VigenteCategoria: Municipal
Decreto No. 8-2026 | 27 de mayo de 2026 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 37,152

Acuerdo No. 8-2026 — Modificación No. 3 del Contrato de Ampliación de la Intersección Anillo Periférico - Calle Los Alcaldes

Articulos

Articulo 8

Aprobar en todas y cada una de sus partes la modificación No. 3 del CONTRATO No. 003/GLA/AMDC/2024.- CÓDIGO No. 3354 “AMPLIACIÓN D E L A I N T E R C E P C C I Ó N ANILLO PERIFERICO”- CALLE L O S A L C A L D E S ( S A L I D A A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO D E L D I S T R I T O C E N T R A L , DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN” Licitación Pública Nacional No. LPUNO-017-AMDC- 153-2023, suscrito el 06 de Enero del año 2026 entre la Municipalidad del Distrito Central (AMDC) denominado el Contratante y Sociedad Mercantil INGENIEROS CALONA DE HONDURAS, S. de R.L. de C.V. (INCAH), denominado el Contratista, mismo que literalmente dice: “MODIFICACIÓN № 3. CONTRATO N o . 0 0 0 3 / G L A / A M D C / 2 0 2 4 . - CÓDIGO No. 3354. “AMPLIACIÓN DE LA INTERSECCIÓN ANILLO PERIFÉRICO - CALLE LOSALCALDES (SALIDA A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”. LPN No. LPuNO-017-AMDC-153-2023. Nosotros, J O R G E A L E J A N D R O A L D A N A BARDALES, mayor de edad, soltero, Licenciado en Periodismo, hondureño y de este domicilio, con Documento Nacional de Identificación número 0801- 1975-02901, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, y en consecuencia Representante Legal de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, nombrado para tal cargo mediante Acta Especial de Juramentación número 001- GDFM-2022 de fecha veinticinco de enero de dos mil veintidós (2022), quien para los efectos Legales de esta Modificación se denominará “EL CONTRATANTE” y el señor ABRAHAM ANTONIO CALONA HERRERA, de nacionalidad hondureña, Mayor de edad, portador del Documento Nacional de Identificación No. 0501- 1966-09935 y de este domicilio, quien actúa en su condición de Representante L e g a l d e l a S o c i e d a d M e r c a n t i l denominada INGENIEROS CALONA DE HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. (INCAH), Representación que se acredita mediante Instrumento Público No. 379 de -- 163 of 196 -- fecha 23 de agosto del año 2008; autorizado por el Abogado y Notario Marco Aurelio Castro Hernández, e inscrito bajo el N° 34, Tomo: 740 del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado IP., legalmente Constituida mediante Testimonio de Instrumento Público No. 16 de fecha 06 de abril del año 1987, autorizado por el Notario Ramón Alfredo Silva Ortega e Inscrito bajo el No. 98, Tomo 195 del Registro de Comerciantes Sociales, Cambio de Gerente General a favor OSCAR ORLANDO CALONA HERRERA, de Nacionalidad hondureña, Mayor de edad, con Documento Nacional de Identificación No. 0801-1957-05310, en su condición de Gerente General de la sociedad mercantil denominada INGENIEROS CALONA DE HONDURAS, S. DE R.L. de C.V. (INCAH), Representación que se acredita mediante Instrumento Público No. 369 de fecha 25 de Julio del año 2024; Autorizado por el Abogado y Notario Lydia María Torres Madariaga e inscrito bajo el No. 92232, Matrícula: 69093 de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa, Centro Asociado I.P.; quien para efectos de este Modificación en adelante denominado “EL CONTRATISTA”. por la otra parte; por cuanto hemos acordado celebrar la presente Modificación No. 3 al Contrato para el proyecto denominado “AMPLIACIÓN DE LA INTERSECCIÓN ANILLO PERIFÉRICO - CALLE LOS ALCALDES (SALIDA A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”, con Código N° 3354; de acuerdo a los términos siguiente: DEFINICIONES.- Siempre que en la presente modificación se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación: 1.- EL CONTRATANTE: Alcaldía Municipal del Distrito Central 2.- EL CONTRATISTA: I N G E N I E R O S C A L O N A D E HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. (INCAH) 3.- UNIDAD EJECUTORA: Dirección de Control y Seguimiento 4.- FINANCIAMIENTO: Fondos Municipales CONSIDERANDO #1: Que la Alcaldía Municipal del Distrito Central suscribió el CONTRATO No. 0003/GLA/ -- 164 of 196 -- AMDC/2024., con fecha Quince (15) del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), entre el señor Alcalde Municipal del Distrito Central y la Empresa INGENIEROS CALONA DE HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. (INCAH), por un monto de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO LEMPIRAS CON 29/100 (L. 498,868,585.29), y en un plazo de ejecución de de Trescientos Sesenta y Cinco (365) días calendario. CONSIDERANDO #2: Que la fecha de orden de inicio del proyecto fue el Veinticinco (25) de junio del año dos mil veinticuatro (2024) y con fecha de finalización el Veinticinco (25) de junio del año dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO #3: Que en fecha Cinco (05) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) se suscribió la Modificación N° 1 al Contrato original mediante el cual se está realizando una Readecuación de Cantidades de Obra. CONSIDERANDO #4: Que en fecha Treinta (30) de mayo del