VigenteCategoria: Administrativo
4 de febrero de 2014 | Poder Ejecutivo

Resolución — Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Aldea La Jocoza del Río Viejo

Considerandos

  1. 1.La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LA JOCOZA DEL RIO VIEJO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la constitución de las obligaciones contraídas, el precedente que una vez cancelada una organización legalmente constituida pasará a formar parte del Estado; a través de esta Secretaría bajo beneficiencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del manejo de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
  2. 2.Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
  3. 3.Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes, sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
  4. 4.La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
  5. 5.Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción.
  6. 6.De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución que servirá de base acta a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LA JOCOZA DEL RIO VIEJO, la cual será publicada en el Diario Oficial "La Gaceta", copia petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. PAPEL HABILITADO MEDIANTE ACUERDO MINISTERIAL No. 421-2014 DE FECHA 4 DE FEBRERO DE 2014. NOTIFICESE: (F) CUARTA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACION Y DESCENTRALI- ZACION. (D.) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 14 N. 2015:

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