VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. 331-2013 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ministerial No. 331-2013 — Declaratoria de enfermedad de importancia cuarentenaria y prohibición de importación de camarón asiático

Considerandos

  1. 1.Que le corresponde al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), la planificación, normalización y coordinación de todas las actividades a nivel nacional, regional, departamental y local relativas a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de Alimentos.
  2. 2.Que SAG a través del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA) le corresponde planificar y ejecutar acciones para ejercer el control zoosanitario y sanitario sobre importaciones, exportaciones y las distintas fases de desarrollo de la industria acuícola y pesquera nacional, a fin de prevenir controlar y erradicar el ingreso de plagas y enfermedades que afecten el sector agropecuario, el medio ambiente y en consecuencia la economía nacional, así como también certificar la calidad sanitaria y fitosanitaria y la inocuidad de las exportaciones.
  3. 3.Que corresponderá a la SAG por intermedio del SENASA, regular, restringir o prohibir la producción, importación, exportación, movilización interna y existencia de animales, vegetales, sus productos y subproductos e insumos para uso agropecuario, medios de transporte y demás medios que puedan ser portadores y transportadores de plagas, enfermedades y otros agentes perjudiciales a la salud humana y animal, a la sanidad vegetal y el ambiente.
  4. 4.Que a partir del 2010, algunos países Asiáticos (China, Vietnam, Malasia entre otros) reportan la presencia del Síndrome de Mortalidad Temprana / Síndrome de la Necrosis Hepatopancreática Aguda (EMS / AHPNS, por sus siglas en inglés), de etiología desconocida, que provoca una alta mortalidad (90%) de la postlarva de camarón y en consecuencia graves pérdidas económicas para la industria camaronera.
  5. 5.Que Honduras se encuentra libre de esta enfermedad, por lo que se requiere de una acción para prevenir el ingreso, la diseminación y la ocurrencia de esta devastadora enfermedad.

Leyes relacionadas