secretarios Generales.
- 2.Que el Congreso Nacional de la República mediante Decreto No. 188-2001, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República en su edición del día 13 de diciembre de 2001; aprobó un Convenio Internacional suscrito entre el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; KFW de la República de Alemania y la Agencia Sueca para la Cooperación y el Desarrollo Internacional del Gobierno del Reino de Suecia; en el cual de creó la Fundación para el Desarrollo de la Vivienda Social y Urbana y Rural (FUNDEVI), estableciendo en su Artículo 5 que la Junta Directiva será presidida por el Secretario de Estado en los Despachos de obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), hoy en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), en su condición de ente rector del sector vivienda.
- 3.Que ese mismo Poder del Estado mediante Decreto No. 266-2013 de fecha 16 de diciembre de 2013 y publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República, en su edición No. 33,336 del 23 de enero de 2014, aprobó la “Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno”, la cual reforma de varios Artículos de la “Ley General de la Administración Pública”; que en su artículo 29 establece las competencias de las Secretarías de Estado, señalando el inciso 13) lo relativo a las Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas en lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación a las políticas relacionadas con la vivienda, entre otras.
- 4.Que el Presidente de la República en consejo de Secretarios de Estado, mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-001-2014 de fecha 3 de febrero de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 22 de febrero de 2014, creó los Gabinetes Sectoriales, integrando a las entidades de la Administración Pública que formaría parte de cada uno de ellos; derogado mediante Decreto Ejecutivo PCM009-2018 de fecha 15 de marzo de 2018, publicado en “La Gaceta”, en su edición Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 27 of 36 -- No. 34,600 del 23 de marzo de 2018 ; estableciendo en el Artículo 5, integrará entre otras Instituciones el Gabinete Sectorial de Infraestructura Productiva, la COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS (CONVIVIENDA), como el ente responsable de la creación y articulación del Programa Nacional de Vivienda.
Articulos
Articulo 1
Delegar en el ciudadano SERGIO ROBERTO AMAYA ORELLANA, en su condición de Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos (CONVIVIENDA), la Presidencia de la Junta Directiva de la Fundación para el Desarrollo de la Vivienda Social Urbana y Rural (FUNDEVI), la que deberá ejercer a partir de esta fecha.
Articulo 2
Los términos y condiciones establecidos en el Decreto Legislativo No. 188-2001, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República en su edición del día 13 de diciembre de 2001; contentivo del Convenio Internacional suscrito entre el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; KFW de la República de Alemania y la Agencia Sueca para la Cooperación y el Desarrollo Internacional del Gobierno del Reino de Suecia; deberán ser acatados y cumplidos a cabalidad.
Articulo 3
Dejar sin valor y efecto el Oficio No. DM-1520-2018 emitido por esta Secretaría de Estado en fecha 08 de noviembre de 2018.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018) COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) JOSÉ LISANDRO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ SECRETARIO GENERAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 28 of 36 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 8 D E D I C I E M BRE D E L 2018 N o . 34,815 Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) No. 10/2018 “OBRAS DE FACILITACIÓN DE ACCESO AL RECINTO PORTUARIO EN PUERTO CORTÉS” 1. La Empresa Nacional Portuaria (ENP), invita a las empresas constructoras precalificadas para este proyecto: Servicio de Mantenimiento y Construcción, S.A. de C.V. (SERMACO), Empresa de Construcción y Transporte, Eterna, S.A. de C.V., Servicios y Representaciones para la Industria y la Construcción, S. de R.L. de C.V. (SERPIC), Profesionales de la Construcción, S.A de C.V. (PRODECON), Santos y Compañía, S.A. de C.V., Productora de Agregados y Derivados de Concreto, S.A. de C.V., (CONHSA PAYHSA) y Constructora William & Molina, S.A. de C.V., en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No.10/2018, a presentar ofertas selladas para la ejecución del proyecto denominado “OBRAS DE FACILITACIÓN DE ACCESO AL RECINTO PORTURIO EN PUERTO CORTÉS” 2 El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. Los participantes podrán realizar una visita al sitio de la obra, siendo el punto de reunión las oficinas de la Unidad de Ingeniería de la E.N.P. en Puerto Cortés, el día 18 de diciembre de 2018 a las 10:00 A. M. 4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 5. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del lunes 10 de diciembre de 2018, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace, en el tercer piso del Edificio El Faro, una cuadra antes de Hospital Medical Center, colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., previo pago de L.500.00 (Quinientos lempiras exactos) no reembolsables, de 7:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a jueves y viernes de 7:00 A.M. a 3:00 P.M., Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones “HonduCompras”, (honducompras.gob.hn), a partir del 10 de diciembre de 2018. