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Acuerdo Ministerial No. 1041-2018 — Delegación de firma de documentos técnicos ambientales a funcionaria de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente

  • Decreto: 1041-2018
  • Categoria: Administrativo

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 36, numerales 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. SEGUNDO: La Delegación de Firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el período del uno (1) de junio al treinta y uno (31) de diciembre del corriente año dos mil dieciocho (2018). TERCERO: La ciudadana MIRIAM GABRIELA OCHOA será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho período. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. QUINTO: Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

Texto completo

ACUERDO No. 1041-2018

EL SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 36, numerales 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

SEGUNDO: La Delegación de Firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el período del uno (1) de junio al treinta y uno (31) de diciembre del corriente año dos mil dieciocho (2018).

TERCERO: La ciudadana MIRIAM GABRIELA OCHOA será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho período.

CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

QUINTO: Hacer las transcripciones de Ley.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.