Acuerdo Ejecutivo — Sistema de Medición, Reporte y Verificación (MRV) del sector forestal
Articulos
Articulo 1
: Oficializar e institucionalizar el Sistema de Medición, Reporte y Verificación (MRV) del sector forestal dentro del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF). Para ello, se establece una estructura organizativa clara con roles específicos para recopilar, gestionar, analizar y reportar los datos relevantes en el contexto nacional e internacionales de cambio climático. Asimismo, se aprueba el Manual Institucional de Roles y Funciones para el Sistema MRV del sector Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura (UTCUTS), firmado el veinte (20) de enero de 2026.
Articulo 2
: El diseño conceptual del Sistema de Medición, Reporte y Verificación (MRV) del Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura (UTCUTS) se fundamenta en las disposiciones del Acuerdo de París y el Marco de Transparencia Reforzado (ETF por sus siglas en inglés).
Articulo 3
: El presente Acuerdo es de cumplimiento obligatorio para todas las dependencias del ICF involucradas en la generación, gestión, control de calidad y reporte de información relacionada con el sistema MRV forestal, en cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales.
Articulo 4
: Se establece la siguiente jerarquía operativa para el sistema MRV: A. Coordinación general: La Unidad de Gestión Forestal de Cambio Climático (UGFCC) será responsable de la coordinación general y del aseguramiento de la operatividad y alineación funcional de todas las instancias participantes del sistema MRV, promoviendo la eficiencia, transparencia y mejora continua. B. Equipo operativo: Integrado por las dependencias del ICF responsables de la recopilación, gestión, análisis y reporte de datos relevantes para el sistema MRV. 1. La Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión - UPEG 2. La Oficina Coordinadora de Proyectos - OCP 3. Centro de Información y Patrimonio Forestal – CIPF 4. Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal - DMDF 5. Las Oficinas Regionales Forestales y Locales del ICF
Articulo 5
: Los roles y responsabilidades de los actores del sistema MRV son los siguientes: A. Unidad de Gestión Forestal de Cambio Climático (UGFCC): -- 33 of 40 -- 1. Coordinación del Proceso de Recopilación: Lidera el proceso integral de recopilación de información relevante para la elaboración de los reportes del sistema MRV, estableciendo cronogramas, procedimientos y mecanismos de articulación entre las distintas dependencias. 2. Control de Calidad y Validación: Es responsabilidad de la UGFCC implementar controles de calidad sobre la información recabada, asegurando el cumplimiento de los principios rectores de las modalidades, procedimientos y directrices (MPG) sobre la transparencia, la exactitud, la exhaustividad, la coherencia y la comparabilidad de la información reportada. 3. Estimación del Inventario de GEI: La UGFCC en conjunto con el Centro de Información y Patrimonio Forestal / Unidad de Monitoreo Forestal (UMF) y el Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal (DMDF)/Responsable del Inventario Nacional Forestal (INF), realizará la estimación de las emisiones antropogénicas por las fuentes y de absorciones por los sumideros de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel nacional, así como las asociadas a proyectos con componente de carbono en el sector UTCUTS. 4. Consolidación y Reporte: La UGFCC consolidará los datos y elaborará reportes periódicos con los insumos recibidos por parte del resto de dependencias del ICF, garantizando su alineación con los requerimientos y compromisos nacionales e internacionales bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y otros acuerdos multilaterales. 5. Elaboración y/o Actualización de Lineamientos Técnicos y Metodológicos: La UGFCC emitirá lineamientos técnicos y operativos para asegurar el funcionamiento eficiente y la mejora continua del sistema MRV, promoviendo la capacitación y actualización técnica del personal involucrado. 6. En acompañamiento de la OCP, liderar la gestión de financiamiento necesario para el desarrollo de los procesos de elaboración de informes periódicos, base de datos, metodologías, plataformas de almacenamiento y registro entre otras actividades. 7. Además, otras responsabilidades que se desliguen de los reglamentos relacionados como la Ley de Cambio Climático y el reglamento de la Ley de Transacciones de Carbono Forestal para la Justicia Climática. B. Centro de Información y Patrimonio Forestal (CIPF) / Unidad de Monitoreo Forestal (UMF): 1. Generación de Datos de Actividad: La UMF es responsable de diseñar e implementar sistemas de monitoreo sobre cambios de cobertura y uso de la tierra. Con base en este monitoreo, la UMF en coordinación con la UGFCC, generará los datos de actividad requeridos por el sistema MRV incluyendo las estimaciones de las incertidumbres asociadas a los datos de actividad y apoyará a la UGFCC en el control de calidad de los datos. 2. Estimación del Inventario de GEI: La UMF apoyará a la UGFCC en la estimación y control de calidad de las emisiones antropogénicas por las fuentes y de absorciones por los sumideros de gases de efecto invernadero (GEI) del sector UTCUTS. 3. Documentación de Procesos Metodológicos: Deberá describir y documentar los procesos metodológicos utilizados para la generación de -- 34 of 40 -- datos de actividad, garantizando la transparencia del proceso. 