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, en el tercer piso de edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar a el 10 de enero de 2019 a las 10:00 A.M., las ofertas que se reciban fuera de plazo JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de abril del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada María Elisa Orellana Romero, con orden de ingreso número 0801-2018-00137, contra el Ministerio Público, incoando demanda ordinaria contencioso administrativo, la que se contrae que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la Resolución No. FGR-0069-2016 de fecha veintiséis de enero del año dos mil dieciséis y consiguientemente la Resolución No. FGR-186- 2017 de fecha tres de agosto del año dos mil diecisiete y para su pleno reconocimiento se le reconozca una situación jurídica individualizada por el incumplimiento del pago de salarios adeudados y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras a través del Ministerio Público, para que se haga efectivo el pago de los salarios adeudados y dejados de percibir desde el 25 de julio del año 2011 al 03 de febrero del año 2015 y además derechos adquiridos derivados de los mismos, como ser el décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, así como vacaciones por cada año laborado y proporcionales y demás derechos laborales que resulten, más el pago de intereses comerciales aplicados a la Tasa activa más alta, calculándose los mismos desde la fecha en que se me sancionó injusta e ilegalmente y que debieron haberse realizado los pagos adeudados hasta la fecha que se efectúe el pago.- Nivelación del salario a partir de la fecha de la ilegal e injusta sanción de suspensión de despido, mas condena en costas para la parte demandada. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 8 D. 2018 EMPRESA NACIONAL PORTUARIA GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada. 7. Únicamente se aceptarán las ofertas de las Empresas que hayan adquirido el documento de la presente licitación, siguiendo las instrucciones del numeral quinto (5) del presente aviso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de noviembre de 2018. ING. FERMIN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE GENERAL 8 D. 2018 ___________ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 29 of 36 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 8 D E D I C I E M BRE D E L 2018 N o . 34,815 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) Licitación Pública Nacional LPN-07-2018 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA FLOTA VEHICULAR DEL SENASA” (PERIODO FISCAL AÑO 2019) LOTE 1: SEGURO DE VEHÍCULOS LOTE 2: MONITOREO SATELITAL (GPS) LOTE 3: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO LOTE 4: ADQUISICIÓN DE LLANTAS PARA FLOTA VEHICULAR 1. El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTAMA (SENASA), invita a las empresas legalmente habilitadas, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-07-2018 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA FLOTA VEHICULAR DEL SENASA” (PERIODO FISCAL AÑO 2019): LOTE 1: SEGURO DE VEHÍCULOS LOTE 2: MONITOREO SATELITAL (GPS) LOTE 3: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO LOTE 4: ADQUISICIÓN DE LLANTAS PARA FLOTA VEHICULAR 2.- El Financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos del SENASA y se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3.- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación en las oficinas del edificio SENASA, Tegucigalpa, tercer piso, Departamento Administrativo, mediante solicitud escrita, dirigida al Ing. Ricardo Paz Mejía, Director General del SENASA, a partir del día jueves 06 de diciembre 2018 hasta jueves 10 de enero 2019, en horario de 9:00 A.M. a 4:00 P.M., por lo que deberán presentar un dispositivo USB así como la cancelación de mil lempiras exactos (L 1,000.00), estos documentos también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). 4.- Las ofertas deberán presentarse, para RECEPCIÓN Y APERTURA en la dirección indicada al final de este llamado, el jueves 17 de enero 2019, a las 2:00 P.M., acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un valor no menor del dos por ciento (2%) del monto ofertado, dichas ofertas se abrirán en presencia de los oferentes o de sus representantes legalmente habilitados. 5.- La dirección antes referida es: Salón de Sesiones de la Dirección General, ubicada en el 3er. piso del Edificio SENASA, Loma Linda Sur, frente a la SAG, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C.A., teléfonos 2232-6213 / 2235 8425. Tegucigalpa, M.D.C., 06 de diciembre de 2018. LIC. ISIS SCARLETT LAGOS Director General SENASA, por Delegación 8 D. 2018. SAG. SENASA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que ante este Juzgado compareció la señora MAGDA IRIS ÁVILA, en su condición personal, solicitando la Cancelación y Reposición de Título Valor consistentes en: TÍTULO DE CAPITALIZACIÓN, número 5013243646, aperturado en fecha veintinueve de octubre del dos mil quince, mismo que fue abierto en la Sociedad Mercantil denominada BANCO DAVIVIENDA HONDURAS, S.A. (DAVIVIENDA) lo que se pone en conocimiento del público a fin de que puedan presentar oposición por quien justifique tener mejor derecho. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 29 de noviembre del 2018.- ROSA OFELIA MOLINA SECRETARIA ADJUNTA 8 D. 2018. ________ SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A V I S O La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha 23 de octubre de 2018, mediante Resolución No. 091-2018, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA MELON EXPORT, S.A. (SITRAMELEXA), con domicilio en Aldea Santa Rosa de Yuguare, departamento de Choluteca, el cual ha quedado inscrito en el Tomo No. IV, Folio No. 733 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de diciembre de 2018 VILMA E. ZELAYA FERRERA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO 8, 10 y 11 D. 2018. SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha 19 de octubre de 2018, mediante Resolución No. 090-2018, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA SUR AGRICOLA DE HONDURAS, S.A. (SITRASURAGROH), con domicilio en la Aldea Santa Cruz, municipio de Marcovia, departamento de Choluteca, el cual ha quedado inscrito en el Tomo No. IV, Folio No. 734 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de diciembre de 2018. VILMA E. ZELAYA FERRERA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO 8, 10 y 11 D. 2018. ________ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 30 of 36 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 8 D E D I C I E M BRE D E L 2018 N o . 34,815 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 1546- 2018. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, catorce de septiembre de dos mil dieciocho.