VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. 646-15
Acuerdo Ministerial No. 646-15 — Normas sanitarias y fitosanitarias para seguridad alimentaria y productos de exportación
Considerandos
- 1.Que es función del Estado velar y promover la preservación del patrimonio agropecuario nacional mediante la promulgación de disposiciones jurídicas y de otras normas que coadyuven a este fin.
- 2.Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), como ente gubernamental tiene el deber de velar por la seguridad alimentaria de la población de nuestro país y garantizar la inocuidad de productos vegetales de exportación y mediante la adopción de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias.
- 3.Que la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias NIMF 05 Glosario de Términos Fitosanitarios (2005) plaga cuartenaria: Plaga de importancia económica potencial para el área en peligro aun cuando la plaga no esté presente o, si está presente, no está extendida y se encuentra bajo control oficial.
- 4.Que la República de Honduras, es firmante del Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias
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Decreto A-646-15 | 2015
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