Acuerdo Ejecutivo No. 13-2026 — Otorgar Ascenso al Grado inmediato superior del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Subteniente a Teniente de Bomberos
Considerandos
- 1.Que de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Constitución de la República, la Presidenta Constitucional de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, por lo que tiene dentro de sus atribuciones la facultad de emitir Acuerdos y Decretos Ejecutivos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley.
- 2.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República, es una Entidad desconcentrada del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, siendo una institución técnica de derecho público, apolítica, profesional, especializada y permanente, cuya misión institucional es la de ejercer las funciones de Bomberos estatales de manera exclusiva, en todo el territorio nacional y como actor participante de la seguridad pública.
- 3.Que la Ley del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, otorga la facultad al Presidente de la República, por intermedio del Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, para otorgar los grados que correspondan a la escala de Oficiales Superiores y Subalternos de la carrera de Bomberos, previa selección por rigurosa evaluación y -- 9 of 208 -- aprobación del Nivel de Supervisión y Control General, de conformidad a lo que determine el Reglamento Especial de Ascensos.
- 4.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter técnico especializado, por consiguiente, los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la Organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus Reglamentos.
- 5.Que en Asamblea Ordinaria No. 01- 2026 del Nivel de Supervisión y Control General del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, celebrada en fecha siete de enero del año dos mil veintiséis (2026), se aprobó en punto único de acta la propuesta de Ascensos para Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos del Cuerpo de Bomberos.
Articulos
Articulo 19
numeral 7, Título II capítulo II artículo 50 y 51, Título VI capítulo I artículo 79 del Decreto Legislativo No. 56-2019 contentivo de la Ley de Bomberos de la República de Honduras, publicado en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras en fecha 20 de febrero del 2020. ACUERDA PRIMERO: Otorgar Ascenso al Grado inmediato superior al personal del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Honduras así: De Subteniente a Teniente de Bomberos a sesenta y uno (61) ciudadanos: 1. JOSÉ GASPAR MORALES SABILLÓN 2. SAYDA PATRICIA ARAUZ MARTÍNEZ 3. MARTIN DARÍO AGUILAR PEÑA 4. WANNER ANTONIO ESPINOZA MATUTE 5. GABRIEL CHACÓN FAJARDO 6. RAMON CONCEPCIÓN MARADIAGA PINEDA 7. WILFREDO CABALLERO CÁCERES 8. YESICA ARACELY CACHO 9. CARLOS ALBERTO MEJÍA MONCADA 10. JOSÉ MAURICIO BUESO VALLECILLO 11. OLVIN MANUEL ZÚNIGA MEJÍA 12. HÉCTOR DAVID AGUILAR BERNHARD 13. ROGER ANTONIO ESTRADA PÉREZ 14. WALTER JOSUÉ ORDOÑEZ GARCIA 15. SANTOS ALEJANDRO ZÚNIGA MENDOZA 16. MIGUEL MAURICIO GARCÍA 17. COSME EMILIANO RUÍZ IRÍAS 18. VÍCTOR DANIEL PINEDA AGUILAR -- 10 of 208 -- 19. CARLOS ROBERTO MEJÍA 20. CARLOS OLIVA DIAZ 21. LUIS RICARDO VALLEJO MENDOZA 22. SERGIO ROBERTO GUERRERO DURÁN 23. SEBASTIÁN VÁSQUEZ LÓPEZ 24. ORLIN ALEXANDER GÓMEZ GÓMEZ 25. LUIS ROLANDO NÚÑEZ ZELAYA 26. VÍCTOR MANUEL MEJÍA RAMOS 27. ROLANDO ANTONIO RUIZ MENCÍA 28. MARCOS ZAMIR CRUZ ROSALES 29. JULIO SALVADOR MIRALDA MICEN 30. JOCÍAS EVEBMELEC MONTOYA MURILLO 31. FRANCISCO ANTONIO RODRÍGUEZ MEZA 32. NELSON ANDRÉS GARCÍA GÓMEZ 33. JOSUÉ ISAÍAS LEIVA GARCÍA 34. NEPTALY ALEXIS MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ 35. CELSO ADONIAS PAZ HERNÁNDEZ 36. EDWIN JOEL VÁSQUEZ CONTRERAS 37. HÉCTOR GUSTAVO MALDONADO DAVID 38. JOSÉ RAMÓN SARAVIA SANTOS 39. JOSÉ EVELIO ALVARADO EUCEDA 40. CARLOS RUBÉN CRUZ GUEVARA 41. SANTOS ISAUL ALVARENGA MENA 42. ALIX ARNALDO RAMÍREZ MIDENCE 43. VÍCTOR MANUEL TORRES MOLINA 44. ABRAHAN NOE AMADOR GODOY 45. ENRIQUE CHÁVEZ ALVARADO 46. MELVIN ERNALDO PERDOMO QUINTANILLA 47. LARRY ABRAHAM AGUILERA MONTOYA 48. EDWIN RENE RAUDALES VARELA 49. ENNER ABRAHAM BLANCO RAMÍREZ 50. JOSÉ LEOBIGILDO SALGADO 51. ELVIS ANTONIO MUNGUÍA FLORES 52. DARWYN ENRIQUE VELÁSQUEZ GARCÍA 53. DANIEL ENRIQUE FLORES ELVIR 54. DARVIN ALEXIS MARTÍNEZ OCHOA 55. JAYRO LENNIN RODRÍGUEZ PONCE 56. CESAR LOBSANG EUCEDA SIBAJA 57. RENAN EDUARDO PONCE MATUTE 58. OSCAR ROLANDO CANACA ARRAZOLA 59. RITA MARINETH MEJÍA ANDREWS 60. MARCO ANTONIO AGUILAR BLANCO 61. CARLOS ENRIQUE BARAHONA FONSECA. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República de Honduras HEIDY BARAHONA ALACHAN Subsecretaria de Estado en el Despacho de Justicia. -- 11 of 208 -- Poder Ejecutivo