VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. DEI-SG-057-2016 | 4 de marzo de 2016

Acuerdo Ejecutivo No. DEI-SG-057-2016 — Acuerdo de la Dirección Ejecutiva de Ingresos

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 351 de la Constitución de la República el Sistema Tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.
  2. 2.Que el Artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública establece que la Administración Pública tiene una conducción estratégica, lo que implica diseñar sus planes, fijar sus objetivos y metas, recaudar los ingresos tributarios, asegurar la coordinación entre los órganos y actividades estatales y ejecutar efectiva y eficientemente los proyectos y programas.
  3. 3.Que el Decreto 17-2010 contenitivo de la Ley de Fortalecimiento de los ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, en su Artículo 56 establece: "En todos los contratos que se celebren en el territorio de la República o aquellos que celebrándose en el extranjero que tengan efectos fiscales y mercantiles en el país, deben contener en los mismos el Registro Tributario de las partes contratantes, o el Registro Tributario Nacional de la o las personas que ejecuten o perfeccionen dichos contratos en el país".
  4. 4.Que el Artículo 71 del Decreto No. 17-2010 antes citado, crea la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), como una entidad desconcentrada.

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