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Decreto No. 184-2022 | 8 de marzo de 2022

Resolución No. 184-2022 — Aprobación de reformas a las Normas para la Evaluación y Clasificación de la Cartera Crediticia

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Resumen

Esta resolución actualiza las normas que usan los bancos y aseguradoras para evaluar y clasificar los préstamos según su riesgo de impago. Establece cinco categorías (desde créditos buenos hasta pérdida) y porcentajes de reserva que deben guardar las instituciones según el tipo de préstamo, garantía y días de atraso. Busca que el sistema financiero hondureño sea más transparente y seguro.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13, numerales 1), 2) y 10) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, corresponde a este Ente Supervisor dictar las normas prudenciales que se requieran para la revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización de las Instituciones Supervisadas, para lo cual se basará en la legislación vigente y en acuerdos y prácticas internacionales. Asimismo, corresponde a esta Comisión establecer los criterios que deben seguirse para la valoración de los activos y pasivos y para la constitución de provisiones por riesgos con el objeto de preservar y reflejar razonablemente la situación de liquidez y solvencia de las Instituciones Supervisadas, para lo cual actuará de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las normas y prácticas internacionales.
  2. 2.Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), mediante Resoluciones GES No.055/28-01-2020, GES No.209/08-05-2020, GES No.470/21-06-2021 y GRD No.045/19-01-2022, aprobó las reformas a las “NORMAS PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LA CARTERA CREDITICIA”, las cuales tienen por objeto establecer procedimientos para que las Instituciones Supervisadas que realizan operaciones de crédito, evalúen y clasifiquen el riesgo asumido, a efecto de determinar la razonabilidad de las cifras presentadas en sus estados financieros, constituyendo oportunamente las estimaciones por deterioro requeridas. Dichos procedimientos buscan clasificar los activos crediticios según el riesgo asumido y el grado de deterioro de las operaciones de crédito.
  3. 3.Que la Comisión, mediante Resolución GES No.662/29-12-2020, aprobó el Marco Integral de Supervisión Basada en Riesgos (MISBR) para el Sector Financiero, Asegurador y Previsional Público, con el objetivo de establecer un enfoque de Supervisión dinámico y prospectivo que permita identificar oportunamente los eventos actuales y potenciales, que puedan afectar el perfil de riesgos de las Instituciones Supervisadas.
  4. 4.Que conforme los principios y prácticas internacionales es necesaria la actualización de las Normas con base en el marco integral de supervisión basada en riesgos que conlleva una supervisión basada en principios para que las Instituciones Supervisadas gestionen los riesgos inherentes de su cartera de crédito de acuerdo con su modelo de negocio y apetito de Riesgo.
  5. 5.Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 39 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, el 8 de marzo de 2022, este Ente Supervisor publicó en su página web, en la sección de “Proyectos de Normativa”, el Proyecto de Reformas de las “NORMAS PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LA CARTERA CREDITICIA” y sus Anexos, con el propósito de recibir comentarios y observaciones del público en general, de las Instituciones del Sistema Financiero, Instituciones de Seguros, Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras -- 1 of 92 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DEABRIL DEL 2022 No. 35,904 Organizaciones Privadas de Desarrollo Financieras (OPDF´s), Sociedades Emisoras de Tarjetas de Crédito e Institutos Públicos de Previsión.

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