año dos mil veinticinco (2025) se suscribió la Modificación No. 2 al Contrato original mediante el cual hubo ampliación de Plazo de 195 días calendarios, siendo un plazo total de Quinientos sesenta y dos (562) días calendario siendo la nueva fecha prevista de Terminación de la obra el 08 de enero del 2026. CONSIDERANDO #5: Que en fecha Cinco (05) de enero de Dos mil Veintiséis (2026), la empresa contratada para la ejecución del proyecto, envió nota a la empresa Supervisora de solicitud de Modificación No. 3 del CONTRATO No. 0003/GLA/AMDC/2024, del Proyecto: “AMPLIACIÓN DE LA INTERSECCIÓN ANILLO PERIFÉRICO - CALLE LOS ALCALDES (SALIDA A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”, con Código N° AMDC-3354, por medio de la cual solicitan prórroga a la fecha prevista de terminación de las obras de 78 días, a partir del 09 de febrero por lo cual la nueva fecha de finalización de las obras seria el 28 de abril del 2026, esto por causa de afectación por lluvias, CONSIDERANDO #6: Que la supervisión remitió a la Dirección de Control y Seguimiento en fecha Seis (06) de enero del año Dos mil veintiséis (2026) informe especial de la solicitud de Modificación No. 3, al CONTRATO No. 0003/GLA/AMDC/2024, del Proyecto: “AMPLIACIÓN DE LA INTERSECCIÓN ANILLO PERIFÉRICO - CALLE LOS ALCALDES (SALIDA A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”, que servirá de soporte para la aprobación y legalización de la Modificación No. 3 del Contrato de Construcción del proyecto de la referida. -- 165 of 196 -- CONSIDERANDO #7: Que la Dirección de Control y Seguimiento remite solicitud de Modificación No. 3 por Ampliación de Tiempo del CONTRATO No. 0003/GLA/ AMDC/2024,.- CÓDIGO No, 3354 “AMPLIACIÓN DE LA INTERSECCIÓN ANILLO PERIFÉRICO - CALLE LOS ALCALDES (SALIDA A LEPATERIQUE); EN EL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”, suscrito entre la Alcaldía Municipal del Distrito Central y la empresa INGENIEROS CALONA DE HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. (INCAH), Dicha modificación fue revisada y aprobada por la Unidad Ejecutora mediante Resumen Ejecutivo de fecha Seis (06) de enero del año dos mil veintiséis (2026) y memorándum AMDC-DCS-0003-2026, el informe emitido por la supervisión; por lo que esta modificación al contrato está debidamente justificada y soportada conforme a lo siguiente: En la presente modificación No.3 se toma del análisis por parte de la supervisión de la solicitud realizada por parte de la empresa contratista basada en dos eventos compensables durante la ejecución del proyecto de acuerdo a lo establecido en las condiciones generales del contrato en el transcurso de ejecución del proyecto. La justificación técnica del análisis realizado por la supervisión según lo expuesto por el Contratista, el Contratista argumenta que, según los registros de precipitación en la zona, oficializados por la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO) a través de las constancias emitidas por el Centro de Estudios Atmosféricos, Oceanográficos y Sísmicos (CENAOS), se registraron 78 días de lluvias entre abril -noviembre de 2025 de los cuales la supervisión aprobó 78 días. De acuerdo con su evaluación, estas precipitaciones afectaron por completo el desarrollo de las actividades programadas del proyecto, ocasionando retrasos en su ejecución. Con el afán de prever contratiempos que afecten de manera critica el desenvolvimiento de las actividades del proyecto, en el análisis presentado por la supervisión se detalla la justificación de esta modificación No.3 al contrato. Por esta razón se emite la Modificación No.3 para asegurar que se realicen los trabajos planificados y garantizar la finalización del proyecto con la calidad requerida en su totalidad. CAUSALES DE LA JUSTIFICACIÓN: Esta DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO, toma como base el informe especial de esta modificación presentado por la supervisión, detallando los causales que dieron lugar a la presente, incurriendo en un incremento en el plazo y manteniendo el monto contractual de conformidad a lo establecido en el artículo No.125 de la Ley de Contratación del Estado y el artículo 187 del reglamento respectivamente conformidad con las Condiciones Generales del Contrato, Numeral 28 (Prórroga) Numeral 44 (eventos compensables). En virtud de lo anteriormente expuesto, y considerando que la fecha de culminación contractual esta establecida para el -- 166 of 196 -- 08 de enero de 2026, y que la modificación No.3 al contrato de construcción impacta de forma directa en el Plazo de Ejecución, mediante el presente documento se solicita la ampliación del Plazo de ejecución por 78 días calendario. No obstante, dado que el tiempo propuesto sobrepasa el 25 de enero de 2026, esta modificación No.3 requiere la aprobación del Congreso Nacional, en virtud de lo que dispone la normativa legal. La presente solicitud de modificación está dentro del marco legal dado que es potestad de la Administración ampliar los contratos de Obra Pública, con apego a lo que indica la Ley de Contratación del Estado, particularmente lo señalado en los ARTÍCULOS 121, 122, 123 y 125 de dicha Ley y

