Acuerdo Ejecutivo No. 031-2016 — Delegación de facultades a Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
Considerandos
- 1.Que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional.
- 2.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República.
- 4.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente del Presidente República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 5.Que el Artículo 8 del Reglamento de
Articulos
Articulo 1
Delegar en la ciudadana MARÍA DOLORES AGUERO LARA, en su condición de Subsecretaria de Estado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional: a) La suscripción de todo tipo de contratos de bienes, servicios y todo lo relacionado con la administración del recurso humano que se requerirán en adelante para; b) La suscripción de todo tipo de Acuerdos Ejecutivos, oficios, notas, solicitudes y demás actos administrativos relacionados al funcionamiento en general de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; c) La suscripción de todo tipo de Convenios Internacionales, Tratados Internacionales y demás actos de nivel internacional de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; y d) De ser necesario, registrar su firma como Titular en cuentas ya abiertas o por aperturar en el Banco Central de Honduras (BCH) y/o en Bancos Comerciales, a nombre de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.
Articulo 2
Las facultades señaladas en el artículo anterior serán ejercidas por la ciudadana MARÍA DOLORES AGUERO LARA, en su condición de Subsecretaría de Estado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, mientras no se nombre Secretario(a) de Estado en esta Secretaría de Estado y, mientras no se le deleguen tales facultades de manera expresa a otro u otros funcionarios públicos que correspondan; debiendo en todo caso cumplir todos los lineamientos e instrucciones que para ese efecto le señale o comunique el señor Presidente de la República.
Articulo 3
En virtud del presente Acuerdo Ejecutivo de Delegación Presidencial, la ciudadana MARÍA DOLORES AGUERO LARA, durante el mismo encuentre vigente, podrá usar, en todos los actos y contratos que suscriba en adelante, la denominación de Secretaría de Estado por Ley.
Articulo 4
El presente Acuerdo Ejecutivo es de Ejecución inmediata y deberá Publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial de la República. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización