VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 594-14 | Poder Ejecutivo
Acuerdo Ministerial No. 594-14 — Delegación de atribuciones al Subsecretario de Ganadería para firmar resoluciones administrativas
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que la Ley de la Administración Pública define que para el despacho de los asuntos de su competencia los Secretarios de Estado son asistidos por uno o más Subsecretarios, quienes son sus colaboradores inmediatos.
- 3.Que los Subsecretarios de Estado, son responsables de resolver los asuntos que les delegue el Secretario de Estado; las funciones a su cargo, y la coordinación de las áreas sustantivas que les están atribuidas, de acuerdo a la estructura administrativa prevista en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo PCM-008-97.
- 4.Que el Reglamento supra indicado, establece que para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría de Agricultura y Ganadería cuenta con la Subsecretaría de Agricultura y la Subsecretaría de Ganadería. Correspondiéndole a la Subsecretaría de Ganadería, coordinar y supervisar las actividades de la Dirección General de Sanidad Agropecuaria (SENASA) y la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA).
- 5.Que la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras, le otorga a los Secretarios de Estado las facultades de delegar atribuciones en los Subsecretarios para asuntos concretos.
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