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Acuerdo Municipal No. 027-2018 — Reforma del Artículo 95 del Plan de Arbitrios del Municipio del Distrito Central

  • Decreto: 027-2018
  • Categoria: Municipal

Considerandos

Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo y legislativo de la Municipalidad y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos de conformidad con la Ley de Municipalidades.

Que de acuerdo a lo establecido en la referida Ley y su Reglamento, las municipalidades están facultadas para establecer tasas por servicios municipales directos o indirectos, ya sean permanentes, regulares o eventuales.-

Que se considerará tasa por servicio municipal el pago que hace a la municipalidad el usuario de un servicio público local el cual ha sido aprobado en el respectivo Plan de Arbitrios.-

Que las Corporaciones Municipales emitirán normas de aplicación general dentro del término municipal, en asuntos de su exclusiva competencia.-

Que ha venido a conocimiento de la Corporación Municipal la propuesta presentada por el señor Alcalde de reformar el Artículo 95 del Plan de Arbitrios vigente en el Municipio del Distrito Central, reformado previamente mediante Acuerdo No.017 del Acta No.013 de fecha diecisiete Derechos Reservados ENAG

Texto completo

ACUERDO No.027.- CONSIDERANDO: Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo y legislativo de la Municipalidad y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos de conformidad con la Ley de Municipalidades.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en la referida Ley y su Reglamento, las municipalidades están facultadas para establecer tasas por servicios municipales directos o indirectos, ya sean permanentes, regulares o eventuales.- CONSIDERANDO: Que se considerará tasa por servicio municipal el pago que hace a la municipalidad el usuario de un servicio público local el cual ha sido aprobado en el respectivo Plan de Arbitrios.- CONSIDERANDO: Que las Corporaciones Municipales emitirán normas de aplicación general dentro del término municipal, en asuntos de su exclusiva competencia.- CONSIDERANDO: Que ha venido a conocimiento de la Corporación Municipal la propuesta presentada por el señor Alcalde de reformar el Artículo 95 del Plan de Arbitrios vigente en el Municipio del Distrito Central, reformado previamente mediante Acuerdo No.017 del Acta No.013 de fecha diecisiete

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