Acuerdo Ejecutivo No. 264-2014 — Nombramiento de Presidente Ad honorem del Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad
- Decreto: 264-2014
- Publicación: 9 de febrero de 2016
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Nombrar al ciudadano EBAL JAIR DIAZ LUPIAN, en el cargo de Presidente Ad honorem, del Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad.
El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y, presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados y en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PÚBLIQUESE.- Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince días del mes de mayo del año dos mil catorce. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN
Texto completo
ACUERDO No. 264-2014
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades de que está investido, y en aplicación de lo 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
PRIMERO: Nombrar al ciudadano EBAL JAIR DIAZ LUPIAN, en el cargo de Presidente Ad honorem, del Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad.
SEGUNDO: El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y, presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas.
La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados y en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República.
TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial de la República.
COMUNÍQUESE Y PÚBLIQUESE.- Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince días del mes de mayo del año dos mil catorce.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN
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