VigenteCategoria: Penal
Decreto No. CSJ-6-2023 | 26 de junio de 2023 | Poder Judicial

Acuerdo No. CSJ-6-2023 — Declaración de Emergencia para Audiencias Orales en Tribunal de Sentencia y Juzgado de Letras en Materia Penal

Considerandos

  1. 1.Para no afectar el ordenamiento del sistema penitenciario que realizan la Policía Militar del Orden Público y el Instituto Nacional Penitenciario, en el marco de la emergencia del Sistema Penitenciario Nacional, se ordena a los Tribunales de Sentencia y Juzgados de Letras en materia penal de todo el país, que durante la semana del veintiséis al treinta de junio del presente año, se abstengan de realizar juicios orales y públicos o audiencias en las que se requiere la presencia del imputado(a), cuando en dichas causas las personas privadas de libertad se encuentren recluidos en los centros penitenciarios nacionales siguientes: 1) Centro Penitenciario de Támara, Francisco Morazán; 2) Centro Penitenciario El Porvenir “Siria”, Francisco Morazán; 3) Centro Penitenciario La Tolva, ubicado en Morocelí, El Paraíso; 4) Centro Penitenciario El Pozo, ubicado en Ilama, Santa Bárbara; y, 5) Penitenciaría Nacional Femenina de Adaptación Social, ubicada en Támara, Francisco Morazán. Se exceptúa aquellas causas en que la prisión preventiva está próxima a su vencimiento, en cuyo caso sí se deberá realizar el juicio o la audiencia que ya esté señalada.
  2. 2.Instruir a los Tribunales de Sentencia y Juzgados de Letras en materia penal de todo el país que realicen audiencias utilizando los mecanismos virtuales establecidos en el Código Procesal Penal y el reglamento de Audiencias Virtuales, según las capacidades técnicas instaladas, salvaguardando en todo momento las garantías constitucionales y procesales de todos los involucrados en cada proceso penal.
  3. 3.Ordenar a la Dirección de Infotecnología del Poder Judicial que realice un estudio sobre la capacidad instalada en el Poder Judicial para avanzar en la implementación de las Audiencias Virtuales en todos los Órganos Jurisdiccionales en materia penal del país; e igualmente, coordinar, de manera urgente, con el Instituto Nacional Penitenciario y las autoridades encargadas del sistema penitenciario nacional, la implementación de estos mecanismos virtuales en los centros penitenciarios, a fin de avanzar en la realización de audiencias virtuales a nivel nacional, para lo cual se deberá crear toda la normativa necesaria.
  4. 4.Se integrará una comisión para la supervisión y seguimiento de todas las instrucciones emanadas en este Acuerdo de Pleno, así como para la elaboración del protocolo de actuaciones sobre audiencias virtuales, que debe ser aprobado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.
  5. 5.El presente acuerdo se emite en acatamiento a lo dispuesto en el Punto Único del Acta No. 14, de la sesión celebrada en fecha 26 de junio de 2023, por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y surtirá efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese. Rebeca Lizette Ráquel Obando Magistrada Presidenta Corte Suprema de Justicia Iris Bernanda Castellanos Alvarado Secretaría General Corte Suprema de Justicia -- 4 of 36 -- Secretaría de Estado en el Despachos de Salud ACUERDO No. 1777-2023

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