VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 477-2014 | 26 de julio de 2014 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,489
Acuerdo Ejecutivo No. 477-2014 — Acuerdo relacionado con la Hacienda Pública y gestión de bienes del Estado
Considerandos
- 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: "Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley" y el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública estatuye que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: De conformidad con la Constitución de la República forman parte de la Hacienda Pública todos los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado, sus créditos, activos, las disponibilidades líquidas los bienes Fiscales y Culturales, y que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública le corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
- 2.Que mediante Decreto Legislativo No. 27-1-2010 de fecha trece de Enero de Dos Mil Once y publicado en "La Gaceta" Diario Oficial de la República, al dieciocho de Marzo de Dos Mil Once fue creada la Dirección General de Bienes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 26 DE JULIO DEL 2014 No. 33,489
Leyes relacionadas
Acuerdo Ejecutivo No. PCM-477-2014 — Reglamento del Decreto Legislativo Número 274-2010 (sustituido)
Este reglamento regula cómo el Estado vende sus bienes muebles e inmuebles mediante subastas públicas. Establece que los interesados deben presentar garantías, las ofertas se abren en audiencia pública, y el bien se adjudica al mejor postor que iguale o supere el valor base. También organiza la administración estatal de bienes, incluyendo donaciones, permutas, arrendamientos y procedimientos para bienes en el extranjero.
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Este decreto designa instituciones públicas para participar en el Centro Cívico Gubernamental, un proyecto de asociación público-privada con inversión de US$200 millones. Facilita trámites expeditos, transfiere bienes inmuebles estatales al fideicomiso y establece el mecanismo para que estas instituciones transfieran presupuesto anualmente al proyecto, asegurando su operación y mantenimiento.
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Autorización al Procurador General de la República a fin de legalizar el traspaso de dominio a favor del Estado de Honduras del inmueble inscrito a favor de COMPAÑIA AZUCARERA HONDUREÑA, S.A.
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