Articulo 202

y 203 del reglamento de la Ley de Contratación del Estado de dicha Ley y de conformidad con las Condiciones Generales del Contrato, Numeral 28 (Prórroga de plazo) Numeral 44 (eventos compensables (h)).De ser aprobada la solicitud de ampliación de tiempo de setenta y ocho(78) días calendarios adicionales, el proyecto estaría finalizando el 28 de abril de 2026, fecha en que el contratista deberá completar todas las actividades de la obra. De acuerdo al análisis técnico realizado por la supervisión de cada una de las actividades contractuales modificadas, se DICTAMINA que es PROCEDENTE la aprobación de dicha modificación No.3 en la ampliación de plazo del Contrato No. 0003/ GLA/AMDC/2024, LPN NoLPuNO-017-AMDC-153-2023, Código 3354, correspondiente al proyecto: “Ampliación de la Intersección Anillo Periférico-Calle Los Alcaldes (Salida a Lepaterique); en el Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán”. CONSIDERANDO #8: Que del análisis que llevó a cabo la Dirección de Control y Seguimiento y el supervisor, se recomienda incrementar el plazo del contrato. CONSIDERANDO #9: Fundamentamos esta solicitud presentada por el contratista en los artículos 119 numeral 2), 121, 122, 123 y 125 de la Ley de Contratación del Estado, 202, 203 Párrafo primero, 205 y 240 inciso a) del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y lo indicado en el Inciso A (Control de Plazo) numeral 28 (Prórroga de fecha prevista de Terminación), Numeral 44 (eventos compensables (h) de las Condiciones Generales del Contrato. POR TANTO: En base a los artículos enunciados en el Considerando #9 las partes convienen en suscribir la presente Modificación No. 3 de conformidad con las estipulaciones siguientes: PRIMERA: Se modifica la Cláusula Tercera del contrato que deberá leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA TERCERA: PLAZO Y ORDEN DE INICIO: PLAZO: EL CONTRATISTA se obliga a construir la obra contratada con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, -- 167 of 196 -- de acuerdo con el Programa de Trabajo aprobado, en un plazo de Seiscientos setenta y dos (672) días calendario. ORDEN DE INICIO: Sera la fecha indicada por la Dirección de Control y Seguimiento. Nueva fecha de finalización el 28 de abril de 2026. SEGUNDA: Así mismo el Contratista deberá ampliar la Garantía de Cumplimiento de Contrato en tres (3) meses después de la nueva fecha de Terminación del contrato. TERCERA: Todas las disposiciones y Cláusulas contenidas en el contrato original, que no se alteren mediante esta Modificación No.3 al Contrato, continúan en vigencia con su pleno valor y efecto. EN TESTIMONIO de lo cual las partes firmamos la presente Modificación No. 3 en Dos Ejemplares Originales, de conformidad con las Leyes de la República de Honduras, a los Seis (06) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026). (F Y S) Jorge Alejandro Aldana Bardales Alcalde Municipal EL CONTRATANTE (F Y S) Oscar Orlando Calona Herrera Ingenieros Calona de Honduras, S. de R.L. de C.V. (INCAH) RTN: 08019995293533

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