4. Transferencia de Información: Deberá proporcionar toda la información requerida por la UGFCC en tiempo y forma de acuerdo con el cronograma de los compromisos nacionales e internacionales. 5. Revisión Metodológica: Colaborará con la UGFCC en la revisión y actualización metodológica de los procedimientos, adaptándose a nuevas guías o exigencias internacionales. C. Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal (DMDF) / Responsable del INF: 1. Generación y Cálculo de Factores de Emisión: El DMDF/INF en coordinación con la UGFCC, definirá, actualizará y validará los factores de emisión y las incertidumbres asociadas, empleados en los reportes nacionales, asegurando rigor técnico y científico. 2. Documentación de Procesos Metodológicos: Deberá describir y documentar los procesos metodológicos utilizados para la generación de los factores de emisión, garantizando la transparencia del proceso. 3. Estimación del Inventario de GEI: El DMDF/ INF apoyará a la UGFCC en la estimación y control de calidad de las emisiones antropogénicas por las fuentes y de absorciones por los sumideros de gases de efecto invernadero (GEI) del sector UTCUTS. 4. Transferencia de Información: Deberá proporcionar toda la información requerida por la UGFCC en tiempo y forma de acuerdo con el cronograma de los compromisos nacionales e internacionales. 5. Revisión Metodológica: Colaborará con la UGFCC en la revisión y actualización metodológica de los procedimientos, adaptándose a nuevas guías o exigencias internacionales. 6. Proveedor de Información: Proveer información para apoyar la interpretación de parcelas de muestreo en el marco del Inventario de Gases del Sector UTCUTS y otras solicitadas por la UGFCC de acuerdo con sus competencias. D. Oficina Coordinadora de Proyectos (OCP): 1. Elaboración de Reportes: Apoyará a la UGFCC en la elaboración del resumen de la información sobre la forma en que se estén abordando y respetando las salvaguardas REDD+ en su cartera de proyectos. 2. Información Sobre Acciones de Cambio Climático: Proveer a la UGFCC de la información solicitada sobre proyectos que ejecuta ICF en el ámbito de cambio climático. 3. Información Sobre el Apoyo Recibido y Requerido: Proveer información sobre el apoyo recibido y requerido en términos de financiamiento, desarrollo, transferencia de tecnología y el fomento de capacidades. 4. Diseño de Propuesta de Proyectos Sobre Acciones de Cambio Climático: Deberá presentar las iniciativas de proyectos con este enfoque (en su etapa de formulación), a la UGFCC quien brindará asistencia y retroalimentación, de tal manera, que estén alineadas con los compromisos nacionales e internacionales del sistema MRV y CMNUCC. 5. Acompañará a la UGFCC en la gestión de financiamiento necesario para el desarrollo de los procesos de elaboración de informes periódicos, -- 35 of 40 -- bases de datos, metodologías, plataformas de almacenamiento y registro entre otras actividades. E. Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión (UPEG): 1. Información Sobre Acciones de Cambio C l i m á t i c o : A s e g u r a r l a i n c o r p o r a c i ó n de actividades de cambio climático en los instrumentos de planificación estratégica sectorial e institucional. 2. Información Sobre el Apoyo Recibido y Requerido: Proveer información sobre el apoyo recibido y requerido en términos de financiamiento, desarrollo, transferencia de tecnología y el fomento de capacidades. 3. Sobre la Gestión de Información: Asegurar de incluir la interpretación de las parcelas de InfoCarbon y validaciones en campo como metas en los POAs de los departamentos, unidades de apoyo y regionales forestales (involucradas en el proceso). F. Oficinas regionales, locales, otros departamentos técnicos y unidades 1. Brindar información y apoyo técnico para la interpretación de las unidades de muestreo en marco del Inventario Nacional Forestal (INF) e InfoCarbon. 2. Brindar toda la información requerida por la UGFCC en el marco de sus competencias.
Articulo 6
: Disposiciones finales. 1. Todas las dependencias del ICF incluirán en sus Planes Operativos Anuales (POA), las actividades que se enmarcan dentro de sus competencias y que están definidas en el presente acuerdo. 2. Todas las dependencias involucradas deberán mantener canales de comunicación y colaboración efectivos, contribuyendo al fortalecimiento y sostenibilidad del sistema MRV. 3. Se garantizará la trazabilidad, integridad y transparencia de los datos y procesos gestionados en el sistema MRV, facilitando la rendición de cuentas y el acceso a la información. 4. El sistema MRV estará sujeto a procesos periódicos de evaluación y mejora, bajo la coordinación de la UGFCC, para asegurar su actualización técnica y relevancia estratégica ante los desafíos nacionales e internacionales del cambio climático.
Articulo 7
: El presente Acuerdo podrá ser revisado en cualquier tiempo y reformado o derogado mediante acuerdo de la máxima autoridad del ICF.
Articulo 8
: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y se publicará en el Diario Oficial La Gaceta y de la página web institucional. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la Ciudad de Comayagüela, M. D. C., a los 08 días del mes de abril de 2026. ING. JOSÉ ARMANDO RAMÍREZ MEJÍA DIRECTOR EJECUTIVO ICF ABG. EDWIN OMAR ROMERO SECRETARIO GENERAL DE ICF -- 36 of 40 -- Poder Legislativo