Acuerdo Administrativo No. 001-2016-TSC — Reforma de la Estructura Organizativa del Tribunal Superior de Cuentas
Poder Judicial
- Decreto: 001-2016-TSC
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que el Tribunal Superior de Cuentas está facultado para aprobar su estructura administrativa, creando, modificando o suprimiendo sus dependencias o unidades administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo No. 8 de su Ley Orgánica.
Que es necesaria la revisión de la Estructura Administrativa del Tribunal así como modificar o suprimir funciones o unidades administrativas, con la finalidad de dinamizar y hacer más eficaz y económica la gestión de esta Entidad Fiscalizadora.
Texto completo
ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 001-2016-TSC
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS:
CONSIDERANDO: Que el Tribunal Superior de Cuentas está facultado para aprobar su estructura administrativa, creando, modificando o suprimiendo sus dependencias o unidades administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo No. 8 de su Ley Orgánica.
CONSIDERANDO: Que es necesaria la revisión de la Estructura Administrativa del Tribunal así como modificar o suprimir funciones o unidades administrativas, con la finalidad de dinamizar y hacer más eficaz y económica la gestión de esta Entidad Fiscalizadora.
POR TANTO:
Este Tribunal Superior de Cuentas, en el uso de las facultades que la Ley le confiere:
ACUERDA:
PRIMERO: Reformar la Estructura Organizativa del Tribunal Superior de Cuentas, en lo que corresponde al Nivel Directivo, así:
- a)
Suprimir por Reestructuración Organizativa la DIRECCIÓN EJECUTIVA.
- b)
Se crea la "DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL", como una unidad de apoyo a nivel de Dirección Superior, y la cual estará a cargo de un profesional universitario en el área de las Ciencias Jurídicas y Sociales; su perfil y demás requisitos se consignarán en el Manual Descriptivo de Puestos.
- c)
LA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL, entre sus funciones principales, tendrá la de: Coordinar las relaciones técnica-jurídicas con la Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, Corte Suprema de Justicia y cualquier otra entidad con la cual el Tribunal tenga relaciones por designación de la Ley o por los Acuerdos Interinstitucionales que se firmen al efecto.
SEGUNDO: En consideración a lo anterior, los bienes muebles, archivos, documentación, etc. asignados a la DIRECCIÓN EJECUTIVA, pasarán a cargo de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL. En lo que respecta al personal que labora en la Dirección Ejecutiva, se procederá a realizar las acciones concernientes en lo referente a su reasignación o cancelación considerando el perfil de cada puesto.
TERCERO: Que las funciones que a la fecha son realizadas por la Dirección Ejecutiva, serán reasumidas por el Pleno del Tribunal Superior de Cuentas.
El presente Acuerdo es efectivo a partir de esta fecha.
Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, nueve de diciembre del año dos mil dieciséis.-
Y para efectos de su Publicación en el Diario Oficial La Gaceta, firmo y sello la presente CERTIFICACIÓN, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.- DOY FE.
ALVA BENICIA RIVERA RODRIGUEZ SECRETARIA GENERAL TSC
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