VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 331-2026 | 8 de junio de 2026 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 37,162

Acuerdo Ejecutivo No. 331-2026 — Autorización para suscribir Acuerdo de Financiamiento con la Asociación Internacional de Fomento

Considerandos

  1. 1.Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada, y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. A ese efecto, el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
  2. 2.Que el artículo 248 de la Constitución de la República en su párrafo primero establece, que los decretos, reglamentos, acuerdos, órdenes y providencias del Presidente de la República, deberán ser autorizadas por los Secretarios de Estado en sus respectivos ramos o por los Subsecretarios en su caso. Sin estos requisitos no tendrá fuerza legal.
  3. 3.Que el Decreto No.83-2004 que contiene la Ley Orgánica del Presupuesto, en su artículo 73 establece que la negociación de los empréstitos del Sector Público corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por medio de la Dirección General de Crédito Público, de conformidad a los lineamientos contenidos en esta Ley y demás leyes aplicables. En la negociación se definirán las condiciones contractuales, como ser: Destino del financiamiento, plazos de amortización, período de gracia, tasas máximas de interés y moneda para el pago, sin perjuicio de las demás condiciones que son propias en esta clase de negociación.
  4. 4.Que el Decreto No.62-2026 que contiene el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales vigentes, en su artículo 36 párrafo tercero establece que el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) está autorizado a suscribir empréstitos en el marco de los techos de endeudamiento establecidos en la Política de Endeudamiento Público y en línea con el Marco MacroFiscal de Mediano Plazo -- 15 of 68 -- (MMFMP), debiendo ser remitidos al Congreso Nacional para su posterior aprobación.
  5. 5.Que Honduras enfrenta importantes desafíos económicos derivados del deterioro de los términos de intercambio internacionales, particularmente por el incremento sostenido en los precios de los combustibles y la energía, situación que ha generado presiones sobre las finanzas públicas, la balanza de pagos y el bienestar de la población, especialmente de los sectores más vulnerables, debido al aumento de costos en transporte, electricidad, alimentos y otros bienes esenciales.
  6. 6.Que el Gobierno de la República ha implementado medidas temporales orientadas a mitigar los impactos sociales y económicos derivados del aumento en los precios internacionales de los combustibles y la energía, incluyendo mecanismos de estabilización de precios de combustibles y gas licuado de p e t r ó l e o ( G L P ) , s u b s i d i o s focalizados en el sector eléctrico, programas de apoyo social y medidas de eficiencia energética, con el propósito de preservar la estabilidad macroeconómica y proteger a la población hondureña.
  7. 7.Que el Gobierno de la República de Honduras ha solicitado a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) un Financiamiento S u p l e m e n t a r i o a l “ P r i m e r Financiamiento para Políticas de Desarrollo sobre Transparencia y Sostenibilidad Fiscal y Climática”, con el propósito de contribuir a cerrar las brechas de financiamiento fiscal y externo generadas por el impacto económico derivado del incremento en los precios internacionales de la energía y preservar la continuidad del programa de reformas estructurales impulsado por el Gobierno.
  8. 8.Que el Financiamiento Suplementario solicitado permitirá fortalecer la estabilidad macroeconómica del país, respaldar la implementación de reformas orientadas a la transparencia fiscal, sostenibilidad financiera y resiliencia climática, así como mantener la continuidad de programas sociales y medidas de protección a la población vulnerable, contribuyendo además al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible y de los compromisos internacionales -- 16 of 68 -- asumidos por Honduras en materia climática y fiscal.
  9. 9.Que el Gobierno de la República mantiene su compromiso con la implementación de reformas orientadas al fortalecimiento de la transparencia tributaria, la sostenibilidad fiscal, la eficiencia energética, la gestión de riesgos climáticos y la sostenibilidad financiera del sector público, en coordinación con organismos financieros internacionales y socios para el desarrollo, en beneficio de la estabilidad económica y social del país.
  10. 10.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2026 de fecha 27 de enero de 2026, el señor Presidente Constitucional de la República nombró al ciudadano ROBERTO ENRIQUE CHANG LÓPEZ, en el cargo de Subsecretario de Finanzas y Presupuesto.

Articulos

Articulo 1

Autorizar al Abogado EMILIO ENRIQUE HERNÁNDEZ HÉRCULES, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas y/o a la Licenciada LILIAM ODALIS RIVERA OCHOA, en su condición de Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras pueda suscribir un Acuerdo de Financiamiento con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), hasta por un monto de Ciento Veinticinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (USD125,000,000.00) destinado a la ejecución del “Préstamo Suplementario para el Primer Financiamiento de Políticas de Desarrollo sobre Transparencia y Sostenibilidad Fiscal y Climática”.

Articulo 2

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente Constitucional de la República de Honduras ROBERTO ENRIQUE CHANG LÓPEZ Subsecretario de Finanzas y Presupuesto Acuerdo No. 023-2026 -- 17 of 68 -- Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

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