Acuerdo Ejecutivo No. SEDH-002-2024 — Autorización a la Procuraduría General para Litigio ante Corte Interamericana - Caso Trabajadoras de Maquilas Textiles
Poder Ejecutivo
- Decreto: SEDH-002-2024
- Publicación: 22 de enero de 2026
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 37,050
- Categoria: Internacional y Tratados
Considerandos
Que de conformidad a la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo, la Presidenta de la República, teniendo entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley (artículo 235, 245 numerales 2) y 11).
Que la Constitución de la República establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley (artículo 228).
Que de acuerdo a la Constitución de la República, los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia (artículo 247).
Que la Ley General de la Administración Pública, dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en
Texto completo
ACUERDO EJECUTIVO No. SEDH-002-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo, la Presidenta de la República, teniendo entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley (artículo 235, 245 numerales 2) y 11). CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley (artículo 228). CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Constitución de la República, los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia (artículo 247). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública, dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en